ARTÍCULO Nº 716
(CVE: BOME-A-2025-716)
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BOME Nº 6291 - viernes, 11 de julio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - FUNDACION MELILLA CIUDAD MONUMENTAL - FUNDACION MELILLA CIUDAD MONUMENTAL
Resolución del Consejo Rector de la Fundación Melilla Ciudad Monumental, de fecha 23 de junio de 2025, relativa a oferta de empleo público 2025.

El Consejo Rector de la Fundación Melilla Ciudad Monumental (en Adelante
FMCM), en sesión celebrada el 23 de junio de 2025, ha procedido a la aprobación
de la propuesta de la Comisión Ejecutiva de la FMCM de la misma fecha,
registrada al número 2025000090, en el Libro Oficial de Resoluciones de la FMCM
disponiendo lo siguiente:
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO – 2025
Normativa Aplicable:
El artículo 70 apdo. 1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público (BOE de 31 de octubre) preceptúa:
"Las necesidades de recursos humanos, con asignación
presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de
nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro
instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal,
lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos
selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional,
fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la
ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá
desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años."
Por otra parte, el artículo 91 de la Ley 7/1985, de las Bases del
Régimen Local, señala que las Corporaciones Locales formarán su oferta de
empleo público ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica
estatal. Las leyes de Presupuestos del Estado han venido incluyendo
tradicionalmente determinaciones concretas de carácter básico que han
impregnado de cierto rigor el funcionamiento de los procesos de empleo público
de las diferentes Administraciones Públicas.
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2023, publicada en el BOE de 24 de diciembre, en su artículo 20
regula las ofertas de empleo público, en el TÍTULO III.- De los gastos de
personal.- CAPÍTULO I: De los gastos del personal al servicio del sector
público.
Por otra parte, el artículo 70.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, establece que la Oferta de empleo público o
instrumento similar podrá contener medidas derivadas de la planificación de
recursos humanos.
Asimismo, el TREBEP también establece, en su artículo 59, las plazas que
deben ser reservadas en las ofertas de empleo público para ser cubiertas entre
personas con discapacidad.
Competencia:
En cuanto a la competencia para su aprobación corresponde al Consejo
Rector a tenor del Art. 9 de los Estatutos de la Fundación Melilla Ciudad
Monumental (en adelante FMCM), habiéndose aprobado por éste el día 23 de junio
de 2025, según consta en el correspondiente acta de fecha 9 de julio de 2025.
En todo caso, la oferta deberá atenerse a las disponibilidades
presupuestarias del capítulo I del presupuesto de gastos de la FMCM.
En virtud de lo establecido en el articulado de la Ley de Presupuestos
reseñada anteriormente, y la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, se
confecciona la siguiente OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO - 2025, en la que se incluyen
las plazas de nueva creación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 26810/2025, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Se publique en el Boletín Oficial de Melilla la siguiente:

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO – 2025
ACCESO LIBRE
PERSONAL LABORAL
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
núm. 236, de 2 de octubre). Y 93 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. Núm. 2, de 30 de
enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo
Rector de la FMCM, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de
reposición a interponer ante el propio Consejo Rector en el plazo de un mes a
partir de su publicación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso
administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en
el plazo de dos meses desde la publicación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 10 de julio de 2025,
El Secretario de la F. Melilla Monumental,
Arturo Jiménez Cano