ARTÍCULO Nº 756
(CVE: BOME-A-2025-756)
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BOME Nº 6295 - viernes, 25 de julio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Orden nº 0935 de fecha 16 de junio de 2025, relativa a modificación de la orden nº 1243 de fecha 3 de octubre de 2024, por la que se resuelve la convocatoria pública para la concesión mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a la implementación de un Programa de Escuelas Infantiles para los cursos escolares 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 Y 2027/2028.

El Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, mediante Orden núm. 20250000935 de fecha 16 de junio de 2025 ha dispuesto lo siguiente:
“MODIFICACIÓN DE ORDEN 2024001243 DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE POR LA QUE SE RESUELVE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS INFANTILES PARA LOS CURSOS ESCOLARES 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028.
Atendiendo a que la Dirección General de Educación, en fecha 05 de junio de 2025, ha emitido informe que textualmente dice:
“INFORME PROPUESTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN RELATIVO A MODIFICACIÓN DE ORDEN 2024001243 DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE POR LA QUE SE RESUELVE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS INFANTILES PARA LOS CURSOS ESCOLARES 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028.
CONSIDERANDO
Primero.- Mediante Boletín Oficial de Melilla número. 6216, del viernes 11 de octubre de 2024, fue publicada Orden núm. 2024001243, del 03 de octubre de 2024, de esta Consejería de Educación, Juventud y Deporte por la que se ordena la resolución definitiva de la CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS INFANTILES PARA LOS CURSOS ESCOLARES 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028. (BOME núm. 6181, del día 11 de junio de 2024 y registrada en la BDNS con código núm. 766100 del día 06-06-2024).
Las cinco Escuelas de Educación Infantil beneficiarias de las subvenciones concedidas en la citada convocatoria, mediante escrito del 20 de mayo de 2025, con número de registro de entrada 2025048290, solicitan modificación de la citada orden de resolución de la convocatoria, orden núm. 2024001243, en el sentido de incrementar las subvenciones concedidas con el aumento de presupuesto existente actualmente para “…paliar en alguna medida los gastos de funcionamiento de los Centros ya de por sí castigados por las subidas incontroladas de suministros y materiales esenciales para el funcionamiento cotidiano. El reparto de esa cantidad queda supeditado al número de alumnos de cada centro…”
Segundo.- La Base novena que rige la convocatoria, dispone lo siguiente:
“Una vez recaída la resolución de concesión, se podrá autorizar la modificación de su contenido, siempre que no dañe derechos de tercero y no suponga un cambio sustancial del objeto o finalidad de la subvención concedida, ni incida en los presupuestos tomados en consideración para resolver su concesión directa.
La solicitud de modificación del beneficiario deberá presentarse antes de que concluya el plazo contemplado para la realización de la actividad subvencionada.”
Por su parte, el artículo 64 “Modificación de la resolución” del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones prescribe: “Una vez recaída la resolución de concesión, el beneficiario podrá solicitar la modificación de su contenido, si concurren las circunstancias previstas a tales efectos en las bases reguladoras, tal como establece el artículo 17.3I) de la Ley, que se podrá autorizar siempre que no dañe derechos a tercero. La solicitud deberá presentarse antes de que concluya el plazo para la realización de la actividad”.
El artículo 19.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de mismo modo, dispone que “Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, y en todo caso la obtención concurrente de otras aportaciones fuera de los casos permitidos en las normas reguladoras podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, en los términos establecidos en la normativa reguladora de la subvención.”
Tercero.- La Orden a modificar núm. 20240001243, en su parte dispositiva resuelve las concesiones de subvenciones por un importe total de 1.020.000,00 euros para un total de 340 plazas escolares repartidas entre cinco Escuelas de Educación Infantil que participaron en la convocatoria. Concretamente dispone dicha orden textualmente lo siguiente:

“En consecuencia, dada la existencia de crédito suficiente complementario, a tenor de informe de la Intervención General RC Complemento + nº. 202400054042, del día 24.09.2024, para el curso escolar próximo 2024/2025, resultaría finalmente las siguientes concesiones:
Solicitante |
Aulas en 1-2 y 2-3 años |
Cuantía lineal 5 plazas 2-3 años / € |
Plazas de continuidad curso anterior |
Plazas adicionales asignadas 1-2 años |
Plazas adicionales asignadas 2-3 años (menos las lineales) |
Importe total adicional asignado |
Plazas totales asignadas |
Importe total concedido/€ |
Escuela Enrique Soler (COMAMEL) |
2+4 |
15.000 5 plazas |
19 plazas 57.000,00 € |
26 plazas 78.000,00 € |
48 plazas 144.000,00 € |
222.000,00 € |
98 |
294.000,00 |
CEI Divina Infantita |
1+3 |
15.000 5 plazas |
7 plazas 21.000,00 € |
20 plazas 60.000,00 € |
17 plazas 51.000,00 € |
111.000,00 € |
49 |
147.000,00 |
CEI Merlín (Academia Vetonia) |
1+2 |
15.000 5 plazas |
16 plazas 48.000,00 € |
16 plazas 48.000,00 € |
23 plazas 69.000,00 € |
117.000,00 € |
60 |
180.000,00 |
CEI Santa Luisa Marillac (Fund. Diocesana de Enseñanza) |
2+3 |
15.000 5 plazas |
22 plazas 66.000,00 € |
32 plazas 96.000,00 € |
18 plazas 54.000,00 € |
150.000,00 € |
77 |
231.000,00 |
Cruz Roja |
1+2 |
15.000 5 plazas |
7 plazas 21.000,00 € |
13 plazas 39.000,00 € |
31 plazas 93.000,00 € |
132.000,00 € |
56 |
168.000,00 |
Total |
21 aulas |
75.000 €/25 plazas. |
71 plazas 213.000,00 € |
106 plazas 318.000,00 € |
140 plazas 420.000,00 € |
738.000,00 € |
340 plazas |
1.020.000,00 €” |
La Intervención General de esta Ciudad Autónoma ha informado, mediante R.C. núm. 120250012575, del día 03 de abril de 2025, la existencia de crédito suficiente para el próximo curso escolar 2025-2026, con inicio en septiembre próximo, por importe de 1.050.000,00 euros, es decir 30.000,00 euros más que el crédito existente en su día en el que se basó la orden por la que resuelve la convocatoria.
Cuarto.- Conforme a lo dispuesto en la base tercera de la convocatoria, las cinco Escuelas Infantiles han participado recientemente a esta Dirección General de Educación el alumnado del tramo 1-2 años que tendrán continuidad en el centro durante el próximo curso resultando, respecto del alumnado, la siguiente distribución para el siguiente curso :
Solicitante |
Plazas de continuidad curso anterior que pasan a 2-3 años |
Plazas adicionales asignadas 1-2 años |
Plazas adicionales asignadas 2-3 años |
Plazas totales asignadas |
Escuela Enrique Soler (COMAMEL) |
30 plazas |
26 plazas |
42 plazas |
98 |
CEI Divina Infantita |
17 plazas |
15 plazas |
17 plazas |
49 |
CEI Merlín (Academia Vetonia) |
18 plazas |
16 plazas |
26 plazas |
60 |
CEI Santa Luisa Marillac (Fund. Diocesana de Enseñanza) |
32 plazas |
31 plazas |
14 plazas |
77 |
Cruz Roja |
19 plazas |
13 plazas |
24 plazas |
56 |
Total |
116 plazas |
101 plazas |
123 plazas |
340 plazas |
Dado que procede la modificación de la orden por la que se resuelve la convocatoria es conveniente incluir en la misma la distribución de alumnado actualizada y prevista para el próximo curso arriba expuesta.
Quinto.- En su virtud, al darse los requisitos establecidos en las normas que resultan de aplicación anteriormente citadas, sin que se produzca perjuicio a derechos de tercero interesado, al estar motivada adecuadamente la solicitud formulada, la Dirección General de Educación informa que procede la modificación de la resolución de concesión, Orden 20240001243 del día 03 de octubre de 2024, en el sentido de aumentar las cantidades concedidas a las cinco Escuelas Infantiles atendiendo al número de plazas correspondientes a cada centro, a razón de 88,2352 euros por plaza con un total de 30.000 euros, lo que conllevaría el siguiente aumento por Escuela:

Escuela Enrique Soler (COMAMEL) |
98 |
8.647,05 |
CEI Divina Infantita |
49 |
4.323,53 |
CEI Merlín (Academia Vetonia) |
60 |
5.294,12 |
CEI Santa Luisa Marillac (Fund. Diocesana de Enseñanza) |
77 |
6.794,12 |
Cruz Roja |
56 |
4.941,18 |
Total: 30.000,00 euros.
En consecuencia, la Dirección General de Educación
PROPONE
Ordenar la aprobación de la modificación de la Orden 202400001243, del día 03 de octubre de 2024, que resultó publicada en Boletín Oficial de Melilla número. 6216, del viernes 11 de octubre de 2024, en su parte dispositiva resultando la misma del siguiente modo:
“En consecuencia, dada la existencia de crédito suficiente por importe de 1.050.000,00 euros, a tenor de informe de la Intervención General RC nº. 202500012575, del día 03.04.2025, para el curso escolar próximo 2025/2026, y sucesivos cursos escolares de disponer de igual crédito, resultaría finalmente las siguientes concesiones:
Solicitante |
Aulas en 1-2 y 2-3 años |
Plazas de continuidad curso anterior |
Plazas adicionales asignadas 1-2 años |
Plazas adicionales asignadas 2-3 años |
Plazas totales asignadas |
Importe total concedido/€ |
Escuela Enrique Soler (COMAMEL) |
2+4 |
30 plazas |
26 plazas |
42 plazas |
98 |
302.647,05 |
CEI Divina Infantita |
1+3 |
17 plazas |
15 plazas |
17 plazas |
49 |
151.323,53 |
CEI Merlín (Academia Vetonia) |
1+2 |
18 plazas |
16 plazas |
26 plazas |
60 |
185.294,12 |
CEI Santa Luisa Marillac (Fund. Diocesana de Enseñanza) |
2+3 |
32 plazas |
31 plazas |
14 plazas |
77 |
237.794,12 |
Cruz Roja |
1+2 |
19 plazas |
13 plazas |
24 plazas |
56 |
172.941,18 |
Total |
21 aulas |
116 plazas |
101 plazas |
123 plazas |
340 plazas |
1.050.000,00 €” |
Así como, considerando que la Secretaría Técnica acctal. de Educación, Juventud y Deporte, ha informado favorablemente, en fecha 12 de junio actual, la legalidad de la propuesta de modificación, formulada por la Dirección General de Educación, de la Orden en cuestión núm. 202400001243, del día 03 de octubre de 2024, que resultó publicada en Boletín Oficial de Melilla número. 6216, del viernes 11 de octubre de 2024.
En consecuencia, VENGO EN ORDENAR la aprobación de la modificación de la Orden 202400001243, del día 03 de octubre de 2024, de esta Consejería de Educación, Juventud y Deporte, POR LA QUE SE RESUELVE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS INFANTILES PARA LOS CURSOS ESCOLARES 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028, (publicada en Boletín Oficial de Melilla número. 6216, del viernes 11 de octubre de 2024), en su parte dispositiva resultando la misma del siguiente modo:
“En consecuencia, dada la existencia de crédito suficiente por importe de 1.050.000,00 euros, a tenor de informe de la Intervención General RC nº. 202500012575, del día 03.04.2025, para el curso escolar próximo 2025/2026, y sucesivos cursos escolares de disponer de igual crédito, resultaría finalmente las siguientes concesiones:
Solicitante |
Aulas en 1-2 y 2-3 años |
Plazas de continuidad curso anterior |
Plazas adicionales asignadas 1-2 años |
Plazas adicionales asignadas 2-3 años |
Plazas totales asignadas |
Importe total concedido/€
|
Escuela Enrique Soler (COMAMEL) |
2+4 |
30 plazas |
26 plazas |
42 plazas |
98 |
302.647,05 |
CEI Divina Infantita |
1+3 |
17 plazas |
15 plazas |
17 plazas |
49 |
151.323,53 |

CEI Merlín (Academia Vetonia) |
1+2 |
18 plazas |
16 plazas |
26 plazas |
60 |
185.294,12 |
CEI Santa Luisa Marillac (Fund. Diocesana de Enseñanza) |
2+3 |
32 plazas |
31 plazas |
14 plazas |
77 |
237.794,12 |
Cruz Roja |
1+2 |
19 plazas |
13 plazas |
24 plazas |
56 |
172.941,18 |
Total |
21 aulas |
116 plazas |
101 plazas |
123 plazas |
340 plazas |
1.050.000,00 €” |
Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Melilla, advirtiéndose que dicha orden, en aplicación del artículo 121 y demás concordantes de la Ley 39/15, de 01 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no agota la vía administrativa y que contra la misma cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, pudiendo presentarse el recurso ante la propia Consejería de Educación, Juventud y Deporte o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que puedan los interesados interponer cualquier otro que consideren oportuno, bajo su responsabilidad.”
Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento y efectos.
Melilla, 17 de julio de 2025,
El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,
Joaquín M. Ledo Caballero