ARTÍCULO Nº 789
(CVE: BOME-A-2025-789)
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BOME Nº 6297 - viernes, 1 de agosto de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
Extracto de la convocatoria de subvenciones públicas destinadas a la modernización de instalaciones interiores de agua para edificios en la Ciudad Autónoma de Melilla.

TituloES: SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN DE INSTALACIONES INTERIORES DE AGUA PARA EDIFICIOS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
TextoES: BDNS(Identif.):838613
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b Y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/838613)
Primero. Beneficiarios:
- Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los titulares de una instalación de contadores de agua potable que requiera ser adaptada a la normativa vigente y hayan sido emplazados previamente para ello mediante notificación fehaciente, por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla o entidad gestora del serv1c10 público, respecto de la obligatoriedad de adaptar su instalación interna de agua potable a la Normativa Vigente.
- No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quiénes concurra alguna de las circunstancias referidas tanto en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones como el artículo 27 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Asimismo, tampoco tendrá la condición de beneficiario de subvenciones reguladas en las presentes bases y sus convocatorias, los candidatos que reciban otras subvenciones directa o indirectamente por la Ciudad Autónoma de Melilla para financiar las actividades objeto de estas bases.
- De igual manera, no podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos solicitantes que tengan concedidas subvenciones anteriores que estén pendiente de justificación siempre que hubiese finalizado el plazo establecido para el rendimiento de la cuenta justificativa.
Segundo: Finalidad
Estas subvenciones tienen como finalidad, mediante subvenciones financieras, facilitar la adaptación de acometidas, baterías de contadores y/o hornacinas o alojamientos de los contadores, desde la conexión con la Red Municipal hasta la salida hacia la red interior.
Tercero: Bases Reguladoras:
Las subvenciones que regulan estas bases, además de lo previsto por la misma, se regirán por: a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. b) Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones. e) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. d) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. e) Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. f) Real Decreto 203/2011, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. g) Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, publicado en el BOME Número 4.224, de viernes 9 de septiembre de 2005.h) Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 29 de abril de 2024, relativo a la aprobación del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2024-2026. Publicado en el BOME Extraordinario número 30, de lunes 29 de abril de 2024. i) Las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto, se aplicarán las normas de derecho privado. Las presentes Bases y Convocatoria de Subvención se acogen al supuesto excepcional de tramitación conjunta con la convocatoria recogido en la Base de EJecuc1on 32.2 del Presupuesto 2024 de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Cuarto: Importe: 80.000 euros
Quinto: Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de su publicación en el BOME de la Ciudad Autónoma de Melilla y se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2025
Lugar de la firma: Melilla
Fecha de la firma: 2025-06-05
Firmante: D. Diego Giner Gutiérrez,
Secretario del Consejo de Gobierno (con carácter de suplencia)