ARTÍCULO Nº 795 (CVE: BOME-A-2025-795) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6298 - martes, 5 de agosto de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR


Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 10 de junio de 2025, relativo a nominación de vial o plaza pública de la ciudad con la denominación “Plaza Madre Adelina”.

BOME-P-2025-2684 Descargar página

La Excma. Asamblea de Melilla en sesión Ordinaria del 10 de junio de 2025 adoptó el siguiente acuerdo:

PUNTO TERCERO.- PROPUESTA DE NOMINACIÓN DE VIAL O PLAZA PÚBLICA DE LA CIUDAD CON LA DENOMINACIÓN “PLAZA MADRE ADELINA”.- La Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor, en sesión Ordinaria celebrada el día 30 de abril de 2025, conoció propuesta de aprobación del asunto citado y una vez sometida a votación, tras las deliberaciones que constan en el acta de la sesión, se aprobó por unanimidad, siendo el texto de la misma el que sigue:

Primero: Con fecha 10 de marzo de 2025, tiene entrada en la Dirección General de Cultura, Comunicación Interna de Solicitud de incoación de expediente por parte del Grupo Parlamentario Somos Melilla, de nominación de vial o plaza pública de la Ciudad con la denominación “SOR ADELINA”, al amparo de lo establecido en el artículo 15.a) del Reglamento de Honores y Distinciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº4071, de fecha 23/03/2004).

PROPONE:

PRIMERO: Elevar a la Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor, a propuesta de Somos Melilla, la nominación como “Plaza Madre Adelina”, a la zona del vial público denominado “Calle Pedro Navarro” que se encuentra delimitado entre las Calle de Carlos V y Marqués de Montemar (ocupado actualmente por una zona peatonal convertida en parque infantil), en virtud de lo establecido en los artículos 12 y 15.a), del Reglamento para la Concesión de Honores y Distinciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4071, de martes 23 de marzo de 2004.

SEGUNDO: Dar traslado del dictamen al interesado, Grupo parlamentario Mixto Somos Melilla, en la persona de su diputado Don Amin Azmani Mohamed Mohamed, concediéndole un plazo de 15 días para que haga las alegaciones o presente los documentos que a su derecho convengan.

TERCERO: Participar el dictamen resultante de la Comisión Permanente a la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas e Igualdad, Dirección General de Administración Pública, Negociado de Estadística y territorio para su debido conocimiento, a los efectos procedentes hasta la resolución del expediente por el Pleno de la Excma. Asamblea de la Ciudad.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente se

PROPONE al Pleno de la Asamblea, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor, la adopción del siguiente

ACUERDO:

PRIMERO: Elevar a la Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor, a propuesta de Somos Melilla, la nominación como “Plaza Madre Adelina”, a la zona del vial público denominado “Calle Pedro Navarro” que se encuentra delimitado entre las Calle de Carlos V y Marqués de Montemar (ocupado actualmente por una zona peatonal convertida en parque infantil), en virtud de lo establecido en los artículos 12 y 15.a), del Reglamento para la Concesión de Honores y Distinciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4071, de martes 23 de marzo de 2004).

SEGUNDO: Dar traslado del dictamen al interesado, Grupo parlamentario Mixto Somos Melilla, en la persona de su diputado Don Amin Azmani Mohamed Mohamed, concediéndole un plazo de 15 días para que haga las alegaciones o presente los documentos que a su derecho convengan.

Se somete a votación la propuesta de denominación de “Plaza Madre Adelina”, a la zona del vial público denominado “Calle Pedro Navarro” que se encuentra delimitado entre las Calle de Carlos V y Marqués de Montemar (ocupado actualmente por una zona peatonal convertida en parque infantil), aprobándose por unanimidad.

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses.

No obstante, podrán utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad. Lo que se hace público para su conocimiento y efectos.

 

Melilla, a 30 de julio de 2025,

El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor,

Juan León Jaén Lara