ARTÍCULO Nº 856
(CVE: BOME-A-2025-856)
DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6303 - viernes, 22 de agosto de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 1092, de fecha 18 de agosto de 2025, relativa a sustitución Miembro Tribunal Calificador Proceso Selectivo de tres plazas de Técnico Contable por Sistema de Concurso-Oposición.

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 18/08/2025, registrada al número 2025001092, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
En relación con la Orden nº 3707 de fecha 11 de agosto de 2025, en la que se acepta la recusación formulada por Dª. Neriman Tahar Ahmed, aspirante en el proceso selectivo de provisión de tres plazas de Técnico Contable (oposición libre), contra Dª. Rosa del Carmen Casabona López, Vocal Titular del Tribunal Calificador del mencionado proceso selectivo,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 15967/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
1º.- La sustitución, como Vocal Titular, de Dª. Rosa del Carmen Casabona López por Dª. Mª. Carmen Fernández Ruiz (que actúa en el mismo Tribunal como Vocal Suplente).
2º.- El nombramiento, como Vocal Suplente, de D. José Leiva García.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, 19 de agosto de 2025,
El Secretario Técnico de Administración Pública P.A,
La Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,
Pilar Cabo León