ARTÍCULO Nº 872 (CVE: BOME-A-2025-872) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6305 - viernes, 29 de agosto de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 3851, de fecha 22 de agosto de 2025, relativa a la formación de la Bolsa de Trabajo de Médico.

BOME-P-2025-2876 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 22/08/2025, registrada al número 2025003851, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Vista la valoración definitiva de la Comisión de Baremación de los aspirantes a la Bolsa de Trabajo en la categoría de Médico (BOME nº 6296, de 29 de julio de 2025), de conformidad con las “Bases de la convocatoria para la constitución de Bolsas de Trabajo para contrataciones temporales y nombramiento de funcionarios interinos de la Ciudad Autónoma de Melilla” (BOME nº 6254, de 21 de febrero de 2025 y modificadas en el BOME nº 6262 de 21 de marzo de 2025),

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 7397/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

La formación de la Bolsa de Trabajo de Médico de acuerdo con la relación, por orden de puntuación, siguiente:

  • Los empates se han resuelto de acuerdo con el párrafo 7 del artículo 9 de las Bases de la convocatoria. De persistir el empate, la letra a la que se hace referencia en el último de los apartados de ese párrafo será la letra V, según Resolución de 25 de julio de 2024 de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE 31/7/2024).

Igualmente quedan derogadas las anteriores Bolsas en la categoría de Médico.

 

ORDEN

APELLIDOS Y NOMBRE

EJERCICIOS SUPERADOS

EXPERIENCIA PROFESIONAL

FORMACIÓN

TITULACIÓN ACADÉMICA

TOTAL

1

EL YOUSFI EL BOUANANI,MOHAMED EL AMIN

00,000

25,000

25,000

0,000

50,000

2

MUSTAFA ABDELKADER, JADILLA

00,000

25,000

25,000

0,000

50,000

3

FORCADA BAGANT,ISMAEL

00,000

25,000

15,275

0,000

40,275

4

ESTÉVANEZ JIMÉNEZ,EVA

00,000

4,500

25,000

0,000

29,500

5

BELLIDO PADILLA,MARINA

0,000

0,000

25,000

0,000

25,000

6

MOHAMED MOHAMED,MOHAMED

0,000

0,000

21,600

3,000

24,600

7

SERRANO MENA,INMACULADA

0,000

15,700

2,450

0,000

18,150

 

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 25 de agosto de 2025,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler