Decreto nº170, de fecha 10 de septiembre de 2025, relativo a nombramiento como Secretario/a de Consejería de Marina Julia Alvado Carrillo.
A N U N C I O
El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad, por Decreto del día diez de septiembre de 2025, registrado en el Libro de Resoluciones No Colegiadas correspondiente al número 2025000170, ha dispuesto lo siguiente:
“Mediante Real Decreto 605/2023 de 7 de julio (BOE nº. 162 y BOME extraordinario nº. 43 de 8 de julio de 2023) se ha nombrado Presidente de la Ciudad de Melilla a don Juan José Imbroda Ortiz, quien fue elegido por mayoría absoluta por la Asamblea melillense en sesión constitutiva celebrada el día 7 de julio de 2023 tomando posesión de su cargo el 8 de julio de 2023.
Los artículos 14.1 y 15 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, disponen que el Presidente de la Ciudad preside la Asamblea, el Consejo de Gobierno cuya actividad dirige y coordina, ostentando la suprema representación de la Ciudad y, también, la condición de Alcalde.
El art. 9.f) del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº. 2 de 30 de enero de 2017) establece que corresponde al Presidente de la Ciudad ejercer “las atribuciones que le correspondan como Alcalde, al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 del Estatuto de Autonomía de Melilla, que se ajustarán a las que ejerza como Presidente de la Ciudad Autónoma teniendo en cuenta las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad que se establecen en el Estatuto y en sus normas de desarrollo”.
El personal eventual se rige por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por la que se aprueba el Texto Refundido Estatuto Básico del Empleado Público, definiéndolo como aquel personal que en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin y siéndole aplicable, en lo que sea adecuada a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera. Además, se señala que su nombramiento y cese serán libres, y que este último tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento.
Igualmente el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, aplicable en virtud de la remisión realizada por el art. 31 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla, determina que el nombramiento y cese de estos empleados es libre y corresponde al Alcalde o al Presidente de la entidad local correspondiente.
Actualmente existe crédito suficiente en la partida presupuestaria 00/91201/110000 (Personal Eventual Órganos Gobierno) con número RC 120250000450.
Por todo ello y en uso de las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico, y en particular por los artículos 14.1 y 15 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el art. 9.f) del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, previo informe de fiscalización de la intervención, VENGO EN PROPONER lo siguiente:
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 17347/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:
PRIMERO.- El nombramiento, como Secretario/a de Consejería (personal eventual de confianza, código E0080001) de MARINA JULIA ALVADO CARRILLO.
SEGUNDO.- Proceder a la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de Melilla y difundir su contenido de conformidad con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en el Portal de Transparencia de la Ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno y el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla, manteniendo permanentemente actualizada la información relativa al número, características y retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual de la Ciudad”.
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses.
No obstante, podrán utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para general conocimiento.
Melilla, a 12 de septiembre de 2025,
El Secretario General Acctal. de la Asamblea,
Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025 (BOME Extra nº 9 14/02/2025)
Diego Giner Gutiérrez