ARTÍCULO Nº 974 (CVE: BOME-A-2025-974) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6312 - martes, 23 de septiembre de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 12 de septiembre de 2025, relativo a tramitación del convenio urbanístico para el desarrollo y modificación de los sectores de suelo urbanizables S-01 y S-05 del PGOU de Melilla.

BOME-P-2025-3119 Descargar página

El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Extraordinaria de urgencia celebrada el 12 de septiembre de 2025, ha procedido a la aprobación de la propuesta de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento, adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2025000729:

I.- Por esta Consejería se ha elaborado el borrador de convenio urbanístico que se adjunta, cuyo objeto es el desarrollo de los Sectores de Suelo Urbanizable S-01 y S-05 del PGOU de Melilla (en Cabrerizas), mediante la modificación puntual del Plan Parcial del S-01 y adquisición de parte del Sector S-05 de Espacios Libres. 

II.- El convenio se formalizará con el propietario único del ámbito, la mercantil Meliasamaro, S. L, Unipersonal con CIF B52015484, a quien corresponde, en primer lugar, la iniciativa de desarrollo.

Las principales líneas de dicho convenio son las siguientes:

  1. Aumentar la superficie de Espacios Libres en su ámbito, tanto los de cesión obligatoria como los que sean de cesión voluntaria, así como diseñar y ubicar estos de cara a la mejor integración de los mismos con el suelo incluido en el ámbito del Sector S-05, colindante con el Sector S- 01, y cuya propiedad, pertenece a la misma mercantil. La superficie de la parcela de Espacios Libres de cesión voluntaria no será inferior a 4.031,26 m2.
  2. Concentrar en una única parcela toda la edificabilidad exigible para Vivienda Protegida (30%), de tal forma que se pueda desarrollar en una única promoción, dado el interés de la CAM de llegar a un acuerdo con la mercantil Meliasamaro, S.L. para la adquisición del 15% de reserva para vivienda protegida que no es de cesión obligatoria. La superficie de esta parcela, junto a la de cesión obligatoria de uso residencial, no será inferior a 4.200,00 m2. El techo edificatorio mínimo de este 15% será de 2.549,55 m2c (con independencia de la posibilidad de aumentar en un 20% la edificabilidad por Vivienda Protegida).
  3. La adquisición, por parte de la CAM, de una superficie de 9.385,00 m2, perteneciente al ámbito del Sector S-05 “Espacios Libres de Sistema General”, colindante con el Sector S-01, para permitir un desarrollo conjunto de los espacios libres a incluir en ambos Sectores de Suelo Urbanizable.
  4. El importe económico para la CAM de estas adquisiciones asciende a UN MILLÓN DE EUROS.

III.- La competencia para la aprobación de este Convenio, según informe de la Secretaria Técnica de la Consejería, es del Pleno de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Suelo y legislación de régimen local vigentes, siendo competencia del Consejo de Gobierno acordar el inicio de la tramitación administrativa del mismo, y su sometimiento a procedimiento de Información Pública durante un período de Veinte Días hábiles.

De conformidad con lo expuesto, se considera altamente beneficioso para la Ciudad la firma del referido Convenio entre la mercantil Meliasamaro, S.L. Unipersonal con CIF B52015484 y la Ciudad Autónoma de Melilla, por lo que se propone su aprobación.

IV.- Con anterioridad a esta propuesta, por el Pleno de la Excma. Asamblea de la CAM, con fecha 08/07/2025, se ha aprobado el gasto plurianual a distribuir en las anualidades 2025 y 2026, siendo el importe de cada una de ellas de 250.000,00 € y 750.000,00 €, respectivamente.

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

UNO.-  Acordar el inicio de la tramitación administrativa del Convenio entre la mercantil Meliasamaro, S.L. Unipersonal con CIF B52015484 y la Ciudad Autónoma de Melilla relativo al desarrollo y modificación de los Sectores de Suelo Urbanizable S-01 y S-05 del PGOU de Melilla.

DOS.- Se autorice su firma por el Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento, cuyo CSV es 15713425665264406667, al que ha prestado su conformidad el propietario de los terrenos mediante su firma en el borrador de Convenio.

TRES.- Se publique el mismo en el Boletín Oficial y en los soportes de información digital de la CAM, para  que por un plazo de Información Pública de Veinte Días Hábiles se puedan presentar las alegaciones que estimen convenientes.

CUATRO.- Elevar el expediente al Pleno de la  Excma. Asamblea, para su aprobación definitiva, previo informe de la Comisión Informativa competente y tras el período de información pública.

 

CONVENIOF.pdf

Convenio

15713425665264406667

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 19 de septiembre de 2025,

La Secretaria Técnica de Fomento,

Francisca Torres Belmonte