ARTÍCULO Nº 975 (CVE: BOME-A-2025-975) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6312 - martes, 23 de septiembre de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO


Orden nº 1908, de fecha 16 de septiembre de 2025, relativa a rectificación de error en anuncio publicado en BOME nº 6310 de 16 de septiembre de 2025, referente a modificación del Tribunal Calificador y designación de los profesores de la escuela oficial de idiomas participantes en la convocatoria para la obtención de la condición de Guía Oficial de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla.

BOME-P-2025-3120 Descargar página

El titular de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento, mediante Orden/Resolución de 16/09/2025, registrada al número 2025001908, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL EN ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOME Nº 6310, DE FECHA 16 DE SEPTIEMBRE DE 2025, RELATIVO A MODIFICACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR Y DESIGNACIÓN DE LOS PROFESORES DE LA ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS PARTICIPANTES EN LA CONVOCATORIA PARA LA OBTENCIÓN DE LA CONDICIÓN DE GUÍA OFICIAL DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

Habiéndose detectado error material en anuncio publicado en el BOME número 6310, de 16 de septiembre de 2025, relativo a modificación del Tribunal calificador y designación de los Profesores de la Escuela Oficial de Idiomas, y, en virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuyo tenor literal dice “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 6723/2025, en virtud de las  competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Se proceda a la rectificación de dicho error material en los siguientes términos:

Donde dice:

“PRIMERO.- ..., el nombramiento de D. Diego Giner Gutiérrez, Secretario General de la Asamblea y Secretario del Consejo de Gobierno, ...”

Debe decir:

“PRIMERO.- ..., el nombramiento de D. Diego Giner Gutiérrez, Secretario General de la Asamblea, ...”

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 19 de septiembre de 2025,

La Secretaria Técnica de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y Turismo,

Gema Viñas del Castillo