ARTÍCULO Nº 1016 (CVE: BOME-A-2025-1016) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6314 - martes, 30 de septiembre de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 26 de septiembre de 2025, relativo a separación y designación de representantes de la Administración General del Estado en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Melilla.

BOME-P-2025-3203 Descargar página

El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2025, adoptó el siguiente acuerdo, registrado al número 2025000765:

PUNTO DECIMO SEXTO.- SEPARACIÓN Y DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE MELILLA.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Presidencia, que literalmente dice:

“El Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, establece en su artículo 30.2 que, en los Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias, la Administración General del Estado estará representada, además de por el Capitán Marítimo, que es miembro nato, por tres Vocales, de los cuales uno serán un Abogado del Estado y otro de Puertos del Estado.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el precepto citado, la separación y designación de los Vocales del Consejo de Administración de las Autoridades Portuarias que representan a la Administración General del Estado será acordada por el órgano competente, a propuesta del Presidente de este Organismo Público.

Visto escrito de la Presidencia de Puertos del Estado y de conformidad con el mismo, a tenor de las competencias que a la Ciudad reconoce la vigente Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, VENGO EN PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO como órgano competente que asume la designación y cese de los vocales del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Melilla, a tenor de los artículos 16.1 y 17.1 de la Ley Orgánica 2/1995 que aprueba el Estatuto de Autonomía:

PRIMERO.- La separación de Don Eder Barandiaran Calvo, como Vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Melilla, en representación de la Administración General del Estado.

SEGUNDO.- La designación de Doña Lucía Rubio Cruz como Vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Melilla, en representación de la Administración General del Estado.

TERCERO.- El presente acuerdo se notificará a cada vocal y al Presidente del Consejo de Administración  de la Autoridad Portuaria de la Ciudad de Melilla, debiéndose publicar en el Boletín Oficial de Melilla.”

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236 de 2 de octubre) y 93 del Reglamento de Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. Núm. 2 de 30 de Enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente acuerdo, del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación o bien podrá interponerse recurso contencioso  administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que le traslado para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla, a 26 de septiembre de 2025,

La Secretaria del Consejo de Gobierno,

Decreto nº 0103 de fecha 02/06/2025 (BOME Extra nº 35 03/06/2025),

María José Gómez Ruiz