ARTÍCULO Nº 1042
(CVE: BOME-A-2025-1042)
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BOME Nº 6315 - viernes, 3 de octubre de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO
Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 10 de septiembre de 2025, relativo aprobación definitiva estudio de detalle de parcela en Luis de Molini, Álvarez Cabrera, Pascual Verdú y Ceriñolas en Melilla (9994/2025).

La Excma. Asamblea de Melilla, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada
el 10 de septiembre de 2025, ha procedido a la aprobación de la propuesta de
Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento,
adoptando el siguiente acuerdo:
“
“PROPUESTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA, PATRIMONIO Y URBANISMO PARA
APROBACIÓN DEFINITIVA ESTUDIO DE DETALLE DE PARCELA EN LUIS DE MOLINI, ÁLVAREZ
CABRERA, PASCUAL VERDÚ Y CERIÑOLAS EN MELILLA (9994/2025)
INTERESADO: CAM
PARCELAS CATASTRALES: 4271201WE0047S0001TD; 4271202WE0047S0001FD; 4271203WE0047S0001MD; 4271204WE0047S0001OD;
4271205WE0047S0001KD; 4271206WE0047S0001RD y 4271207WE0047S0001DD.
SUPERFICIE
CATASTRAL DE MANZANA: 556,00 M2.
a)
ANTECEDENTES:
1.- Por la Sociedad Pública
Emvismesa se ha proyectado la construcción de un edificio de seis viviendas
protegidas en parte de la Manzana objeto de este estudio de detalle, siendo
propietaria de dos de las parcelas que componen la manzana.
2.- Comprobada la alineación recogida en el PGOU vigente, se advierte
que existen algunos desajustes con respecto a la situación consolidada y la
catastral, en la que existen algunas edificaciones, habiéndose demolido otras.
El desajuste se produce al no alinear la manzana con las otras dos situadas al
Sur, por el linde este, en la Calle Luis de Molini, estrechándose la misma como
el resto de manzanas de este ámbito, sin recoger la alineación realmente
consolidada, pues se trata de una zona con su acerado correspondiente.
3.- El Estudio de detalle ha sido elaborado por la Sociedad Emvismesa.
4.- Con fecha 12/03/2025 se ha emitido informe técnico favorable por
esta Dirección General.
5.- Con fecha 14/03/2025 se ha emitido informe jurídico favorable.
6.- Por el Consejo de Gobierno de la CAM, en sesión resolutiva ordinaria
celebrada el día 21/03/2025 se aprobó inicialmente el presente Estudio de
Detalle.
7.- En el BOME extraordinario número 20 del 25/03/2025 se publicó el
correspondiente anuncio para la apertura del período de información pública. Se
han hecho también publicaciones en los medios de información telemática de la
CAM.
8.- El anuncio público en la prensa local se efectuó en el periódico
Melilla Hoy, en su edición del 22/04/2025.
9.- Durante el período de información pública no se han presentado
alegaciones, como se acredita en el informe de fecha 30/04/2025 que consta en
el expediente.
10.- Con fecha 13/06/2025 se ha recibido informe favorable de la
Dirección General de Aviación Civil, condicionado a que se incluya una
advertencia sobre la obligatoriedad de las
servidumbres aeronáuticas.
b)
CONSIDERACIONES URBANÍSTICAS.-
Estando
la parcela sometida a actuación directa en suelo urbano, se hace constar:
a)
Que en esta Ciudad Autónoma son de aplicación las determinaciones del
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, así como el Texto
Refundido de la Ley del Suelo de 1976 y sus Reglamentos y la parte vigente del
Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
b)
Que la parcela objeto de proyecto está clasificada como suelo urbano,
Barrio de Cabrerizas Altas, de actuación directa asistemática, siéndole de
aplicación directa los parámetros determinados por el P.G.O.U. para dicho
Barrio y que se concretan en el Estudio de Detalle:
·
Tipología: Residencial Mixta (T5)
·
Número máximo de plantas: 3
·
Altura máxima: 10,00 m.
·
Edificabilidad máxima: 3,5 m2c/m2s

·
Ocupación máxima: 100% todas las plantas.
·
Parcela Mínima: 35 m2.
·
Sótanos y Semisótanos: Si
·
Edificación S/Altura: Castillete, según Norma 408.
·
Aparcamiento: Según norma 278 del PGOU.
b. 2.- Objeto del Estudio de
Detalle.-
Se propone en el Estudio de Detalle la concreción de las alineaciones de
la parcela, con el objeto de rectificar el erro gráfico del PGOU, ya que la
manzana objeto del mismo cuenta con sus alineaciones reales materialmente
definidas con el acerado que la rodea.
El lindero que se ajusta es el de la calle Luis de Molini. El error
gráfico se acredita comprobando la información catastral y los títulos de
propiedad que constan en las escrituras, no existiendo dudas sobre la
delimitación de cada una de las parcelas, ya que alguna de ellas está
edificada.
Como se aprecia en la información catastral, la delimitación parcelaria
está perfectamente definida:
Se refleja con la línea roja la alineación indicativa propuesta, que es
objeto de mayor definición en el Estudio de Detalle.
Las parcelas afectadas por la alineación en la calle Luis de Molini se
reflejan en las fotografías siguientes:

b.3.- Con fecha 13/06/2025 se ha recibido informe Favorable de la
Dirección General de Aviación Civil sobre las Servidumbres Aeronáuticas,
condicionado a se incluya la siguiente advertencia: “Al encontrarse la
totalidad del ámbito de estudio incluida en las zonas y espacios afectados por
servidumbres aeronáuticas, la ejecución de cualquier construcción, instalación
(postes, antenas, aerogeneradores incluidas las palas-, medios necesarios para
la construcción (incluidas las grúas de construcción y similares)) o plantación
requerirá acuerdo favorable previo de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
(AESA), conforme a lo dispuesto en los artículos 31 y 33 del Real Decreto
369/2023 sobre Servidumbres Aeronáuticas”.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al
expediente se PROPONE al Pleno de la Asamblea,
previo Dictamen de la Comisión Permanente de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento, la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO.-
La
aprobación definitiva del Estudio de Detalle para DELIMITACIÓN DE ALINEACIONES
DE LA PARCELA delimitada por las calles Luis de Molini, Álvarez Cabrera,
Pascual
Verdú y Ceriñolas en Melilla. La manzana tiene las referencias catastrales 4271201WE0047S0001TD; 4271202WE0047S0001FD;
4271203WE0047S0001MD; 4271204WE0047S0001OD; 4271205WE0047S0001KD;
4271206WE0047S0001RD y 4271207WE0047S0001DD.
El Estudio de Detalle tiene los siguientes CSV: 15712634573761260220; 15704712106510637364 y 15712671447514362620.
SEGUNDO.- La publicación del
presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 70 de la LRBRL, y la notificación
individualizada a los propietarios afectados y a quienes hayan comparecido en
el expediente.
TERCERO.- Esta aprobación
definitiva deberá ser objeto de publicación por medios telemáticos, además,
conforme a lo que dispone la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno y art. 70. Ter de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
CUARTO.- .- Contra este acuerdo,
que agota la vía administrativa, los interesados podrán Interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente a la entrada en
vigor del presente Estudio de Detalle, de conformidad con los artículos 10.1.a)
y 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
A tenor de los dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/85, de Bases de
Régimen Local, podrá interponerse en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de la notificación, recurso de reposición
con carácter potestativo previo al contencioso-administrativo, ante la Excma.
Asamblea. Este se entenderá desestimado si transcurriere el plazo de un mes desde su presentación. Si opta por este recurso no
podrá acudir a la vía jurisdiccional hasta que sea resuelto expresamente o se
desestime por silencio.”
”
Documentos anexos:
|
Plano de servidumbre aeronáuticas |
|
|
Estudio aeronáutico de seguridad |
|
|
Memoria y Planos Estudio de Detalle |
Lo que le traslado para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 2 de octubre de
2025,
La Secretaria Técnica de
Fomento,
Francisca Torres Belmonte