ARTÍCULO 1060 - BOME-A-2025-1060

BOME Nº 6316 del martes, 7 de octubre de 2025

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA

Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 1 de octubre de 2025, relativo aprobación inicial del expediente de modificación de crédito nº 33000/2025, sobre crédito extraordinario financiado con mayores ingresos.


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La Excma. Asamblea de Melilla en sesión resolutiva Ordinaria del 01 de Octubre de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:

“PUNTO QUINTO.- APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE Nº 33000/2025 SOBRE CREDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON MAYORES INGRESOS.- La Comisión Permanente de Hacienda, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de septiembre de 2025, conoció propuesta de aprobación del asunto citado y una vez sometida a votación, tras las deliberaciones que constan en el acta de la sesión, fue aprobado por mayoría, con 6 votos a favor (5 Partido Popular , 1 Diputado no adscrito ) y 4 votos en contra (2 Coalición por Melilla, 1 Grupo Mixto, Sr Amin Mohamed, 1 Partido Socialista), siendo del tenor literal que sigue la propuesta:

PRIMERO. Ante la existencia de gastos específicos y determinados que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito adecuado y suficiente en el vigente Presupuesto de la Corporación, se propone la concesión de un crédito extraordinario financiado con bajas de otros créditos en aplicación del artículo 177.4 del TRLRHL..

SEGUNDO. Con fecha 01 de septiembre de 2025, se emitió Orden de Incoación y Memoria de la Consejería de Hacienda en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.

TERCERO. Con fecha 02 de septiembre de 2025, se emitió informe de la Dirección General de Hacienda y Presupuestos .

CUARTO. Con fecha 05 de septiembre  de 2025, se emitió informe de Intervención por el que se informó favorablemente el referido expediente de crédito extraordinario y con fecha 04 de septiembre de 2025 se elaboró Informe Intervención sobre Evaluación de la Estabilidad Presupuestaria .

QUINTO. Con fecha 09 de septiembre  de 2025, se emitió informe jurídico de la Secretaría Técnica de Hacienda  sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir .

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

-       Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

-       Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.

-       Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

-       El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.

-       El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10).

-       El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

-       La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales.

-       La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

-       El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

-       La Base nº 9 y 10 de las Bases de ejecución del presupuesto del ejercicio 2022.

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.


Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente se PROPONE al Pleno de la Asamblea, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Hacienda, la adopción del siguiente ACUERDO:

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 33000/2025 del Presupuesto de la Corporación, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con mayores ingresos, como sigue a continuación:

Alta en aplicaciones de gastos

 

Aplicación presupuestaria

Descripción

Crédito Extraordinario

33600/63200

REHABILITACIÓN DE FACHADAS DEL RECINTO HISTORICO MELILLA INVIERTE

1.880.000,00€

 

TOTAL ALTA

1.880.000,00€€

 

Esta modificación se financia con mayores ingresos

FINANCIACIÓN

 

Concepto

Descripción

Ingresos

72000

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

1.880.000,00€

TOTAL DE INGRESOS

1.880.000,00€

 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a)          El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b)          La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

SEGUNDO. Este Expediente conlleva la modificación del Anexo de Inversiones de la Ciudad Autónoma de Melilla  para el ejercicio 2025.

Además conforme establecen las Bases de Ejecución del Presupuesto , se adjuntan Modificaciones del Anexo de Inversiones de la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, y de la Consejería de Economía,

 

Melilla, a 6 de octubre de 2025,

El Secretario General Acctal. de la Asamblea,

Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025 (BOME Extra nº 9 14/02/2025),

Diego Giner Gutiérrez