Orden nº 4555, de fecha 13 de Octubre de 2025, relativa a convocatoria para la provisión del puesto de Personal Directivo Profesional de Secretario/a Técnico/a de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y Turismo, mediante publicidad y concurrencia.
La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 13/10/2025, registrada al número 2025004555, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de fecha 7 de octubre de 2025, por el que se aprueban las bases para la provisión definitiva del puesto de personal directivo profesional de Secretario/a Técnico/a de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y Turismo, y en uso de las competencias que me confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas y el art. 60 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 37932/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Convocar el proceso siguiente:
PROVISIÓN DEL PUESTO DE PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL DE SECRETARIO/A TÉCNICO/A DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Y TURISMO, MEDIANTE PUBLICIDAD Y CONCURRENCIA.
Es objeto de las presentes bases la selección, mediante el procedimiento de libre designación, del puesto directivo profesional de Secretario/a Técnico/a de Economía. Comercio, Innovación Tecnológica y Turismo, perteneciente a la plantilla de personal de Alta Dirección de la Ciudad (BOME nº 6158 de 22 de marzo de 2024), dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) y el artículo 60 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (REGA).
ORDEN |
DENOMINACIÓN |
DOTACIÓN |
40 |
SECRETARIO/A TÉCNICO/A DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Y TURISMO |
1 |
1.- REQUISITOS
Para ser admitidos al proceso de provisión del puesto directivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a tenor del artículo 50.3 del REGA:
No obstante quedan exceptuados aquellos funcionarios en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
2.- FUNCIONES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, desempeñará, en el ámbito de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, las funciones de fe pública y de asesoramiento legal, así como cualesquiera otras que les atribuya el Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y las demás que se establezcan en la normativa vigente aplicable.
En materia de fe pública:
En materia de asesoramiento legal:
3.- PROCEDIMIENTO
Presentación de Solicitudes y documentación. - Las solicitudes se dirigirán a la Excma. Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla a través de las Oficina de Información y Atención al Ciudadano o bien, a mediante presentación telemática a través de registro electrónico.
https://sede.melilla.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_ HOME .
Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes habrán de presentarse en el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Junto con las solicitudes, los aspirantes acompañarán su currículum vitae en el que se haga constar de manera acreditada el cumplimiento de los criterios de idoneidad, formación y competencia profesional. En particular deberá constar, debidamente documentado y clasificado:
Los méritos alegados deberán ser justificados documentalmente para su toma en consideración.
Sistema de Provisión. - Se proveerá por el procedimiento de libre designación, con aplicación de los principios de mérito y capacidad y criterios de idoneidad.
Procedimiento. - Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se examinarán las presentadas y se evaluará la documentación aportada por el órgano asesor constituido al efecto mediante Orden del titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, compuesto por profesionales cualificados y especializados para ello.
Posteriormente se celebrará una entrevista personal a los candidatos al puesto directivo por el Órgano Asesor, la cual, podrá ser objeto de grabación por acuerdo de este. En caso de negar el consentimiento de forma expresa por algún aspirante, supondrá la exclusión del proceso.
La selección de los candidatos se hará mediante la evaluación de los currículums de estos, siendo valorada la formación específica acreditada a través de Máster, Experto Universitarios y/o cursos específicos de formación directamente relacionados con las competencias y materias propias de la Secretaría Técnica de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y Turismo (Acuerdo Consejo de Gobierno, de fecha 28 de julio de 2023, relativo al Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad de Melilla ,BOME. Extraord. núm. 54, de 31/07/20023), así como la experiencia en dichas competencias y materias, el aprendizaje continuo y el haber ocupado puestos con personas a cargo.
El Órgano Asesor habrá de evaluar los méritos aportados y las entrevistas de todos los candidatos, debiendo formular una propuesta, debidamente motivada al Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, incluyendo a todos los aspirantes, encabezada, si ello es posible, por los tres candidatos, que, a criterio de dicho órgano, sean más idóneos para ser nombrados como titular de la Secretaría Técnica, atendiendo a los principios de mérito, capacidad y a criterios de idoneidad.
Finalmente, por el titular de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento se evacuará un informe-propuesta debidamente motivado, con referencia al cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidas en la correspondiente convocatoria, así como en atención a criterios de cualificación profesional y experiencia. Dicho informe-propuesta, deberá hacer referencia al motivo de la no elección del resto de candidatos. Dicho informe-propuesta será dirigido a la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad para, a su vez, trasladarlo al Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad.
Nombramiento.- Corresponde al Presidente de la Ciudad resolver el procedimiento al tratarse de un puesto directivo profesional con rango de Secretario Técnico. La resolución deberá ser motivada en los mismos términos que el informe-propuesta referido en el párrafo anterior.
En todo caso deberá quedar acreditada, con fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
El nombramiento tendrá una duración máxima de cinco años, que podrá ser renovable por períodos idénticos en los términos recogidos en el art. 127.2 del Real Decreto Ley 6/2023. Se declarará desierta la convocatoria en el caso de que ninguno de los presentados cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases o con el preceptivo criterio de idoneidad.
Toma de Posesión. - El plazo para la toma de posesión será de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el BOME, del Decreto de nombramiento del Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad.
6.- NORMA FINAL
En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en lo que proceda, el Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, en su defecto, supletoriamente, será de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado .
La presentación de solicitud para participar en la provisión de los puestos de trabajo a que se refieren estas bases, comporta su plena aceptación sin reserva alguna.
Las bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y formas establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 7 de octubre de 2025, por el que se aprueban las Bases de la convocatoria para la provisión del puesto directivo profesional de Secretario/a Técnica de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y Turismo, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación. No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Contra la ORDEN de la Excma. Sra. Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad nº 4555 de fecha 13 de octubre de 2025, por la que se convoca la provisión del puesto de personal directivo profesional de Secretario/a Técnico/a de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y Turismo, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses.
Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 13 de octubre de 2025,
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler