Orden Nº 1604, de fecha 10 de Noviembre de 2025, relativa cuantías concedidas a los centros participantes en la CONVOCATORIA PROGRAMA DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE UNIFORME ESCOLAR AL ALUMNADO DE FAMILIAS CON DIFICULTADES SOCIOECONÓMICAS QUE CURSAN ESTUDIOS EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL de la Ciudad Autónoma de Melilla Curso Académico 2025/2026.
La Excma. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor, por abstención del Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, mediante Orden núm. 2025001604 del día 10 de noviembre de 2025 ha dispuesto lo siguiente:
“Se constata error en Orden de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte núm. 2025001592, del día 06 de noviembre de 2025, por la que se procede a asignar cuantía concedida a los distintos centros participantes en el PROGRAMA DE PUESTA A DISPOCIÓN DE UNIFORME ESCOLAR AL ALUMNADO DE FAMILIAS CON DIFICULTADES SOCIOECONÓMICAS QUE CURSAN ESTUDIOS EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2025-26).
En el numeral segundo de la parte dispositiva de dicha orden respecto de la cuantía que corresponde a cada centro docente participante, donde dice:
| 11. CEIP CONSTITUCIÓN | 14.769,00 |
Deber decir:
| 11. CEIP ENCARNA LEÓN | 14.999,00 |
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ”revocación de actos y rectificación de errores” vengo en Ordenar la rectificación del error referido en Orden núm. 2025001592, del día 06.11.2025, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por lo que resulta el siguiente texto correcto:
“La Dirección General de Educación, en fecha 04 de noviembre actual, ha emitido informe que textualmente dice así
“Ante la convocatoria efectuada del PROGRAMA DE PUESTA A DISPOCIÓN DE UNIFORME ESCOLAR AL ALUMNADO DE FAMILIAS CON DIFICULTADES SOCIOECONÓMICAS QUE CURSAN ESTUDIOS EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2025-26), aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión resolutiva celebrada el día 19 de septiembre de 2025 (BOME núm. 6312, del martes 23 de septiembre de 2025), han presentado solicitud de participación en el citado programa 16 centros, todos ellos colegios de educación infantil y primaria que son los siguientes:
| CENTRO ESCOLAR | SOLICITUD REGISTRO | FECHA |
| 1. LICEO SEFARDÍ DAVID MELUL | 2025089732 | 29/09/2025 |
| 2. CEIP PEDRO DE ESTOPIÑAN | 2025090957 | 01/10/2025 |
| 3. CEIP ESPAÑA | 2025090521 | 30/09/2025 |
| 4. CEIPJUAN CARO ROMERO | 2025091782 | 02/10/2025 |
| 5. CEIP REAL | 2025088251 | 25/09/2025 |
| 6. CEIP VELÁZQUEZ | 2025090739 | 01/10/2025 |
| 7. CEIP ANSELMO PARDO | 2025092323 | 02/10/2025 |
| 8. CEIP HIPÓDROMO | 2025091794 | 02/10/2025 |
| 9. CEIP MEDITERRÁNEO | 2025088878 | 26/09/2025 |
| 10. CEIP CONSTITUCIÓN | 2025091646 | 02/10/2025 |
| 11. CEIP LEÓN SOLÁ | 2025091650 | 02/10/2025 |
| 12. CEIP PINTOR EDUARDO MORILLAS | 2025090039 | 30/09/2025 |
| 13. CEIP ENCARNA LEÓN | 2025090524 | 30/09/2025 |
| 14. CEIP ENRIQUE SOLER | 2025090380 | 30/09/2025 |
| 15. CEIP LA SALLE EL CARMEN | 2025088256 | 25/09/2025 |
| 16. CEIP NTRA SRA BUEN CONSEJO | 2025088261 | 25/09/2025 |
El Ceip La Salle El Carmen mediante escrito del pasado día 02 de octubre renuncia a su solicitud de participar en este programa de ayudas al igual que el Ceip Ntra Sra del Buen Consejo que renuncia mediante escrito del 24 de octubre último, resultando, por tanto, catorce centros lo que participan en el procedimiento de convocatoria del programa. Procede la admisión de las renuncias de conformidad con el articulo 94.1 de Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
| CENTRO ESCOLAR |
| 1. LICEO SEFARDÍ DAVID MELUL |
| 2. CEIP PEDRO DE ESTOPIÑAN |
| 3. CEIP ESPAÑA |
| 4. CEIPJUAN CARO ROMERO |
| 5. CEIP REAL |
| 6. CEIP VELÁZQUEZ |
| 7. CEIP ANSELMO PARDO |
| 8. CEIP HIPÓDROMO |
| 9. CEIP MEDITERRÁNEO |
| 10. CEIP CONSTITUCIÓN |
| 11. CEIP LEÓN SOLÁ |
| 12. CEIP PINTOR EDUARDO MORILLAS |
| 13. CEIP ENCARNA LEÓN |
| 14. CEIP ENRIQUE SOLER |
Primero.- El apartado/base 1º dispone lo siguiente:
“1.Ámbito de aplicación y financiación.
El presente programa se dirige al alumnado de la totalidad de centros docentes autorizados que imparten educación infantil, tanto en el primer como segundo ciclo, educación primaria y especial en la Ciudad de Melilla.
Los centros que quieran participar en este programa deberán contar con la pertinente autorización del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para impartir la enseñanza de que se trate.
Los centros participantes en el programa deberán aportar junto a la solicitud escrito en el que conste el acuerdo del Consejo Escolar del centro por el que se establece el uso de uniforme por parte del alumnado.
El alumnado beneficiario del programa deberá estar matriculado en el centro de que se trate durante el curso 2025/2026 y por sus circunstancias socioeconómicas deben presentar dificultades para disponer de dicho uniforme escolar y así lo constaten los equipos docentes del centro.
Por tanto, el presente programa se dirige al alumnado de las Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo educativo, Colegios de Educación Infantil y Primaria y del Centro de Educación Especial de Melilla, que pertenezcan a familias que presenten dificultades socioeconómicas.”
En consecuencia, la totalidad de los catorce centros solicitantes se encuentra bajo el ámbito de aplicación de este programa, habiendo todos ellos aportado acuerdo del Consejo Escolar del centro de establecimiento del uso del uniforme por el alumnado, salvo el Ceip Juan Caro cuyo acuerdo presenta la peculiaridad que más abajo se expone.
Segundo.-Ese mismo apartado 1º dispone:
Para la implementación de este programa de ayudas al uniforme escolar se dispone una dotación, de hasta 270.000,00 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 2025 14 32327 48000, RC nº de operación 12025000002949 del 30/01/2025. Se podrá aumentar dicho importe si existiese disponibilidad de crédito para ello a tenor de informe de la Intervención General de la Ciudad Autónoma.
Tercero.- Por su parte, la base/apartado 6º determina lo siguiente:
“6. Procedimiento para la adquisición.
1. Previa consulta del Equipo Directivo, el director o directora de cada centro acogido al programa de disposición de uniforme escolar expresará a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte las necesidades de su centro una vez iniciado el curso escolar.
A la vista de dichas necesidades la Dirección General de Educación formulará la correspondiente propuesta de resolución al señor Consejero, determinando el importe concedido a cada centro en función del número de alumnos/as con necesidades existentes en cada centro, las prendas que comprenden el uniforme escolar del centro, el precio de venta de los uniformes, las características específicas del centro en cuestión (educación especial o de difícil desempeño) y la dotación presupuestaria existente. En ningún caso dicho importe concedido al centro de que se trate superará la cifra de 14.999,00 euros.
Inicialmente las comunicaciones de necesidades efectuadas por los centros solicitantes resultaron ser genéricas, sin concretarse el número de alumnado beneficiario con necesidades ni los costes, por lo que esta Consejería de Educación, Juventud y Deporte requirió a los centros participantes información del número de alumnado perteneciente a familias con necesidades socioeconómicas, coste de los uniformes con su composición y características específicas. Los centros en respuesta al requerimiento participaron dicha información del modo que a continuación se expondrá.
3.1
A continuación se informa en relación con los colegios públicos Mediterráneo, Juan Caro Romero y León Solá, que presentan característica específica como es la de estar actualmente catalogados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes como centros de difícil desempeño (centros educativos de carácter singular) al entenderse que en él cursan estudios alumnos/as de familias con dificultades socioeconómicas en mayor grado que en otros.
| CEIP JUAN CARO ROMERO. | 0,00 euros |
Este centro aporta documento relativo a acuerdo del Consejo Escolar del centro, de fecha 30.09.2025, por el que se acuerda participar en el programa de ayudas que nos ocupa para dotar a la totalidad del alumnado, tanto de educación infantil como de educación primaria, de una sudadera con la imagen corporativa del centro, y si en el caso de que el importe concedido no permita cubrir la totalidad del alumnado se acuerda la no adhesión al programa.
A tenor de la Base 1ª y concordantes que rige la convocatoria del programa de ayudas para la puesta a disposición del uniforme escolar, las ayudas se destinan al alumnado que pertenezca a familias con necesidades socioeconómicas que no puedan asumir el coste del uniforme escolar establecido por el Consejo Escolar del centro, por lo que la pretensión del Ceip Juan Caro no cumple lo dispuestos en las bases de la convocatoria, al quedar patente que el centro no tiene establecido el uso de uniforme por el alumnado y que con la concesión que se diese se procedería a la adquisición de sudaderas para la totalidad del alumnado lo que resulta no ser el objetivo y fin de este programa de ayudas a familias que presentan necesidades socioeconómicas.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 0,00 euros.
| CEIP MEDITERRÁNO. | 14.750,00 euros |
Este centro cifra en 295 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarias de este programa, todos ellos son de educación primaria puesto que en educación infantil no tienen contemplado el uso del uniforme, con un coste de 50 euros por uniforme establecido por alumno ( sudadera, chándal completo y dos camisetas manga larga y corta), lo que da un total de 14.750, 00 euros.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 14.750,00 euros.
| CEIP LEÓN SOLÁ . | 14.999,00 euros |
Este centro cifra en casi la totalidad de alumnos y alumnas del colegio, 528, los que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa, informando del coste por uniforme (sudadera, pantalón y camiseta) de 30 euros, lo que conlleva a concluir que para la casi totalidad de alumnos/as del colegio que presentan necesidades la cuantía superaría el máximo permitido por centro de 14.999,00 euros
Por lo que se propone la concesión a este centro de 14.999,00 euros.
3.3 Seguidamente, se informa el resto de centros:
| CEIP PEDRO DEESTOPIÑAN. | 14.999,00 euros |
Este centro cifra en 226 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa, desde primer curso de educación infantil hasta sexto curso de educación primaria, participa la composición del uniforme escolar del centro (sudadera, camisetas manga corta y larga, pantalón largo y corto, polo manga corta y larga, pantalón vestir) cuyo coste asciende a 118 euros, superándose por tanto el máximo previsto por centro en la convocatoria que es la cuantía que procede conceder.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 14.999,00 euros.
| CEIP CONSTITUCIÓN. | 14.999,00 euros |
Este centro cifra en 150 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa, desde primer curso de educación infantil hasta sexto curso de educación primaria, participa la composición del uniforme escolar del centro distinguiendo uniforme de vestir (polo blanco, jersey o chaqueta, pantalón o falda, y zapatos oscuros) y uniforme de educación física ( chándal, camiseta y pantalón corto), cuyo coste asciende a 105 euros por alumno/a, superándose el máximo previsto por centro en la convocatoria que es la cuantía que procede conceder.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 14.999,00 euros.
| CEIP PINTOR EDUARDO MORILLAS. | 6.122,46 euros |
Este centro cifra en 201 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa, 71 de ellos son de educación infantil y 130 de educación primaria, con un coste de 30,46 euros de uniforme escolar deportivo establecido por alumno/a (sudadera, camiseta manga corta, pantalón corto y pantalón chándal largo), lo que hace dar un total de 6.122,46 euros.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 6.122,46 euros.
| CEIP ESPAÑA. | 14.995,15 euros |
Este centro cifra en 491 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa, todos ellos son de educación primaria, con un coste de 50 euros de uniforme escolar deportivo establecido por alumno (sudadera, camiseta manga corta, pantalón corto y pantalón largo), presupuestándolo el propio centro que da un total de 14.995,15 euros.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 14.995,15 euros.
| CEIP REAL. | 4.932,10 euros |
Este centro cifra en 43 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa. El centro detalla el coste del uniforme en 114,70 lo que da un total de 4.932,10 euros. El uniforme está compuesto de polos de manga corta y larga, pantalón/falda, jersey/rebeca, chándal competo camiseta corte de reporte y pantalón corto de deporte.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 4.932,10 euros.
| CEIP VELAZQUEZ. | 14.774,00 euros |
Este centro cifra en 161 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa, 64 de ellos son de educación infantil y 97 de educación primaria. El centro detalla el coste del uniforme, variando para educación infantil que sólo usan el chándal, con coste de 52 euros y para educación primaria, que usan chándal con el coste señalado y uniforme de clase con coste de 66 euros), lo que hace un total que asciende a 14.774 euros.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 14.774,00 euros.
| CEIP ANSELMO PARDO. | 14.999,00 euros |
Este centro cifra en 200 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa, de educación infantil y de educación primaria. El centro detalla el coste del uniforme, que es de 165 euros, compuesto por conjunto deportivo de verano, chándal de invierno, jersey o chaqueta, pantalón o falda y polo blanco, lo que hace un total que supera el máximo previsto por centro en la convocatoria.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 14.999,00 euros.
| CEIP HIPODROMO. | 14.999,00 euros |
Este centro cifra en 226 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa, tanto de educación infantil como de educación primaria. El centro informa el coste de 122 euros por cada uno de esos alumno/as beneficiarios, lo que suma un total que excede del máximo previsto por centro en la convocatoria.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 14.999,00 euros.
| CEIP ENCARNA LEÓN. | 14.999,00 euros |
Este centro cifra en 140 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa, son tanto de educación infantil como de educación primaria. El centro detalla el coste del uniforme (chándal, conjunto deportivo de verano, jersey y rebeca, falta, pantalón, polos de manga corta y larga) que es de 174,10 euros, lo que suma un total que supera el máximo previsto por centro.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 14.999,00 euros.
| CEIP LICEO SEFARDI DAVID MELUL. | 14.880,00 euros |
Este centro cifra en 62 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa,14 de ellos son de educación infantil y 48 de educación primaria. El centro participa el coste del uniforme, 240 euros para todo el alumnado consistente en chándal de verano y de invierno, pantalón o falta, suerte, camisa, rebeca y zapatos escolares, lo que hace un total que asciende a 14.880 euros.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 14.880,00 euros.
| CEIP ENRIQUE SOLER. | 14.999,00 euros |
Este centro cifra en 84 el número de alumnos y alumnas que pertenecen a familias con necesidades socioeconómicas que serían beneficiarios de este programa, 4 de ellos son de primer ciclo de educación infantil con un uniforme ( babero, chándal, camisetas larga y corta y bermudas) que asciende a 125 euros y el resto son de educación infantil de segundo ciclo y de educación primaria cuyo uniforme asciende a 312euros( polos manga larga y corta, pantalón largo y corto, falta verano y de invierno, jersey, chaqueta, chándal completo, camiseta deportiva manga larga y corta, pantalón deportivo corto, lo que conlleva a un presupuesto que supera el máximo previsto por centro en la convocatoria.
Por lo que se propone la concesión a este centro de 14.999,00 euros.
Por lo expuesto, la Dirección General de Educación PROPONE :
Primero.- La admisión de la renuncias de las solicitudes de participación del Ceip La Salle el Carmen y Ceip Ntra Sra del Buen Consejo de conformidad con el artículo 94.1 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.- La concesión de las siguientes cuantías a los distintos centros participantes en el programa, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 2025 14 32327 48000, RC nº de operación 1202500002949 del 30/01/2025 por importe total de 175.442,71 euros .
| CENTRO ESCOLAR | IMPORTE CONCEDIDO EUROS |
| 1. CEIP MEDITERRÁNEO | 14.750,00 |
| 2. CEIP LEÓN SOLÁ | 14.999,00 |
| 3. CEIP PEDRO DE ESTOPIÑAN | 14.999,00 |
| 4. CEIP CONSTITUCIÓN | 14.999,00 |
| 5. CEIP PINTOR EDUARDO MORILLAS | 6.122,46 |
| 6. CEIP ESPAÑA | 14.995,15 |
| 7. CEIP REAL | 4.932,10 |
| 8. CEIP VELAZQUEZ | 14.770,00 |
| 9. CEIP ANSELMO PARDO | 14.999,00 |
| 10. CEIP HIPODROMO | 14.999,00 |
| 11. CEIP ENCARNA LEÓN | 14.999,00 |
| 12. CEIP LICEO SEFARDÍ DAVID MELUL | 14.880,00 |
| 13. CEIP ENRIQUE SOLER | 14.999,00 |
“
En consecuencia, conforme con el apartado 6 del PROGRAMA DE PUESTA A DISPOCIÓN DE UNIFORME ESCOLAR AL ALUMNADO DE FAMILIAS CON DIFICULTADES SOCIOECONÓMICAS QUE CURSAN ESTUDIOS EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2025-26), aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 19 de septiembre de 2025 (BOME núm. 6312, del martes 23 de septiembre de 2025), VENGO EN ORDENAR:
Primero.- La admisión de la renuncias de las solicitudes de participación del Ceip La Salle el Carmen y Ceip Ntra Sra del Buen Consejo de conformidad con el artículo 94.1 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.- La concesión de las siguientes cuantías a los distintos centros participantes en el programa, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 2025 14 32327 48000, RC nº de operación 1202500002949 del 30/01/2025 por importe total de 175.442,71 euros .
| CENTRO ESCOLAR | IMPORTE CONCEDIDO EUROS |
| 1. CEIP MEDITERRÁNEO | 14.750,00 |
| 2. CEIP LEÓN SOLÁ | 14.999,00 |
| 3. CEIP PEDRO DE ESTOPIÑAN | 14.999,00 |
| 4. CEIP CONSTITUCIÓN | 14.999,00 |
| 5. CEIP PINTOR EDUARDO MORILLAS | 6.122,46 |
| 6. CEIP ESPAÑA | 14.995,15 |
| 7. CEIP REAL | 4.932,10 |
| 8. CEIP VELAZQUEZ | 14.770,00 |
| 9. CEIP ANSELMO PARDO | 14.999,00 |
| 10. CEIP HIPODROMO | 14.999,00 |
| 11. CEIP ENCARNA LEÓN | 14.999,00 |
| 12. CEIP LICEO SEFARDÍ DAVID MELUL | 14.880,00 |
| 13. CEIP ENRIQUE SOLER | 14.999,00 |
Según las bases/determinaciones que rigen una vez establecido el importe concedido a cada centro, el/la director/a del mismo solicitará las prendas de uniforme a adquirir en los establecimientos de su elección.
En atención a la instrucción 1/2019 de la ORIESCON en lo concerniente a la petición de tres ofertas en contratación menor (menor a 15.000,00 euros), y tratándose del manejo por los centros educativos de fondos públicos, salvo que de forma justificada no se pueda, se formulará la petición de tres ofertas al tratarse de contratar suministros.
Las facturas se emitirán a nombre del centro educativo, incorporando en el concepto, además de la identificación detallada del material adquirido, con especificación de los precios por unidad, lo siguiente: “Prendas de uniforme adquiridas en el marco del Programa de Puesta a Disposición de Uniforme Escolar del curso académico 2025-2026, para su abono por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
Una vez adquiridas las prendas de uniforme la dirección del centro remitirá a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Ciudad Autónoma de Melilla la factura emitida por el proveedor, conformada por el director/a del centro, a la que acompañará de los albaranes de entrega de las prendas, adjuntando el documento que se incorpora como anexo 3, debidamente cumplimentado
Con anterioridad al 31 de diciembre de 2025 el centro educativo deberá aportar, ante la Dirección General de Educación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, una memoria justifica expresiva del cumplimiento de los fines para los que se otorga la subvención, así como de la relación de alumnos y alumnas a los que se ha proporcionado prendas de uniforme en el marco del presente programa.
Orden firmada por la Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor, por abstención del Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, en virtud de lo dispuesto mediante Decreto de Presidencia núm. 20240000024 del día 13 de febrero de 2024.
De conformidad con el artículo 121 y demás concordantes de la ley 39/2015, de 01 de Octubre, del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería de Educación, Juventud y Deporte o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno
Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento y efectos.
Melilla, a 11 de noviembre de 2025,
El secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,
Joaquín M. Ledo Caballero