ARTÍCULO 1290 - BOME-A-2025-1290

BOME Nº 6333 del viernes, 5 de diciembre de 2025

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

Adenda de modificación y prórroga al convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Ciudad de Melilla para la creación de una nueva Escuela Infantil de primer ciclo, con cargo al mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Melilla (2021-2025).


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Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación del ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA AL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES Y LA CIUDAD DE MELILLA PARA LA CREACIÓN DE UNA NUEVA ESCUELA INFANTIL DE PRIMER CICLO, CON CARGO AL MECANISMO DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, DEPENDIENTE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MELILLA (2021-2025), habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2500217,  y los siguientes datos:

Consejería: CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

Datos de Aprobación

Órgano Consejo de Gobierno

Número 2025000797

Fecha 07 de octubre de 2025

Entidad: ES-S2818001-F (MINISTERIO DE EDUCACION, FORMACION PROFESIONAL Y DEPORTES)

Fecha de formalización: 26/11/2025

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla, a 1 de diciembre de 2025,

El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,

Joaquín M. Ledo Caballero

 

 


ANEXO

ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA AL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES Y LA CIUDAD DE MELILLA PARA LA CREACIÓN DE UNA NUEVA ESCUELA INFANTIL DE PRIMER CICLO, CON CARGO AL MECANISMO DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, DEPENDIENTE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MELILLA (2021-2025)

REUNIDOS

De una parte, doña María del Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, en virtud del Real Decreto 836/2023, de 20 de noviembre, y en uso de la competencia establecida en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Juan José Imbroda Ortiz, Presidente de la Ciudad de Melilla, nombrado por Real Decreto 605/2023, de 7 de julio, en representación de la Ciudad de Melilla, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 14 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla.

EXPONEN

1. Que con fecha 17 de noviembre de 2021 (publicado en el BOE de 26 de noviembre), se formalizó el Convenio entre el entonces denominado Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Melilla, para la construcción de una nueva escuela infantil de primer ciclo, con cargo al Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Melilla (en adelante, el Convenio).

2. Que a causa de la publicación de las Órdenes HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, ambas de 29 de septiembre, que regulan el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (en adelante PRTR) y el procedimiento de seguimiento del cumplimiento de hitos, objetivos, ejecución presupuestaria y contable de las medidas del citado Plan, hubo que modificar el el objeto y otras cláusulas del Convenio con el fin de adaptarlo a dichas órdenes mediante una primera adenda, registrada el 19 de diciembre de 2022 en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO).

Asimismo, se estableció que la aportación comprometida no ejecutada durante el ejercicio 2022 se aplicaría al ejercicio 2023, mediante el correspondiente reajuste de anualidades.

3. Que, posteriormente, el Convenio fue nuevamente modificado mediante una segunda adenda, registrada el 9 de enero de 2024 en el REOICO, para realizar un nuevo reajuste de anualidades al ejercicio 2024, debido al retraso de las obras de construcción de la nueva escuela infantil.

4. Que la Comisión Europea aprobó la Adenda española al PRTR el 2 de octubre de 2023, permitiendo con ello la ampliación del plazo de ejecución de las actuaciones financiadas hasta el 31 de diciembre de 2025.

En consecuencia, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Gobierno de la Ciudad de Melilla firmaron una tercera adenda, registrada el 4 de diciembre de 2024 en el REOICO, acordando la prórroga del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2025 y el reajuste de anualidades al ejercicio 2025, de la aportación comprometida no ejecutada durante el ejercicio 2024.

5. En el contexto actual, se plantea la necesidad urgente de formalizar una cuarta adenda al Convenio, que permita aclarar y facilitar la instrumentación del pago, siempre en el marco de la normativa del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Asimismo, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha acordado, conforme al marco jurídico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la ampliación de plazo de ejecución del hito 309 “creación de plazas de primer ciclo de infantil” hasta el 28 de febrero de 2026. Consecuentemente, se traslada esta novedad al convenio con la prórroga hasta dicha fecha.

Por ello, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Gobierno de la Ciudad de Melilla acuerdan suscribir la presente adenda al Convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA. Modificación de la cláusula segunda

Con el objetivo de adaptar el contenido del Convenio a la prórroga acordada en la tercera adenda, se modifica únicamente el segundo párrafo de la cláusula segunda, que pasa a tener la siguiente redacción:

« SEGUNDA. Actuaciones acogidas al Convenio

Dichas plazas deberán estar autorizadas en el proceso de admisión para el curso escolar 2026-2027. En caso de no alcanzarse este objetivo, y de conformidad con la normativa aplicable del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Ciudad de Melilla deberá proceder a la devolución de la financiación recibida.»

 


SEGUNDA. Modificación de la cláusula cuarta

Con el fin de concretar los compromisos de la Ciudad de Melilla y adecuar el marco temporal, se modifica el último párrafo de la cláusula cuarta, que queda redactado como sigue:

«CUARTA. Compromisos de la Ciudad de Melilla

Asimismo, deberá acreditar que las 197 plazas creadas suponen un incremento real sobre el total de plazas públicas existentes. Para ello, garantizará que el número mínimo de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil ofertadas en el curso 2026-2027 será igual a las ofertadas en el curso 2020-2021 más las 197 plazas de primer ciclo de educación infantil generadas mediante esta actuación.»

TERCERA. Modificación de la cláusula quinta

En línea con las modificaciones anteriores, el último párrafo de la cláusula quinta se redacta como sigue:

« QUINTA. Compromisos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Asimismo, el Ministerio se compromete a realizar los trámites necesarios para que la oferta de las nuevas plazas pueda producirse para el curso escolar 2026-2027, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.»

CUARTA.  Modificación de la cláusula sexta

Se modifican los dos primeros párrafos de la cláusula sexta en los siguientes términos:

« SEXTA. Instrumentación del pago y justificación del gasto.

Los pagos que hará el Ministerio en favor de la Ciudad Autónoma de Melilla se realizarán antes de finalizar el ejercicio presupuestario y una vez que haya remitido las memorias de seguimiento de ejecución.

La Ciudad Autónoma podrá presentar los gastos en los que haya incurrido desde el inicio del convenio siempre que deriven de la ejecución de los compromisos establecidos en la cláusula cuarta. Para su abono, deberá presentar previamente un informe en el que se reflejen el estado de las actuaciones realizadas, así como la justificación económica de los gastos cubiertos con esta financiación. » En el mismo sentido, se modifica el siguiente párrafo:

«Para ello, se permite a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Ciudad de Melilla presentar justificantes de gasto desde la entrada en vigor del presente convenio.»

QUINTA. Modificación de la cláusula novena

En virtud del artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se añade un último párrafo a la cláusula novena:

«De acuerdo con el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, vigilancia del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en la cláusula cuarta.» 

SEXTA. Prórroga

Ambas partes acuerdan proceder a la prórroga del citado convenio hasta el día 28 de febrero de 2026, fecha en la que quedará extinguido a todos los efectos.

De conformidad con el artículo 48.8 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre (LRJSP), una vez firmada la presente adenda por ambas partes, deberá ser inscrita en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), momento en el que adquirirá eficacia. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda, con fecha de la firma electrónica.

 

           LA MINISTRA DE EDUCACIÓN,                                  EL PRESIDENTE

FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES              DE LA CIUDAD DE MELILLA

          María del Pilar Alegría Continente                           Juan José Imbroda Ortiz