ARTÍCULO 1306 - BOME-A-2025-1306

BOME Nº 6334 del martes, 9 de diciembre de 2025

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Orden nº 5571, de fecha 4 de diciembre de 2025, relativa a rectificación de error en anuncio publicado en BOME nº 6331, de fecha 28 de noviembre de 2025, referente a la relación definitiva de los aspirantes para la provisión en propiedad de dos plazas de Técnico Economista.


La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resoluciónde 04/12/2025, registrada al número 2025005571, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

De conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y visto informe técnico emitido por la Jefa del Negociado de Gestión de Empleados públicos

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 38537/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Se proceda a la rectificación del error material detectado en la Orden n.º 5295 de fecha 25 de noviembre de 2025, relativa a la relación definitiva de los aspirantes admitidos y excluidos para la provisión en propiedad de dos plazas de Técnico Economista (BOME nº 6331, de 28 de noviembre de 2025), en el sentido siguiente:

INCLUIR COMO ASPIRANTE ADMITIDO A:

RAJAE LOUKILI.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 4 de diciembre de 2025,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler