Instrucción en relación con el Servicio de Taxi de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Con fecha de 29/01/2026, la Dirección General de Sostenibilidad ha emitido las siguientes instrucciones en relación con el servicio de Taxi de la Ciudad:
“CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD OFICINA TÉCNICA DE TRANSPORTES TERRESTRES
Vista propuesta de Asociación de Autónomos del Taxi de Melilla, con CIF. G-75641399, conformada por 36 Titulares de las 60 Licencias de Taxi existentes y con objeto de mejorar el servicio que se viene prestando, fundamentalmente en los Refuerzos de Aeropuerto de nuestra ciudad; de conformidad con el art. 5.2. c ) del Reglamento Regulador del Servicio de Taxi en la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME 6048 de 3 de marzo de 2023), así como el art. 72 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, viene a emitirse la siguiente
INSTRUCCIÓN
Lunes y Martes: Solo se reforzará con la parada de la “21” cuando haya más de dos vuelos seguidos, siempre y cuando se cumpla como norma importante que la franja horaria entre cada vuelo sea inferior a “30 minutos”, si no se da el caso, se cubrirá solo y exclusivamente con el cupo de Taxis que aquel día les corresponda dicha parada de la “80 Aeropuerto”.
Miércoles: sin Refuerzo.
Jueves: sin Refuerzo
Viernes: Solo se reforzará la “80 Aeropuerto”, con las siguientes normas a cumplir según en el periodo del año en que nos encontremos:
Sábado: sin Refuerzo
Domingo: sin Refuerzo
| LUNES | Refuerzo de la “21” aplicable cuando coincidan 2 o más vuelos, y que entre ellos haya menos de 30 minutos |
| MARTES | Refuerzo de la “21” aplicable cuando coincidan 2 o más vuelos, y que entre ellos haya menos de 30 minutos |
| MIÉRCOLES | Sin refuerzo |
| JUEVES | Sin refuerzo |
| VIERNES | INVIERNO: De 13h a 15h se aplica refuerzo de la 21 |
| VERANO: De 13h a 15h se aplica refuerzo libre (21, 23, 24, 28) | |
| SÁBADO | Sin refuerzo |
| DOMINGO | Sin refuerzo |
Esta Instrucción se entiende sin perjuicio de periodos festivos y vacacionales en los que se pueda establecer directrices concretas.”
“CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD OFICINA TÉCNICA DE TRANSPORTES TERRESTRES
Dada la alta demanda de taxis durante las fiestas locales y teniendo en cuenta la cercanía del sagrado mes del Ramadán y con objeto de asegurar el servicio que se viene prestando, fundamentalmente en la zona de llegadas del Aeropuerto de nuestra ciudad; de conformidad con el art. 5.2. c) del Reglamento Regulador del Servicio de Taxi en la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME 6048 de 3 de marzo de 2023), así como el art. 72.1 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, viene a emitirse la siguiente
INSTRUCCIÓN
A través de la presente se requiere a los Titulares de Licencias de Taxi de esta Ciudad Autónoma de Melilla para que presten sus servicios en la parada del Aeropuerto (80) durante el sagrado mes del Ramadán, del siguiente modo:
De Lunes a Domingo entre las 18:30h y las 20:00h refuerzo libre de todas las paradas.”
Lo que se publica para conocimiento y efectos oportunos,
Melilla, a 29 de enero de 2026,
El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Naturaleza,
Juan Luis Villaseca Villanueva