Orden nº 0404, de fecha 10 de febrero de 2026, relativa a rectificación de error en anuncio publicado en BOME nº 6347, de 23 de enero de 2026, referente a la constitución de la Bolsa de Trabajo de Técnico Superior en Integración Social.
La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 10/02/2026, registrada al número 2026000404, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, cde 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 20155/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Se proceda a la rectificación del error material detectado en la Orden n.º 150 de fecha 21 de enero de 2026, relativa a la constitución de la Bolsa de Trabajo de Técnico Superior de Integración Social, (BOME núm 6347, de 23 de enero de 2026), en el sentido siguiente::
Donde dice:
¨...
| ORDEN | APELLIDOS Y NOMBRE | NOTA |
| 100 | MOHAMED HAMMU,HILHAM | 5,10000 |
| 101 | AL LAL AHMED,SOHRA | 5,10000 |
| 102 | JALID MOHAMED,JADILLA | 5,10000 |
| 103 | MOHAMED KADDUR,LAMIA | 5,10000 |
Debe decir :
´...
| ORDEN | APELLIDOS Y NOMBRE | NOTA |
| 100 | AL LAL AHMED,SOHRA | 5,10000 |
| 101 | JALID MOHAMED,JADILLA | 5,10000 |
| 102 | MOHAMED HAMMU,HILHAM | 5,10000 |
| 103 | MOHAMED KADDUR,LAMIA | 5,10000 |
NOTA : Los empates se han resuelto de acuerdo con el artículo 9 de las « Bases de la convocatoria para la constitución de Bolsas de Trabajo para contrataciones temporales y nombramiento de funcionarios interinos de la Ciudad Autónoma de Melilla » (BOME nº 6074 de 2-06-2023) y modificación de las mismas publicada en BOME nº 6110 de 6 de octubre de 2023, que literalmente dice : « En último caso, y de persistir el empate, este se deshará en atención a la letra que anualmente sortea la Secretaría de Estado de Función Pública ». Según Resolución de 28 de julio de 2025 de la Secretaría de Estado de Función Pública ( BOE núm. 184 de 1 de agosto de 2025) la letra será la « U ».
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 11 de febrero de 2026,
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler