Resolución, de fecha 19 de febrero de 2026, por la que se registra y publica el acta del acuerdo parcial, relativo al convenio colectivo con denominación REGCON "Ciudad Autónoma de Melilla (Personal Laboral) (antes Ayuntamiento)".
Visto el texto del Acuerdo adoptado por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo con denominación REGCON “CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA (PERSONAL LABORAL) (ANTES AYUNTAMIENTO)”, que fue suscrito, de una parte, por la representación de la Administración (Excma. Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad) y, de otra parte, por la representación social (CSIF, CCOO, UGT, USTM), cuyo detalle se recoge en el texto que acompaña a la presente Resolución; resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.
La competencia para resolver el presente expediente se encuentra originalmente atribuida según lo preceptuado por el art. 4.2 del Real Decreto 2725/1998, de 18 de diciembre: “Los Delegados del Gobierno en la ciudades de Ceuta y Melilla asumirán las competencias resolutorias o de emisión de propuestas de resolución de los respectivos Directores de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno”.
Por Resolución del Delegado del Gobierno en Melilla, de fecha 11 de mayo de 2000, (BOME de 25 de mayo), se delegó en el Director del Área de Trabajo y Asuntos Sociales, hoy Área de Trabajo e Inmigración de esta Delegación del Gobierno, en su ámbito territorial de actuación, la competencia de resolver:
Expedientes de Regulación de Empleo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Registro e Inscripción de Cooperativas
ACUERDA
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla».
LA DIRECTORA DEL ÁREA DE TRABAJO E INMIGRACIÓN,
ELENA NIETO DELGADO
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA MESA GENERAL COMÚN DE NEGOCIACIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
En Melilla, a 20 de diciembre de 2024, siendo las 10:00 horas, se reúnen en la Sala de los Sindicatos los miembros de la Mesa General Común de Negociación de Personal Funcionario y Laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla.
ASISTENTES
Por la parte social:
Por la parte de la Administración:
ORDEN DEL DÍA
1. Justificación de la urgencia de la sesión
2. Modificación de la Disposición Adicional Cuarta del VIII Acuerdo Marco de los funcionarios de la CAM y del IX Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla.
DESARROLLO DE LA SESIÓN
1. Justificación de la urgencia de la sesión
Iniciada la sesión, toma la palabra la Presidencia, quien expone la justificación de la urgencia de la convocatoria, fundamentada en la finalización de la anualidad presupuestaria sin haberse ejecutado las cantidades consignadas para el seguro de fallecimiento, como consecuencia de to señalado en el informe emitido por el Secretario Técnico de Administración Pública.
Dicho informe concluye, en síntesis, que la CIVE carece de competencia para incorporar contenido normativo al Acuerdo Marco o al Convenio Colectivo, debiendo articularse dicha incorporación a través de la correspondiente negociación colectiva.
Sometida la urgencia a votación, se aprecia y acuerda por unanimidad de las partes la concurrencia de la misma.
2. Propuesta de adhesión a las disposiciones quinta del Acuerdo Marco y del Convenio Colectivo
A continuación, la Presidencia expone que la propuesta que obra en el expediente tiene por objeto la adhesión a las disposiciones quinta del Acuerdo Marco y del Convenio Colectivo, incorporando las cuantías que fueron acordadas en su día en el seno de la CIVE y que ya habían sido objeto de consenso entre las partes.
Leída íntegramente la propuesta y sometida a votación, se acuerda por unanimidad la aprobación de la propuesta formulada por la Administración, consistente en:
PRIMERO. - Adherir a la Disposición Adicional Cuarta del VIII Acuerdo Marco de los funcionarios de la CAM lo siguiente:
La Ciudad Autónoma asumirá, en los casos de no haberse suscrito un Seguro Colectivo, el pago de los siguientes siniestros, con independencia de la edad de los funcionarios públicos:
Las indemnizaciones debidas a la determinación de cualquiera de los tipos de incapacidades anteriores contempladas no son acumulativas.
SEGUNDO. - Adherir a la Disposición Adicional Quinta del IX Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla siguiente:
La Ciudad Autónoma asumirá, en los casos de no haberse suscrito un Seguro Colectivo, con independencia de la edad del personal laboral, el pago de los siguientes siniestros:
Las indemnizaciones debidas a la determinación de cualquiera de los tipos de incapacidades anteriores contempladas no son acumulativas.
TERCERO. - Será de aplicación a todos aquellos hechos causales producidos desde el vencimiento del anterior Contrato de Seguro suscrito por la Ciudad.
CUARTO. - Este acuerdo queda adherido al VIII Acuerdo Marco de los Funcionarios de la Ciudad Autónoma de Melilla publicado en BOME Extraordinario NP. 19 de 19 de diciembre de 2009, coincidiendo su vigencia con aquél, respecto a su primer punto y en los mismos términos al IX Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla, respecto al segundo punto.
No habiendo más asuntos que tratar y siendo las 10:30 horas, se da por finalizada la sesión.
Melilla, a 14 de enero de 2026,
La Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad,
Marta Victoria Fernández de Castro
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler