Orden nº 0355, de fecha 2 de marzo de 2026, relativa a convocatoria para la celebración de la prueba teórica para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica.
El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 02/03/2026, registrada al número 2026000355, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1384/1997, de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de enseñanzas náutico-deportivas, subacuático-deportivas y buceo profesional, y conforme a la Orden nº 0183, de fecha 5 de febrero de 2026, relativa a convocatorias para la celebración de las pruebas teóricas para la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo en Melilla, se autoriza la celebración de la prueba teórica para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica, a celebrar en Melilla, el día 3 de Junio de 2026, a celebrar en Melilla, en el del I.E.S. Miguel Fernández, en Avenida General Astilleros, s/n., en Melilla, a las 17:00 horas, con una duración máxima 45 minutos, según se determina en el Anexo II de la presente convocatoria.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 6773/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La celebración del examen se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre (B.O.E. nº 247 de 11/10/2014), el Real Decreto 238 /2019 de 5 de abril, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y con el Decreto del Consejo de Gobierno, de fecha 8 de mayo de 2009, por el que se regulan la composición, funciones y régimen de sesiones de los tribunales para la realización de pruebas para la obtención de títulos y la habilitación para el gobierno de embarcaciones de recreo, (BOME nº 4609, de 19 de mayo de 2009) y de acuerdo con las siguientes Bases:
Primera.- Los interesados en participar en el examen convocado formularán solicitud al efecto (modelo de instancia anexo), dirigida al Consejero de Educación, Juventud y Deporte, la presentarán por sede electrónica, red OIAC, o a través de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segunda.- A esta solicitud se acompañará:
1.- Copia clara y legible, autenticada o cotejada (por ambas caras), del documento nacional de identidad en vigor, (sin caducar), o del NIE igualmente en vigor (sin caducar) en caso de no poseer nacionalidad española, o en su caso la tarjeta de residencia vigente para los extranjeros.
2.-Certificado médico oficial ajustado a lo dispuesto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, capítulo IV sobre Reconocimientos Psicofísicos, en sus artículos 21 y 22, este último modificado por el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril.
3.- Copia autenticada o cotejada de Patrón de Yate (PY), no siendo necesario aportar dichas copias por aquellos/as interesados/as a los/las que se les haya expedido las citadas titulaciones de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) y Patrón de Yate (PY) por la Ciudad Autónoma de Melilla.
4.- Certificado original de los resultados obtenidos en la última convocatoria, si procede.
5.- Solicitud de convalidación de asignaturas, si procede.
6.- Justificante del abono de los derechos de examen correspondientes, que deberá realizarse dentro del período de presentación de solicitudes de esta convocatoria, cuya cuantía asciende a 91 €, y que serán ingresados en la cuenta de la Ciudad Autónoma de Melilla abierta en el B.S.C.H., con el título Recaudación Directa, identificada con los siguientes dígitos:
IBAN: ES41 Entidad: 0049-Oficina: 2506 D.C.: 19 Nº. Cuenta: 1310534790
4.- En caso de no presentarse dicha solicitud por red OIAC, o a través de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sino a través de representante, se deberá presentar otorgamiento de representación según modelo anexo III, debiendo de presentarse fotocopia tanto del representante como del representado.
Tercera.- El plazo de presentación de solicitudes comenzará el mismo día de la publicación de la presente convocatoria en el BOME y finalizará el día 4 de mayo de 2026.
Una vez realizada la prueba y publicados sus resultados, el plazo de presentación de reclamaciones a las mismas será de diez días naturales a contar desde la fecha de la publicación de los resultados en el tablón de anuncios de la Dirección General de Política Deportiva, sita en calle Músico Granados, nº 9 de esta Ciudad.
Cuarta.- El Tribunal juzgador de esta prueba, nombrado por el Consejero de Educación, Juventud y Deporte, de acuerdo con el decreto por el que se regulan la composición, funciones y régimen de sesiones de los tribunales para la realización de pruebas para la obtención de títulos y la habilitación para el gobierno de embarcaciones de recreo, (BOME nº 4592, de 20 de marzo de 2009), y estará formado por:
Presidente: D. Ángel Guerrero Molino
Secretario: D. Joaquín Manuel Ledo Caballero
Vocales: D. Manuel Alcaide Cabrera
D. Juan José Collado Martín
Dª. Mª del Pilar Gutiérrez Ramón
Dª Isabel Maria Hoyo Bernal
D. Oliver Sánchez Vargas
El Tribunal Suplente estará compuesto por:
Presidente: D: Germán Ortiz Sánchez
Secretaria: Dª. Gema Viñas del Castillo
Vocales: D. Javier Ibancos Pastor
D. Javier Hierro Moreno
D. Gerardo Estruch Casals
D. José María López López
D. David Pérez Fernández
Los miembros de los mismos tendrán derecho a la percepción de indemnizaciones por asistencias, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
Quinta.- Criterios de corrección: en el anexo II de la presente resolución, de acuerdo con el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, y el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, se establecen las normas y corrección de los exámenes de cada titulación.
Sexta.- La presente convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y formas previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptima.- Los aspirantes deberán ir provistos del material necesario para los ejercicios descritos en el Anexo II.
Para obtener cualquier información relativa a esta Convocatoria, podrán dirigirse a través de: la sede electrónica, red OIAC, Dirección General de Política Deportiva - teléfono: 95 269 92 34, o a través de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A N E X O I
Solicitud de participación en la prueba teórica para la obtención del título de Capitán de Yate.
Apellidos:
Nombre:
DNI ó NIE:
Fecha de Nacimiento:
Domicilio:
Código Postal:
Correo electrónico:
Teléfono:
Teléfono Móvil:
Solicito se me admita esta instancia, junto con la documentación que se acompaña, de conformidad con la Orden de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, para esta Convocatoria.
En …………………… , a …. de …………………… de 2026
Excmo. Sr. Consejero Educación Juventud y Deporte.
Ciudad Autónoma de Melilla.
A N E X O I I
1. Horarios de la prueba teórica para la obtención del Título de Capitán de Yate:
Día 01/06/206 - De 17:00 a 19:30 horas.
Resolución de 40 preguntas tipo test, de formulación independiente entre sí, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. Las respuestas erróneas no invalidan una correcta. Duración del examen 2 horas y media (60 minutos para el módulo genérico y 90 minutos para el módulo de navegación) El examen se corregirá mediante un doble criterio de valoración:
b) Por módulos temáticos. Se podrá lograr el aprobado por módulos, siempre y cuando se superen los criterios específicos de las dos materias que componen cada módulo de acuerdo a los siguientes criterios:
El aprobado del módulo solo es válido en el ámbito exclusivo de la Ciudad Autónoma de Melilla y se conservará durante las dos convocatorias siguientes a la de la realización del examen en la que se aprobó el módulo.
3. Material necesario: Los aspirantes han de presentar el DNI, NIE, o pasaporte en vigor y llevar consigo el material siguiente:
El tribunal se reserva la facultad de decidir la admisión del material que considere apropiado así como la entrada de personas que incumplan los requisitos sanitarios.
4.-En el caso de aprobar algún módulo, contado desde la entrada en vigor del R.D. 875/2014, se conservará dicho aprobado durante las dos convocatorias siguientes y naturales en las que la administración competente realice exámenes de capitán de yate. El aprobado por módulos solo será válido en el ámbito exclusivo de cada Administración con competencias.
5.-No presentación a examen: la no presentación a examen no dará lugar al cambio ni a la devolución de la matrícula.
6.- Para la admisión a las pruebas se carecerá de incidencias de expulsión, en dos convocatorias anteriores, por el uso de medios electrónicos, de intercomunicación o similares durante la realización de los exámenes.
7.- Un vez aprobado el exámen teórico, y superadas las prácticas de navegación y el curso de radio correspondientes, la Ciudad Autónoma de Melilla, previa solicitud del interesado, procederá a la expedición de la tarjeta (en papel timbrado estatal) y la anotación registral constitutiva del título.
8.- El plazo máximo para la solicitud del título será de 24 meses, contados desde la publicación de notas definitivas o desde la superación de las prácticas obligatorias, superado el plazo, el interesado perderá todos sus derechos, debiendo superar de nuevo el examen teórico y/o las prácticas obligatorias.
9.-Un vez finalizado el plazo de inscripción, según lo establecido en la presente convocatoria, se hará pública la lista provisional de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios, sito en la Dirección General de Política Deportiva pudiendo, en el plazo de cinco días naturales, subsanar las deficiencias aquellos candidatos que hayan resultado excluidos, conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
10.- Resultado del examen: finalizado el examen, las listas provisionales de calificaciones (que se elevarán a definitivas una vez finalizado el plazo de reclamaciones), se publicará en el tablón de anuncio de la Dirección General de Política Deportiva y en la página web de la Ciudad Autónoma de Melilla, www.melilla.es , de forma conjunta con el examen y la plantilla de corrección.
Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de las listas de calificaciones provisionales en el tablón de anuncios, para presentar por escrito las reclamaciones que consideren oportunas, debidamente razonadas, acompañadas de fotocopia del DNI, dirigidas al Presidente del Tribunal, con indicación de los datos personales, domicilio y código postal de la localidad, al objeto de dar la oportuna contestación por escrito. Serán desestimadas de oficio las reclamaciones en las que falten algunos de los requisitos señalados anteriormente.
A N E X O I I I
OTORGAMIENTO DE REPRESENTACIÓN
PERSONA SOLICITANTE REPRESENTACIÓN
| APELLIDOS Y NOMBRE | DNI/NIF | |
| DIRECCIÓN | ||
| C.P.: PROVINCIA | MUNICIPIO | TE LÉFONO |
| CORREO ELECTRÓNICO: |
OTORGA SU REPRESENTACION A:
| APELLIDOS Y NOMBRE | DNI/NIF | |
| DIRECCIÓN | ||
| C.P. PROVINCIA | MUNICIPIO | TELÉFONO |
| CORREO ELECTRÓNICO: |
Para que actúe en nombre del representado ante los diferentes procedimientos de la Ciudad Autónoma de Melilla con fecha de inicio de la representación …………………. y fecha de fin ………………………
Con relación a dicho procedimiento podrá ejercitar las siguientes facultades: facilitar la práctica de cuantas actuaciones sean precisas para la instrucción del expediente, aportar cuantos datos y documentos se soliciten o se interesen, recibir todo tipo de comunicaciones, formular peticiones y solicitudes, presentar escritos y alegaciones, manifestar su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos en el correspondiente trámite de audiencia o renunciar a otros derechos, suscribir diligencias y otros documentos que pueda extender el órgano competente y, en general, realizar cuantas actuaciones correspondan al/a los representado/s en el curso de dicho procedimiento.
ACEPTACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN
Con la firma del presente escrito el representante acepta la representación conferida y responde de la autenticidad de la firma del/de los otorgante/s, asi como de la/s copia/s compulsadas del DNI del/de los mismos que acompaña/n a este/estos documento/s.
NORMAS APLICABLES
Articulo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:
DECLARACIÓN: El interesado declara bajo su responsabilidad que conoce y cumple con los requisitos exigidos para tramitar la presente solicitud, así como, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se responsabiliza de la veracidad de los documentos que presenta junto a esta solicitud. Asimismo autoriza a la Ciudad Autónoma de Melilla a la consulta de los datos tributarios de la AEAT y de la Ciudad Autónoma de Melilla, padronales, de la Tesorería de la Seguridad Social, de posesión de título de familia numerosa y cualquier otro que sea necesario para la tramitación del correspondiente expediente administrativo, en todo caso, la finalidad de dicha consulta será la comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo correspondiente, todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, hago constar que conozco que, en virtud de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, la Ciudad Autónoma de Melilla incorporará a su base de datos, los datos y documentos relativos a mi persona que figuren en la presente solicitud, a fin de que puedan ser tratados por ésta y otras administraciones públicas en el ejercicio de sus funciones y para fines directamente relacionados con el desempeño eficaz de sus atribuciones
Consiente el tratamiento de los datos personales de este formulario para los fines recogidos en el mismo.
PROTECCIÓN DE DATOS: La Dirección General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud es la responsable del tratamiento de los datos personales incluidos en este formulario que serán incorporados al tratamiento denominado “Atención y Participación Ciudadana”. La finalidad del mismo es la tramitación de su solicitud, incorporación al expediente y resolución del mismo. La legitimación del tratamiento es en cumplimiento de una obligación legal. Los datos sólo podrán ser cedidos a terceros cuando ello resulte necesario por motivos de control o gestión de sus competencias y al amparo de una norma que lo legitime. Los derechos de los interesados relacionados en los artículos 15 a 21 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 podrán ejercerse utilizando los medios recogidos en la Política de Privacidad de la Ciudad Autónoma de Melilla. Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos https://sede.melilla.es y en el Registro de Actividades de Tratamiento indicados anteriormente en esta página
En---------------------------- a ------ de ------------------------------ de --------
EL/LOS OTORGANTES EL REPRESENTANTE
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 3 de marzo de 2026,
El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,
Joaquín M. Ledo Caballero