Resolución nº 0298, de fecha 10 de marzo de 2026, relativa a convocatoria del XIX Premio de Cortometrajes "Manuel Carmona Mir" de la XVIII Semana de cine de Melilla.
La Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, mediante Resolución núm. 2026000298 de fecha 10/03/2026, ha resuelto lo siguiente:
ÚNICO: La aprobación de la Convocatoria del XIX PREMIO DE CORTOMETRAJES “MANUEL CARMONA MIR” DE LA XVIII SEMANA DE CINE DE MELILLA, que se regirán por las Bases que se transcriben a continuación.
XIX PREMIO DE CORTOMETRAJES “MANUEL CARMONA MIR” DE LA XVIII SEMANA DE CINE DE MELILLA
CONVOCATORIA
1.- Podrán concurrir todas las personas físicas interesadas, residentes en España.
2.- Los trabajos deberán ser originales. El tema y el género de los cortometrajes serán libres, realizados durante el año 2025.
3.- Los cortometrajes que se presenten tendrán libertad de temática, pudiendo haberse realizado el rodaje en cualquier localización. Si el idioma utilizado para el cortometraje no fuera el castellano, éste deberá ser acompañado de subtítulos en castellano, y la duración de los mismos deberá estar comprendida entre uno y treinta minutos.
En cuanto a los Criterios de Valoración Artística de los cortometrajes, se tendrán en cuenta:
4.- Un comité nombrado al efecto seleccionará los cortometrajes finalistas que valorará un jurado popular, que será los que se proyecten dentro de la programación de la Semana de Cine de Melilla del 04 al 10 de mayo de 2026.
5. - Se concederán los siguientes premios:
Para los ganadores/as de los premios, y con posterioridad al fallo del Jurado popular que se establezca para tal fin, se requerirá el Certificado de Cuenta Bancaria en el que figure como titular la persona inscrita en el concurso, así como una copia del DNI. En el caso de aquellos participantes que tengan cedidos los derechos del cortometraje a alguna Productora, deberán aportar documento sobre la Cesión de Derechos para el abono del premio a la Productora. A estos premios, se les aplicarán las retenciones previstas en la vigente legislación.
6.- Para participar en el Premio de Cortometrajes “Manuel Carmona Mir” de la 18 Semana de Cine de Melilla es obligatorio registrarse y cumplimentar el formulario de inscripción exclusivamente a través de MOVIBETA (www.movibeta.com). El plazo de presentación comienza con la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de Melilla, siendo la hora límite para la presentación de los trabajos las 23:59 horas del día 30 de marzo de 2026.
Tanto los cortometrajes ganadores como los finalistas que sean proyectados tendrán que aportar la siguiente documentación:
La no aportación de esta documentación podrá ser motivo de descalificación.
Los cortometrajes seleccionados deben entregar la copia de proyección en DCP o en formato Blu-Ray a través de la plataforma de MOVIBETA
7.- El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en el mundo de la cultura e íntimamente relacionados con la Semana de Cine de Melilla .
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.
8.- El jurado puede resolver cualquier cuestión que no quede contemplada en la convocatoria. El fallo emitido por el jurado será inapelable.
9.- Los premios podrán declararse desiertos.
10.- La Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor declina toda responsabilidad de todo acto ajeno a su voluntad que se pueda producir durante la exhibición de los proyectos.
11.- El fallo del jurado se dará a conocer en el Teatro Kursaal-Fernando Arrabal dentro de los actos de la Semana de Cine de Melilla. El fallo será inapelable y se hará público a través de las redes sociales de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor. El mismo, de conformidad con la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla. El Jurado podrá declarar desierto aquellos premios que no hayan alcanzado un nivel de calidad suficiente. La Ciudad Autónoma y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.
12.- Los trabajos premiados formarán parte del fondo audiovisual de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, cuyo uso será siempre de carácter cultural y promocional y no lucrativo.
13.- La organización se reserva el derecho de hacer modificaciones y adoptar decisiones no reguladas en la presente convocatoria, siempre que las mismas contribuyan al mayor éxito del concurso.
14.- La convocatoria del presente premio se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENCES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUICACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La presentación de trabajos a esta edición del PREMIO DE CORTOMETRAJES "MANUEL CARMONA MIR" DE LA 18 SEMANA DE CINE DE MELILLA, implica la total aceptación por sus autores de las presentes BASES. Para cualquier aclaración, dirigirse al teléfono 952699193 o por correo electrónico a la dirección: consejeriacultura@melilla.es
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo 92 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla. (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017).
Melilla, a 10 de marzo de 2026,
El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del Mayor,
Juan León Jaén Lara