ARTÍCULO 275 - BOME-A-2026-275

BOME Nº 6362 del martes, 17 de marzo de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Orden nº 1070, de fecha de 13 de marzo de 2026, relativa a modificación de la Comisión de Baremación para la valoración de los aspirantes de la bolsa de trabajo, para contrataciones temporales y nombramientos de funcionarios interinos, en la categoría de Técnico de Turismo.


La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 13/03/2026, registrada al número 2026001070, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Visto el escrito de abstención formulado por Dña. Maria Teresa Rosado López, designado por Orden nº 0476, de 13 de febrero de 2026, Vocal Titular, de la Comisión de Baremación para la valoración de los aspirantes de la bolsa de trabajo, para contrataciones temporales y nombramientos de funcionarios interinos, en la categoría de Técnico de Turismo, y considerando que concurren causas justificadas para la abstención,

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 39106/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º.- Aceptar la abstención formulada por Dña. Maria Teresa Rosado López.

2º.- Acordar la sustitución de Dña. Maria Teresa Rosado López en su condición de Vocal Titular, pasando a ocupar dicho puesto la actual Vocal Suplente, Dña. Ahlam Chanfouh Aouragh.

3º.- Acordar la sustitución de Dña. Ahlam Chanfouh Aouragh. en su condición de Vocal Suplente, pasando a ocupar dicha suplencia, D. Antonio Carmona Saavedra.

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 13 de marzo de 2026,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler