Orden nº0479, de fecha 18 de marzo de 2026, relativa a rectificación de error en anuncio publicado en BOME nº6359, de fecha 6 de marzo de 2026, referente a convocatoria para la celebración de la prueba teórica para la obtención del Título de Patrón de Navegación Básica.
El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 18/03/2026, registrada al número 2026000479, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Visto Expediente número 6773/2026, de Solicitud de “CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA PRUEBA TEÓRICA PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE PATRÓN DE NAVEGACIÓN BÁSICA”
Conforme a lo indicado en el Art. 109.2 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dice:
“Artículo 109.2. 2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo rectificar en cualquier momento de oficio a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en su actos.”
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Dirección General PROPONE que se adopte la siguiente
Habiéndose detectado un error material en la Orden del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, número 2026000355 de fecha 02 de marzo de 2026 del presente expediente.
DONDE DICE:
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1384/1997, de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de enseñanzas náutico-deportivas, subacuático-deportivas y buceo profesional, y conforme a la Orden nº 0183, de fecha 5 de febrero de 2026, relativa a convocatorias para la celebración de las pruebas teóricas para la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo en Melilla, se autoriza la celebración de la prueba teórica para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica, a celebrar en Melilla, el día 3 de Junio de 2026, a celebrar en Melilla, en el del I.E.S. Miguel Fernández, en Avenida General Astilleros, s/n., en Melilla, a las 17:00 horas, con una duración máxima 45 minutos, según se determina en el Anexo II de la presente convocatoria.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Dirección General PROPONE que se adopte la siguiente:
La celebración del examen se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre (B.O.E. nº 247 de 11/10/2014), el Real Decreto 238 /2019 de 5 de abril, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y con el Decreto del Consejo de Gobierno, de fecha 8 de mayo de 2009, por el que se regulan la composición, funciones y régimen de sesiones de los tribunales para la realización de pruebas para la obtención de títulos y la habilitación para el gobierno de embarcaciones de recreo, (BOME nº 4609, de 19 de mayo de 2009) y de acuerdo con las siguientes Bases:
Primera.- Los interesados en participar en el examen convocado formularán solicitud al efecto (modelo de instancia anexo), dirigida al Consejero de Educación, Juventud y Deporte, la presentarán por sede electrónica, red OIAC, o a través de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segunda.- A esta solicitud se acompañará:
1.- Copia clara y legible, autenticada o cotejada (por ambas caras), del documento nacional de identidad en vigor, (sin caducar), o del NIE igualmente en vigor (sin caducar) en caso de no poseer nacionalidad española, o en su caso la tarjeta de residencia vigente para los extranjeros.
2.-Certificado médico oficial ajustado a lo dispuesto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, capítulo IV sobre Reconocimientos Psicofísicos, en sus artículos 21 y 22, este último modificado por el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril.
3.- Copia autenticada o cotejada de Patrón de Yate (PY), no siendo necesario aportar dichas copias por aquellos/as interesados/as a los/las que se les haya expedido las citadas titulaciones de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) y Patrón de Yate (PY) por la Ciudad Autónoma de Melilla.
4.- Certificado original de los resultados obtenidos en la última convocatoria, si procede.
5.- Solicitud de convalidación de asignaturas, si procede.
6.- Justificante del abono de los derechos de examen correspondientes, que deberá realizarse dentro del período de presentación de solicitudes de esta convocatoria, cuya cuantía asciende a 91 €, y que serán ingresados en la cuenta de la Ciudad Autónoma de Melilla abierta en el B.S.C.H., con el título Recaudación Directa, identificada con los siguientes dígitos:
IBAN: ES41 Entidad: 0049-Oficina: 2506 D.C.: 19 Nº. Cuenta: 1310534790
4.- En caso de no presentarse dicha solicitud por red OIAC, o a través de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sino a través de representante, se deberá presentar otorgamiento de representación según modelo anexo III, debiendo de presentarse fotocopia tanto del representante como del representado.
Tercera.- El plazo de presentación de solicitudes comenzará el mismo día de la publicación de la presente convocatoria en el BOME y finalizará el día 4 de mayo de 2026.
Una vez realizada la prueba y publicados sus resultados, el plazo de presentación de reclamaciones a las mismas será de diez días naturales a contar desde la fecha de la publicación de los resultados en el tablón de anuncios de la Dirección General de Política Deportiva, sita en calle Músico Granados, nº 9 de esta Ciudad.
Cuarta.- El Tribunal juzgador de esta prueba, nombrado por el Consejero de Educación, Juventud y Deporte, de acuerdo con el decreto por el que se regulan la composición, funciones y régimen de sesiones de los tribunales para la realización de pruebas para la obtención de títulos y la habilitación para el gobierno de embarcaciones de recreo, (BOME nº 4592, de 20 de marzo de 2009), y estará formado por:
Presidente: D. Ángel Guerrero Molino
Secretario: D. Joaquín Manuel Ledo Caballero
Vocales: D. Manuel Alcaide Cabrera
D. Juan José Collado Martín
Dª. Mª del Pilar Gutiérrez Ramón
Dª Isabel Maria Hoyo Bernal
D. Oliver Sánchez Vargas
El Tribunal Suplente estará compuesto por:
Presidente: D: Germán Ortiz Sánchez
Secretaria: Dª. Gema Viñas del Castillo
Vocales: D. Javier Ibancos Pastor
D. Javier Hierro Moreno
D. Gerardo Estruch Casals
D. José María López López
D. David Pérez Fernández
Los miembros de los mismos tendrán derecho a la percepción de indemnizaciones por asistencias, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
Quinta.- Criterios de corrección: en el anexo II de la presente resolución, de acuerdo con el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, y el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, se establecen las normas y corrección de los exámenes de cada titulación.
Sexta.- La presente convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y formas previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptima.- Los aspirantes deberán ir provistos del material necesario para los ejercicios descritos en el Anexo II.
Para obtener cualquier información relativa a esta Convocatoria, podrán dirigirse a través de: la sede electrónica, red OIAC, Dirección General de Política Deportiva - teléfono: 95 269 92 34, o a través de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Solicitud de participación en la prueba teórica para la obtención del título de Capitán de Yate.
Apellidos:
Nombre:
DNI ó NIE:
Fecha de Nacimiento:
Domicilio:
Código Postal:
Correo electrónico:
Teléfono:
Teléfono Móvil:
Solicito se me admita esta instancia, junto con la documentación que se acompaña, de conformidad con la Orden de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, para esta Convocatoria.
En …………………… , a …. de …………………… de 2026
Excmo. Sr. Consejero Educación Juventud y Deporte.
Ciudad Autónoma de Melilla.
A N E X O I I
Día 01/06/206 - De 17:00 a 19:30 horas.
Resolución de 40 preguntas tipo test, de formulación independiente entre sí, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. Las respuestas erróneas no invalidan una correcta. Duración del examen 2 horas y media (60 minutos para el módulo genérico y 90 minutos para el módulo de navegación) El examen se corregirá mediante un doble criterio de valoración:
- Globalmente. Para lograr el aprobado se deberá responder correctamente un mínimo de 28 preguntas, no permitiéndose superar un máximo de errores en las siguientes materias:
- Teoría de navegación, máximo 5 errores permitidos.
- Cálculos de navegación, máximo 4 errores permitidos.
b) Por módulos temáticos. Se podrá lograr el aprobado por módulos, siempre y cuando se superen los criterios específicos de las dos materias que componen cada módulo de acuerdo a los siguientes criterios:
- Módulo genérico (meteorología/inglés). Resolución de 20 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. De las diez preguntas de meteorología, el número máximo de errores permitidos será de 5. De las diez preguntas de inglés, el número máximo de errores permitidos será de 5.
- Módulo de navegación (teoría navegación/cálculo navegación). Resolución de 20 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. De las diez preguntas de teoría de navegación, el número máximo de errores permitidos será de 5. De las diez preguntas de cálculo de navegación, el número máximo de errores permitidos será de 4.
El aprobado del módulo solo es válido en el ámbito exclusivo de la Ciudad Autónoma de Melilla y se conservará durante las dos convocatorias siguientes a la de la realización del examen en la que se aprobó el módulo.
3. Material necesario: Los aspirantes han de presentar el DNI, NIE, o pasaporte en vigor y llevar consigo el material siguiente:
- Para todos los exámenes será obligatorio llevar 2 bolígrafos (bolígrafo azul) y corrector.
-Útiles de escritura: bolígrafo, transportador náutico, regla, escuadra, cartabón y compás.
-Asimismo, se autoriza el uso de calculadoras científicas. No se permite el acceso a las aulas de examen con calculadoras programables, teléfonos móviles, agendas electrónicas, ordenadores personales, relojes inteligentes “smartwaches”, ni cualquier otro dispositivo electrónico. - Para el examen de inglés no se permite el uso de diccionario.
- En ningún caso se podrán llevar a las pruebas libros, notas o apuntes y las fórmulas para la realización de los ejercicios.
- No se permitirá la utilización ni tener al alcance teléfonos móviles y/o dispositivos electrónicos, que deberán permanecer apagados.
El tribunal se reserva la facultad de decidir la admisión del material que considere apropiado así como la entrada de personas que incumplan los requisitos sanitarios.
4.-En el caso de aprobar algún módulo, contado desde la entrada en vigor del R.D. 875/2014, se conservará dicho aprobado durante las dos convocatorias siguientes y naturales en las que la administración competente realice exámenes de capitán de yate. El aprobado por módulos solo será válido en el ámbito exclusivo de cada Administración con competencias.
5.-No presentación a examen: la no presentación a examen no dará lugar al cambio ni a la devolución de la matrícula.
6.- Para la admisión a las pruebas se carecerá de incidencias de expulsión, en dos convocatorias anteriores, por el uso de medios electrónicos, de intercomunicación o similares durante la realización de los exámenes.
7.- Un vez aprobado el exámen teórico, y superadas las prácticas de navegación y el curso de radio correspondientes, la Ciudad Autónoma de Melilla, previa solicitud del interesado, procederá a la expedición de la tarjeta (en papel timbrado estatal) y la anotación registral constitutiva del título.
8.- El plazo máximo para la solicitud del título será de 24 meses, contados desde la publicación de notas definitivas o desde la superación de las prácticas obligatorias, superado el plazo, el interesado perderá todos sus derechos, debiendo superar de nuevo el examen teórico y/o las prácticas obligatorias.
9.-Un vez finalizado el plazo de inscripción, según lo establecido en la presente convocatoria, se hará pública la lista provisional de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios, sito en la Dirección General de Política Deportiva pudiendo, en el plazo de cinco días naturales, subsanar las deficiencias aquellos candidatos que hayan resultado excluidos, conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
10.- Resultado del examen: finalizado el examen, las listas provisionales de calificaciones (que se elevarán a definitivas una vez finalizado el plazo de reclamaciones), se publicará en el tablón de anuncio de la Dirección General de Política Deportiva y en la página web de la Ciudad Autónoma de Melilla, www.melilla.es , de forma conjunta con el examen y la plantilla de corrección.
Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de las listas de calificaciones provisionales en el tablón de anuncios, para presentar por escrito las reclamaciones que consideren oportunas, debidamente razonadas, acompañadas de fotocopia del DNI, dirigidas al Presidente del Tribunal, con indicación de los datos personales, domicilio y código postal de la localidad, al objeto de dar la oportuna contestación por escrito. Serán desestimadas de oficio las reclamaciones en las que falten algunos de los requisitos señalados anteriormente.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 6773/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER DEBE DECIR:
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1384/1997, de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de enseñanzas náutico-deportivas, subacuático-deportivas y buceo profesional, y conforme a la Orden nº 0183, de fecha 5 de febrero de 2026, relativa a convocatorias para la celebración de las pruebas teóricas para la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo en Melilla, se autoriza la celebración de la prueba teórica para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica, a celebrar en Melilla, el día 3 de Junio de 2026, a celebrar en Melilla, en el del I.E.S. Miguel Fernández, en Avenida General Astilleros, s/n., en Melilla, a
las 17:00 horas, con una duración máxima 45 minutos, según se determina en el Anexo II de la presente convocatoria.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Dirección General PROPONE que se adopte la siguiente:
La celebración del examen se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Real
Decreto 875/2014, de 10 de octubre (B.O.E. nº 247 de 11/10/2014), el Real Decreto 238 /2019 de 5 de abril, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y con el Decreto del Consejo de Gobierno, de fecha 8 de mayo de 2009, por el que se regulan la composición, funciones y régimen de sesiones de los tribunales para la realización de pruebas para la obtención de títulos y la habilitación para el gobierno de embarcaciones de recreo, (BOME nº 4609, de 19 de mayo de 2009) y de acuerdo con las siguientes Bases:
Primera.- Los interesados en participar en el examen convocado formularán solicitud al efecto (modelo de instancia anexo), dirigida al Consejero de Educación, Juventud y Deporte, la presentarán por sede electrónica, red OIAC, o a través de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segunda.- A esta solicitud se acompañará:
1.- Copia clara y legible, autenticada ó cotejada (por ambas caras), del documento nacional de identidad en vigor, (sin caducar), ó del NIE igualmente en vigor (sin caducar) en caso de no poseer nacionalidad española, o en su caso la tarjeta de residencia vigente para los extranjeros.
2.- Certificado médico oficial ajustado a lo dispuesto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, capítulo IV sobre Reconocimientos Psicofísicos, en sus artículos 21 y 22, este último modificado por el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril.
3.- Justificante del abono bancario (ingreso o transferencia) por los derechos de examen, que deberá realizarse dentro del período de presentación de solicitudes de esta convocatoria, acreditativo de haber abonado las tasas correspondientes, cuya cuantía asciende a 45 € y que serán ingresados en la cuenta de la Ciudad Autónoma de Melilla, abierta en el BSCH, con el título Recaudación Directa, identificada con los siguientes dígitos:
4.- En caso de no presentarse dicha solicitud por red OIAC, o a través de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sino a través de representante, se deberá presentar otorgamiento de representación según modelo anexo III, debiendo de presentarse fotocopia tanto del representante como del representado.
Tercera.- El plazo de presentación de solicitudes comenzará el mismo día de la publicación de la presente convocatoria en el BOME y finalizará el día 4 de mayo de 2026.
Una vez realizada la prueba y publicados sus resultados, el plazo de presentación de reclamaciones a las mismas será de diez días naturales a contar desde la fecha de la publicación de los resultados en el tablón de anuncios de la Dirección General de Política Deportiva, sita en calle Músico Granados, nº 9 de esta Ciudad.
Cuarta.- El Tribunal juzgador de esta prueba, nombrado por el Consejero de Educación, Juventud y Deporte, de acuerdo con el decreto por el que se regulan la composición, funciones y régimen de sesiones de los tribunales para la realización de pruebas para la obtención de títulos y la habilitación para el gobierno de embarcaciones de recreo, (BOME nº 4592, de 20 de marzo de 2009), y estará formado por:
Presidente: D. Ángel Guerrero Molino
Secretario: D. Joaquín Manuel Ledo Caballero
Vocales: D. Manuel Alcaide Cabrera
D. Juan José Collado Martín
Dª. Mª del Pilar Gutiérrez Ramón
Dª Isabel Maria Hoyo Bernal
D. Oliver Sánchez Vargas.
El Tribunal Suplente estará compuesto por:
Presidente: D: Germán Ortiz Sánchez
Secretaria: Dª. Gema Viñas del Castillo
Vocales: D. Javier Ibancos Pastor
D. Javier Hierro Moreno
D. Jose Maria López López
D. Gerardo Estruch Casals
D. David Pérez Fernández
Los miembros de los mismos tendrán derecho a la percepción de indemnizaciones por asistencias, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
Quinta.- Criterios de corrección: en el anexo II de la presente resolución, de acuerdo con el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, y el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, se establecen las normas y corrección de los exámenes de cada titulación.
Sexta.- La presente convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y formas previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptima.- Los aspirantes deberán ir provistos del material necesario para los ejercicios descritos en el Anexo II.
Para obtener cualquier información relativa a esta Convocatoria, podrán dirigirse a través de: la sede electrónica, red OIAC, Dirección General de Política Deportiva - teléfono: 95 269 92 34, o a través de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
I
Solicitud de participación en la prueba teórica para la obtención del título de Patrón de Navegación Básica.
Apellidos:
Nombre:
DNI ó NIE:
Fecha de Nacimiento:
Domicilio:
Localidad: Provincia:
Código Postal:
Correo electrónico:
Teléfono:
Teléfono Móvil:
Solicito se me admita esta instancia, junto con la documentación que se acompaña, de conformidad con la Orden de Consejería de Educación, Juventud y Deporte para esta Convocatoria.
En ………………………., a …. de ………………. de 2026
Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte
Ciudad Autónoma de Melilla
A N E X O I I
- Patrón de Navegación Básica – (PNB)
- Resolución de 27 preguntas tipo test, de formulación independiente entre sí, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. Para ser considerado apto hay que resolver correctamente 17 preguntas en total, siendo necesario además un mínimo de 5 aciertos de las diez preguntas sobre reglamento de abordajes y un mínimo de 3 aciertos de las cinco preguntas de balizamiento. Las respuestas erróneas no invalidan una correcta.
(Duración del examen 45 minutos)
a) De conformidad con lo establecido en el anexo II del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, la normativa IALA que se preguntará en los exámenes para la obtención de las titulaciones náuticas de recreo, será el Sistema de Balizamiento Marítimo (IALA-MBS 2010). En el siguiente enlace de la página web de Puerto del Estado se podrá descargar la documentación correspondiente: http://www.puertos.es/Documents/balizamiento_maritimo_0.pdf
4.- Los aspirantes han de presentar el DNI, NIE, o pasaporte en vigor y llevar consigo el material siguiente:
- Para todos los exámenes será obligatorio llevar 2 bolígrafos (bolígrafo azul) y corrector.
5. Los aspirantes que no se presenten en las pruebas en el día y hora señalados, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal, serán excluidos de la prueba y perderán todos sus derechos de examen.
La no presentación a examen no dará lugar al cambio ni a la devolución de la matrícula.
6. Una vez finalizado el plazo de inscripción, según lo establecido en la presente convocatoria, se hará pública la lista provisional de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios, sito en la Dirección General de Política Deportiva, pudiendo, en el plazo de cinco días naturales, subsanar las deficiencias aquellos candidatos que hayan resultado excluidos, conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. Resultado del examen: finalizado el examen, las listas provisionales de calificaciones (que se elevarán a definitivas una vez finalizado el plazo de reclamaciones), se publicará en el tablón de anuncio de la Dirección General de Política Deportiva y en la página web de la Ciudad Autónoma de Melilla, www.melilla.es , de forma conjunta con el examen y la plantilla de corrección.
Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de las listas de calificaciones para presentar por escrito las reclamaciones que consideren oportunas, debidamente razonadas, acompañadas de fotocopia del DNI, dirigidas al Presidente del Tribunal, con indicación de los datos personales, domicilio y código postal de la localidad, al objeto de dar la oportuna contestación por escrito. Serán desestimadas de oficio las reclamaciones en las que falten algunos de los requisitos señalados anteriormente.
8. Un vez aprobado el examen teórico, y superadas las prácticas de navegación y el curso de radio correspondientes, la Ciudad Autónoma de Melilla, previa solicitud del interesado, procederá a la expedición de la tarjeta y la anotación registral constitutiva del título.
9. El plazo máximo para la solicitud del título será de 24 meses, contados desde la publicación de notas definitivas o desde la superación de las prácticas obligatorias, superado el plazo, el interesado perderá todos sus derechos, debiendo superar de nuevo el examen teórico y/o las prácticas obligatorias.
10. Para la admisión a las pruebas se carecerá de incidencias de expulsión, en dos convocatorias anteriores, por el uso de medios electrónicos, de intercomunicación o similares durante la realización de los exámenes.
11. En el supuesto de que a las pruebas se presenten personas con diversidad funcional o discapacidad, de las recogidas en la Ley 11/2003, de 10 abril, sobre el Estatuto de las Personas con Discapacidad, o normativa que la sustituya, y así lo hagan saber expresamente al Tribunal, mediante petición expresa que dirigirán al mismo junto con la instancia de solicitud de participación en las pruebas, podrán solicitar los ajustes razonables para la realización de las pruebas, entendiendo por tales las modificaciones adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, para garantizar el goce o ejercicio de todos sus derechos.
En todo caso, junto con la petición expresa de la adaptación o ajustes para la realización de la prueba deberán aportar copia autenticada de la resolución del órgano competente en la materia por la que se le reconozca el grado concreto de discapacidad que presenta, y en su caso, las limitaciones que pudiera presentar para el ejercicio cotidiano de las labores diarias, así como la propuesta expresa de las adaptaciones o ajustes que solicita.
El Tribunal, a la vista de la petición expresa de adaptación o ajuste, para la realización de las pruebas, y tras la revisión de la documentación aportada por el interesado, y valoración particularizada del caso, tomará la decisión que considere conveniente, para el mejor desarrollo de los exámenes.
12. A la finalización de cada prueba, los aspirantes entregarán la hoja de respuestas de examen, identificada con su DNI, a los miembros del Tribunal.
13. Los miembros del Tribunal indicarán a los participantes dónde deben sentarse y podrá requerirlos a cambiar de ubicación durante la prueba.
14. La contravención de estas normas, el hecho de copiar en las pruebas o perturbar de cualquier forma el desarrollo de la prueba podrá dar lugar a la exclusión del examinando de todas las pruebas de la convocatoria en curso.
En ……………… a …. de ……………….. de ……………
EL/LOS OTORGANTE/S EL REPRESENTANTE
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, 18 de marzo de 2026,
El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,
Joaquín M. Ledo Caballero