Decreto nº 131, de fecha 26 de marzo de 2026, relativo a rectificación de error material en el anuncio publicado en el BOME Extra nº 5, de 10 de marzo de 2026, referente al nombramiento como Secretaria Técnica accidental de la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza de Dª. Mª. Teresa Rosado López.
El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto de 26/03/2026, registrado al número 2026000131, en el Libro de Oficial de Decretos de la Presidencia ha decretado lo siguiente:
Habiéndose detectado error de hecho en el pie de recurso de la publicación del Decreto relativo al nombramiento como Secretaria Técnica accidental de la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza de Dª. Mª. Teresa Rosado López (BOME extr. nº 5 de 10 de marzo de 2026), de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 8577/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Se proceda a la siguiente rectificación:
Donde dice:
“...
Advirtiéndole que este Decreto agota la vía administrativa, por lo que, conforme establece el artículo 92.2 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y 122.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no podrá interponer en dicha vía ningún recurso, salvo el extraordinario de revisión, en los supuestos previstos en el artículo 125.1 de la meritada Ley, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.
No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso, si así lo estima conveniente, bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos
...”
Debe decir:
“...
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer en el plazo de un mes a partir de su publicación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente, bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
...”
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 27 de marzo de 2026,
El Secretario General Acctal. de la Asamblea,
Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025 (BOME Extra nº 9 14/02/2025),
Diego Giner Gutiérrez