Orden nº 0840, de fecha 8 de mayo de 2026, relativa aprobación de la convocatoria de Campamentos Juveniles de Verano y Campos de Voluntariado Juvenil para el ejercicio 2026.
El Excmo. Sr. D. Miguel Ángel Fernández Bonnemaisón, Consejero de Educación, Juventud y Deporte, mediante Orden/Resolución de 08/05/2026, registrada al número 2026000840, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
I.- Mediante Real Decreto 1385/1997, de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de asistencia social (BOE nº 229 de 24 de septiembre) y en virtud de la potestad normativa que a la Ciudad de Melilla otorga el 20.1.17 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, le corresponde a esta Administración la “promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio”.
II.- Conforme a lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno núm. 538, de fecha 28 de julio de 2023, relativo a la aprobación del Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías (BOME Extraordinario nº 54, de 31 de julio de 2023) corresponde a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, entre otras, las competencias en materia de “a) Desarrollo político, económico, social, cultural, deportivo y artístico de la juventud”. “b) Fomento de la vida saludable y la participación activa de la juventud e implementación de programas para la obtención de tales fines”. “e) Elaboración de programa de desarrollo e integración de la juventud”.
III.- La Consejería de Educación, Juventud y Deporte presenta el Programa de Campamentos Juveniles de Verano y Campos de Voluntariado Juvenil, diseñado para los jóvenes residentes en la Ciudad Autónoma de Melilla con edades comprendidas entre los 12 y 17 años, en el caso de campamentos juveniles, y de 18 a 30 años para los campos de voluntariado. Este programa de Campamentos Juveniles de Verano tiene como objetivo fomentar el ocio alternativo, educativo y saludable dirigido a jóvenes durante el verano, mediante la realización de actividades enfocadas en ocupar el tiempo libre, brindando así la oportunidad de aprender, divertirse, socializar, desarrollar habilidades de trabajo en equipo a la vez que experimentan su propia autonomía y responsabilidad. Asimismo, los Campos de Voluntariado Juvenil son una herramienta de educación no formal, cuyo objetivo es la participación activa de los jóvenes de diferentes procedencias, en actividades de voluntariado no remunerado, con el fin de promover valores como el compromiso, la conciencia, solidaridad, trabajo en equipo y cooperación, que proporcionen experiencias enriquecedoras de aprendizaje, facilitando el intercambio cultural entre los asistentes.
Para ello se ofertan plazas para Campamentos Juveniles de verano y Campos de Voluntariado Juvenil.
IV.- Este programa tiene una dotación presupuestara máxima de NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHO CON SETENTA Y CUATRO (95.508,74€) a cargo de la aplicación presupuestaria 14/33440/22699 (ACTIVIDADES DIVERSAS ÁREA DE JUVENTUD) mediante RC 12026000005182 (47.424,26) y RC 12026000005183 (48.084,48€) para el año 2026, de acuerdo con los expedientes de contratación mayor 27/2026/CMA denominado “SERVICIO DE VIAJE DE OCIO Y TIEMPO LIBRE Y ORGANIZACIÓN PARA CAMPAMENTO JUVENIL MULTIAVENTURA DE VERANO 2026 DEL ÁREA DE JUVENTUD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.” y 28/2026/CMA “SERVICIO DE VIAJE DE OCIO Y TIEMPO LIBRE Y ORGANIZACIÓN PARA CAMPAMENTO JUVENIL NÁUTICO DE VERANO 2026 DEL ÁREA DE JUVENTUD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA” respectivamente.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 16346/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
ÚNICO: Aprobación del PROGRAMA relativo a la CONVOCATORIA CAMPAMENTOS JUVENILES DE VERANO Y CAMPOS DE VOLUNTARIADO JUVENIL PARA EL EJERCICIO 2026.
CONVOCATORIA CAMPAMENTOS JUVENILES DE VERANO Y CAMPOS DE VOLUNTARIADO JUVENIL PARA EL EJERCICIO 2026
1 .- DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA
“CAMPAMENTOS JUVENILES DE VERANO Y CAMPOS DE VOLUNTARIADO JUVENIL PARA EL EJERCICIO 2026”.
2 .- OBJETIVOS DEL PROGRAMA
El objetivo de los Campamentos Juveniles de Verano es fomentar el ocio alternativo, educativo y saludable dirigido a jóvenes durante el verano, mediante la realización de actividades enfocadas en ocupar el tiempo libre, brindando así la oportunidad de aprender, divertirse, socializar, desarrollar habilidades de trabajo en equipo a la vez que experimentan su propia autonomía y responsabilidad. Asimismo, los Campos de Voluntariado Juvenil son una herramienta de educación no formal, cuyo objetivo es la participación activa de los jóvenes de diferentes procedencias, en actividades de voluntariado no remunerado, con el fin de promover valores como el compromiso, la conciencia, solidaridad, trabajo en equipo y cooperación, que proporcionen experiencias enriquecedoras de aprendizaje, facilitando el intercambio cultural entre los asistentes.
Para ello se ofertan plazas para Campamentos Juveniles de verano y Campos de Voluntariado Juvenil.
3 .- REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS SOLICITANTES
4 .- DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA
La Consejería de Educación, Juventud y Deporte ha venido organizando oferta de actividades de verano, entre las que destacan la promoción de los campamentos juveniles de verano, entendidos como una parte fundamental de la formación integral del joven. Este programa proporciona un ambiente controlado y seguro que permite a los jóvenes realizar actividades al aire libre promoviendo una mayor apreciación y compresión del entorno natural, desconectar de las tecnologías digitales y fomentar la comunicación entre jóvenes ayudando a la construcción de relaciones interpersonales y al desarrollo de habilidades sociales esenciales, a la vez que el enfoque educativo estimula la creatividad y la resolución de problemas de manera autónoma, contribuyendo a la salud física, mental y emocional del joven y siendo el medio para que nuestros jóvenes conozcan la geografía española desde un entorno de ocio y tiempo libre educativo y saludable.
Por esta razón, se han seleccionado dos Campamentos Juveniles de verano que se realizarán en distintos entornos naturales:
| CAMPAMENTO JUVENIL MULTIAVENTURA EN LA SIERRA DE GREDOS - EXTREMADURA | VALLE DEL JERTE – EL TORNO |
| FECHA: | Del 11 al 28 de julio de 2026. |
| PARTICIPANTES: | 20 plazas. |
| EDAD: | De 12 a 14 años ( ambos inclusive). |
| CUANTÍA DE LA PLAZA: | 340€ |
| DESCUENTOS:
*Descuentos no acumulables |
25% con el Carné Joven Europeo (255€)
30% F. Numerosa General (238€) 40% F. Numerosa Especial (204€) (BOME núm. 5452 de 16/06/2017). |
| CAMPAMENTO JUVENILNÁUTICO (SURF) EN CASTRILLÓN- COSTA DE ASTURIAS | CASTRILLÓN - SALINAS |
| FECHA: | Del 16 al 27 de julio de 2026. |
| PARTICIPANTES: | 20 plazas. |
| EDAD: | De 15 a 17 años (ambos inclusive). |
| CUANTÍA DE LA PLAZA: | 340€ |
| DESCUENTOS:
*Descuentos no acumulables |
25% con el Carné Joven Europeo (255€)
30% F. Numerosa General (238€) 40% F. Numerosa Especial (204€) (BOME núm. 5452 de 16/06/2017). |
*Las fechas son orientativas y podrán variar a criterio de la Administración.
Los Campamentos Juveniles de Verano de carácter recreativo de ocio y tiempo libre (incluyen traslados, alojamiento, manutención, actividades, excursiones, etc.)
Además la Consejería de Educación, Juventud y Deporte oferta plazas de Campos de Voluntariado Juvenil para jóvenes melillenses de entre 18 y 30 años en diferentes Comunidades Autónomas del territorio español.
La descripción de los Campos de Voluntariado Juvenil disponibles se incluye como ANEXO I del presente programa.
5 .- MARCO NORMATIVO
6 .- RESPONSABLES DE EJECUCIÓN
La responsabilidad de la ejecución del presente programa recae sobre:
7 .- DURACIÓN DEL PROGRAMA
El programa se desarrollará durante el mes de julio de 2026.
8 .- LUGAR, FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
1.- Las solicitudes, debidamente formalizadas, deberán dirigirse a la Dirección General de Política Educativa, Área de Juventud, en la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, en las distintas oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.- Las solicitudes se formalizarán en modelo oficial (www.melilla.es) y deberán ser firmadas y cumplimentadas en su totalidad acompañadas de la siguiente documentación:
3.- El plazo para presentar las solicitudes será de DOCE (12) DÍAS HÁBILES, que empezará a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOME. En el supuesto de que, finalizado dicho plazo, resultaran plazas vacantes, se podrá atender solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos y por riguroso orden de entrada de la solicitud en el Registro General de la Ciudad.
4.- Para el caso del campamento juvenil NÁUTICO en Asturias, y en el supuesto de que queden plazas vacantes, el rango de edad podrá ampliarse, abarcando desde los 12 hasta los 17 años sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior.
9.- BAREMACIÓN
1.-Se procederá a la adjudicación de las plazas objeto de la presente convocatoria mediante la aplicación del siguiente baremo:
| No haber solicitado el mismo campamento en el que participó el año anterior. | 1 punto. |
| Ser titular del Carné Joven Europeo + Carné de Alberguista | 2 puntos. |
| Por cada asignatura aprobada en la segunda evaluación, se valorará las 4 mejores calificaciones de acuerdo con el baremo establecido, hasta un máximo de | *16 puntos. |
*Las asignaturas se valorarán, conforme al siguiente criterio de valoración:
| Sobresaliente (9-10) | 4 puntos. |
| Notable (7-8.9) | 3 puntos. |
| Bien (6 – 6.9) | 2 puntos. |
| Suficiente (5 – 5.9) | 1 punto. |
2.- En caso de empate, el mismo se dirimirá mediante riguroso orden de entrada en el registro de los solicitantes empatados.
3.- Para aquellos solicitantes menores de 14 años, se les aplicará la misma bonificación y la misma baremación que aquellos mayores de 14 años en posesión del Carné Joven Europeo + Carné de Alberguista.
4.- En el caso de que existiesen menos solicitudes que plazas ofertadas, se aceptarán la totalidad de las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en el presente programa.
10.- PROCEDIMIENTO
El procedimiento a seguir es el que a continuación se detalla:
1.- La Consejería de Educación, Juventud y Deporte, realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales podrán participar en el programa.
2.- La instrucción del procedimiento corresponderá a la Secretaría Técnica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, o empleado público en quien delegue. Por parte del órgano instructor se realizarán de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
Se verificará que las solicitudes cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria, y si advirtiese defectos formales u omisión de alguno de los documentos exigidos, se requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de 10 días hábiles, apercibiéndole que, de no hacerlo, se entenderá que desiste de su solicitud, previa resolución dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El órgano instructor emitirá informe que se corresponderá al expediente, y en el que se hará constar que de la información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios de las plazas cumplen todos los requisitos para acceder a las mismas.
Se constituirá, asimismo, un órgano colegiado cuya composición será la siguiente:
3.- A la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, se formulará propuesta de resolución provisional por el órgano instructor, debidamente motivada, que de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se notificará a los interesados mediante publicación en el Boletín Oficial de Melilla, concediéndoles un plazo de diez días para presentar alegaciones. De existir éstas, el órgano colegiado deberá pronunciarse sobre las mismas antes de formular la propuesta definitiva.
Se podrá prescindir de este trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones que las aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución provisional formulada tendrá el carácter de definitiva.
4.- La propuesta de resolución provisional no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto, mientras que no se haya notificado la resolución definitiva de la concesión.
5.- La propuesta de resolución definitiva se formulará por el órgano instructor al Consejero de Educación, Juventud y Deporte, que será el competente para resolver la convocatoria.
6.- La resolución deberá relacionar a los solicitantes a quienes se concede plaza en la actividad que se trate y hará constar de manera expresa, la desestimación del resto de solicitudes, los cuales pasarán a constituir una lista de reserva para suplir posibles renuncias por el orden establecido en la resolución.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses.
7.- El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
8.- Tanto la resolución del procedimiento, como cada una de las notificaciones de las actuaciones del procedimiento se llevará a efecto mediante su publicación en el Boletín Oficial de Melilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La práctica de dicha notificación o publicación se ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 43 de la citada ley.
9.- No se podrá adjudicar más de una plaza al mismo solicitante.
11.- FORMA DE PAGO DE LA RESERVA DE PLAZA
1.- Realizada la selección y publicada la lista definitiva, los solicitantes admitidos deberán abonar en concepto de reserva de plaza no reembolsable un importe de 340€.
2.- Los beneficiarios con Carné Joven Europeo, en vigor, dado que los titulares de dicho expedido por las Ciudades Autónomas de Melilla y Ceuta y restantes Comunidades Autónomas y países firmantes del Protocolo de Lisboa de 1 de junio de 1987, gozarán de una bonificación del 25% de la reserva de la plaza.
3.- Los beneficiarios con título de familia numerosa categoría general, gozarán de una bonificación del 30% de la reserva de plaza.
4.- Los beneficiarios con título de familia numerosa categoría especial, gozarán de una bonificación del 40% de la reserva de plaza.
5.- Los descuentos anteriormente descritos, no serán acumulables.
El importe a abonar junto con los descuentos se establece de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 9 de junio de 2017, relativo a la aprobación de precios públicos para la participación en Programas de Formación, Cursos de Monitores de Ocio y Tiempo Libre, Taller de Baile Moderno, asistencia a Actividades de Cursos de Esquí y Aventura, asistencia a Campamentos Juveniles de verano, asistencia a Campos de Actividades y Voluntariado, Carné Joven Europeo, Carné de Alberguista, Carné Internacional de Estudiante y Profesor (BOME núm. 5452 de 16 de junio de 2017).
6.- La renuncia del interesado admitido supondrá la pérdida del derecho al reintegro del abono efectuado salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.
De conformidad con el artículo 121 y demás concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
ANEXO I
Las siguientes Comunidades Autónomas organizan Campos de Voluntariado Juvenil con plazas para jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y 30 años:
| Lugar: CEUTA |
| Denominación: Conoce Ceuta |
| Fecha: Del 10 al 22 de agosto de 2026. |
| Ámbito: Intervención social. |
| Tipo: Nacional |
| Participantes melillenses: Inscripción sujeta a disponibilidad de plazas en el momento de la solicitud. |
| Edad: De 18 a 30 años. |
| Cuota: 110€ |
| Condiciones de prescripción: NO |
| Lugar: CASTILLA Y LEÓN: PAREDES DE LA NAVA (PALENCIA) |
| Denominación: EXCAVANDO “LA CIUDAD”. EN BUSCA DE INTERCATIA |
| Fecha: Del 19 de julio al 02 de agosto de 2026. |
| Ámbito: Arqueología y Paleontología. |
| Tipo: Nacional |
| Participantes melillenses: Inscripción sujeta a disponibilidad de plazas en el momento de la solicitud. |
| Edad: De 18 a 30 años. |
| Cuota: 110€ |
| Condiciones de prescripción: NO |
| Lugar: EXTREMADURA: VALENCIA DE ALCÁNTARA (CÁCERES) |
| Denominación: ART BRUT |
| Fecha: Del 18 al 28 de agosto de 2026. |
| Ámbito: Integración social |
| Tipo: Nacional |
| Participantes melillenses: Inscripción sujeta a disponibilidad de plazas en el momento de la solicitud. |
| Edad: De 18 a 30 años. |
| Cuota: 110€ |
| Condiciones de prescripción: SI |
| Lugar: GALICIA: ISLAS CÍES –VIGO (PONTEVEDRA) |
| Denominación: Illas Cíes IV |
| Fecha: Del 17 al 28 de agosto de 2026. |
| Ámbito: Medioambiental |
| Tipo: Internacional |
| Participantes melillenses: Inscripción sujeta a disponibilidad de plazas en el momento de la solicitud. |
| Edad: De 18 a 30 años. |
| Cuota: 110€ |
| Condiciones de prescripción: NO |
Existen muchos más Campos de Voluntariado Juvenil disponibles para los jóvenes, cuya disponibilidad puede consultarse en el siguiente enlace:
https://camposdevoluntariado.es/ALL-CVJ/
*Las inscripciones para los Campos de Voluntariado Juvenil deberán dirigirse a la Dirección General de Política Educativa, Área de Juventud, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, sita en la calle Marqués de los Vélez núm. 25 1ª planta (OIAC Industrial).
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 8 de mayo de 2026,
El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,
Joaquín M. Ledo Caballero