ARTÍCULO 531 - BOME-A-2026-531

BOME Nº 6378 del martes, 12 de mayo de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR

Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Socio-Cultural “Mem Guimel” para el año 2026.


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Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación del CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIO-CULTURAL MEM GUIMEL PARA EL AÑO 2026, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2600142 y los siguientes datos:

Consejería: CONSEJERIA DE CULTURA,PATRIMONIO CULTURAL Y MAYOR

Datos de Aprobación:

Órgano Consejo de Gobierno

Número 2026000423

Fecha 07/05/2026

Entidad: ES-G5201807-4 (ASOCIACION MEM GUIMEL)

Fecha de formalización: 08/05/2026

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla, a 11 de mayo de 2026,

El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del Mayor,

Juan León Jaén Lara 


ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIO-CULTURAL “MEM GUIMEL” PARA EL AÑO 2026.

En Melilla, a 08 de mayo de 2026

REUNIDOS

De una parte la Excma. Sra. Dña. Fadela Mohatar Maanan, en su calidad de Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor de la Ciudad Autónoma de Melilla, con domicilio social en el Palacio de la Asamblea de Melilla, Plaza de España s/n C.P. 52001 y C.I.F. S-7900010-E en representación de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Y de otra, D. Mordejay Guahnich Bitan, en calidad de Presidente de la Asociación SocioCultural "MEM GUIMEL" y en representación del mismo, con CIF G52018074, y con domicilio en Melilla, C/ Marqués de Montemar, nº8, Esc C, 1º B.

Reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria para firmar el presente convenio de colaboración, que viene a regular las relaciones existentes entre la Ciudad Autónoma de Melilla y ambas partes.

EXPONEN

PRIMERO.- Que la Ciudad Autónoma de Melilla ejercerá competencia en la promoción y fomento de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones, según lo establecido en el artículo 21.1.15ª de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla (BOE nº 62 de 14 de marzo de 1995).

Entre las competencias que le son encomendadas a la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor tras Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 28 de julio de 2023, relativo a la aprobación del Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías de la Ciudad de Melilla (Acuerdo de Consejo de Gobierno núm. 538, publicado en BOME extraordinario núm. 54 de lunes 31 de julio de 2023) se encuentra la siguientes:

“5.2.4. En materia de Relaciones Interculturales

1. El fomento de las actividades que conlleven y fomenten el conocimiento, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda de todas ellas.

c) Favorecer las actividades, jornadas e intercambios culturales.”

SEGUNDO.- Que la Asociación Socio-Cultural “Mem Guímel” tiene entre sus fines la difusión de la cultura hebrea y sefardí, la promoción de actividades culturales y formativas, la investigación sobre la presencia judía en Melilla, la preservación y difusión de su legado patrimonial, así como el fomento de la convivencia intercultural.

TERCERO.- Que la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, contempla en sus presupuestos anuales partida presupuestaria para atender a esta asociación.

Asimismo, el presente convenio se encuentra incluido en el PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2024-2026 (última modificación publicada en BOME extra nº 6 de 11/03/26).

CUARTO.- Que la Asociación Socio-Cultural “Mem Guímel” ha presentado solicitud de ayuda y memoria del proyecto para el ejercicio 2026 bajo la denominación “Promoción de la Cultura Sefardí en y desde Melilla”, con ejecución prevista entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, incluyendo actuaciones de carácter cultural, investigador, divulgativo, digital y museístico.

Que sobre las bases o antecedentes que proceden, las partes otorgan convenio de colaboración, con base a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.

El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Socio-Cultural “Mem Guímel” para la financiación y desarrollo del proyecto denominado “Promoción de la Cultura Sefardí en y desde Melilla”, orientado a la investigación, promoción, difusión y puesta en valor de la cultura hebrea y sefardí en Melilla, así como de su patrimonio histórico, cultural y memorialístico.

Se desarrollará una colaboración constante y estrecha entre ambas organizaciones para lo cual se articulará una red amplia y continua de intercambio de información, publicaciones y cualquier tipo de material que sean de interés para dichas entidades. Del mismo modo, se podrán efectuar estrategias conjuntas de comunicación respecto a actividades, proyectos y causas que competan a ambas partes.


Las actividades a desarrollar son las siguientes:

 

PROYECTO IMPORTE
1 Gestión integral y los gastos derivados de actividades culturales de Mem Guímel (conferencias, actos y talleres), cubriendo el material, logística, protocolos, producción y transmisión digital, seguros de responsabilidad, degustación de gastronomía y repostería tradicional judía-sefardí. 18.000 €
2 Ejecución del Proyecto SEFAMEL mediante la contratación de personal especializado para la investigación, digitalización y puesta en valor del patrimonio histórico-cultural, incluyendo la gestión operativa del Cementerio Virtual y la Red de Juderías. 19.500 €
3 Edición de publicaciones culturales en soporte físico y digital, junto a la dotación de material fungible y promocional institucional. 5.000 €
4 Gestión y cobertura de la asistencia institucional a eventos y actos de promoción cultural en el ámbito nacional e internacional. 4.000 €
5 Gestión y mantenimiento técnico de la página web institucional y del portal del Cementerio Virtual, incluyendo la promoción estratégica en redes sociales y plataformas digitales. 5.500 €
6 Gestión de costes de servicios de personal, asesoría jurídica, contabilidad técnica y administración y seguros de responsabilidad y material. 3.000 €
7 Promoción y dinamización del Museo Sefardí, mediante asesoramiento especializado, organización exposiciones temporales. 5.000 €
  Importe total de la actuación 60.000 €

 

Colaborando, de esta forma, activamente en la difusión de las actividades que se pongan en marcha como consecuencia del cumplimiento de este Convenio.

Entre los gastos justificables se encuentran:

1.- PROYECTO: ACTIVIDADES CULTURALES

1.1.- EXPOSICIÓN HAJATUNA, EN EL MUSEO

 

CONCEPTO IMPORTE
Importe degustación 170 €

 

1.2.- SEMINARIO GASTRONOMÍA JUDÍA-SEFARDÍ EN MELILA

 

CONCEPTO IMPORTE
Degustación de platos típicos en la Gastronomía y repostería judía Sefardí 400 €

 

1.3.-PREMIOS MEM GUÍMEL

 

CONCEPTO IMPORTE
Viaje Sebastián de la Obra desde Córdoba 335,45 €
Gastos de Hotel de Sebastián de la Obra 55,00 €
Manutención 260 €
Traslado al aeropuerto 45 €
Alquiler sala 80 €
Producción y transmisión digital en streaming 600 €
Degustación Repostería sefardí 290 €
Premio Mem Guímel 240 €
2 detalles especiales para Red Juderías 90 €

Otros gastos, cartelería, promoción, etc 100 €
TOTAL 2.095,45 €

 

1.4.- CONFERENCIA: IMPACTO ECONÓMICO DE 1492

 

CONCEPTO IMPORTE
Viaje 250 €
Hotel 120 €
Traslado al aeropuerto 24 €
Alquiler Sala 80 €
Producción y transmisión digital en streaming 600 €
Detalle protocolo 45 €
Otros gastos, cartelería, promoción, etc 100 €
TOTAL 1.219 €

 

1.5.- CONFERENCIA: EL MUSEO SEFARDÍ DE TOLEDO

 

CONCEPTO IMPORTE
Viaje 650 €
Hotel 2 noches 110 €
Traslado al aeropuerto 24 €
Alquiler Sala 80 €
Producción y transmisión digital en streaming 600 €
Detalle protocolo 45 €
Otros gastos, cartelería, promoción, etc 100 €
TOTAL 1.609 €

 

1.6.- SEMINARIO FUNDAMENTOS DEL JUDAISMO

 

CONCEPTO IMPORTE
Minuta de 6 de las clases 360 €
Gastos plataforma digital 20 €
Otros gastos, cartelería, promoción, etc 100 €
TOTAL 480 €

 

1.7.- PRESENTACIÓN LIBRO CULTURA JUDÍA

 

CONCEPTO IMPORTE
Alquiler Sala 80 €
Producción y transmisión digital en streaming 600 €
Degustación repostería Sefardí 300 €
Otros gastos, cartelería, promoción, etc 100 €

TOTAL 1.080 €

 

1.8.- CONFERENCIA: EL HOLOCAUSTO

 

CONCEPTO IMPORTE
Minuta 400 €
Alquiler Sala 80 €
Producción y transmisión digital en streaming 600 €
Detalle protocolo 90 €
Otros gastos, cartelería, promoción, etc 100 €
TOTAL 1.270 €

 

1.9.- PRESENTACIÓN DEL LIBRO LA ESTACIÓN DE PARIS

 

CONCEPTO IMPORTE
Viaje 850 €
Hotel 2 noches 130 €
Manutención 74 €
Traslado al aeropuerto 24 €
Alquiler Sala 80 €
Producción y transmisión digital en streaming 600 €
Detalle protocolo 45 €
Otros gastos, cartelería, promoción, etc 100 €
TOTAL 1.903 €

 

1.10.- CONFERENCIA: CÓRDOBA Y SU JUDAÍSMO

 

CONCEPTO IMPORTE
Viaje 350 €
Hotel 2 noches 130 €
Manutención 74 €
Minuta 400 €
Traslado al aeropuerto 20 €
Alquiler Sala 80 €
Producción y transmisión digital en streaming 600 €
Detalle protocolo 45 €
Otros gastos, cartelería, promoción, etc 100 €
TOTAL 1.800 €

1.11.- CONFERENCIA: LA MUJER EN EL JUDAÍSMO

 

CONCEPTO IMPORTE
Viaje 650 €
Hotel 2 noches 130 €
Manutención 74 €
Minuta 400 €
Traslado al aeropuerto 20 €
Alquiler Sala 80 €
Producción y transmisión digital en streaming 600 €
Detalle protocolo 45 €
Otros gastos, cartelería, promoción, etc 100 €
TOTAL 2.099 €

 

1.12.- CONFERENCIA: CERVANTES Y EL JUDAISMO

 

CONCEPTO IMPORTE
Viaje 1.300 €
Hotel 2 noches 130 €
Manutención 74 €
Traslado al aeropuerto 20 €
Alquiler Sala 80 €
Otros gastos incluido Grabación acto y producción 401,55 €
TOTAL 2.005,55 €

 

2.- PROYECTO: PROYECTO SEFAMEL (SEFARDÍES EN MELILLA)

2.1.- GUÍA DE MELILLA PARA LA RED DE JUDERÍAS

 

CONCEPTO IMPORTE
Contratación externa de persona con conocimiento sobre el legado, patrimonio, historia, costumbres y tradiciones judías en Melilla. 3.800 €

 

2.2.- TRADUCCIONES

 

CONCEPTO IMPORTE
Previsto 3 traducciones 3.000 €

 

2.3.- BASE DE DATOS DE LOS CEMENTERIOS JUDÍO DE MELILLA

 

CONCEPTO IMPORTE
Contratación externa de empresa para recopilación y obtención de datos de las tumbas de los cementerios viejo de la Comunidad Israelita de Melilla, digitalización y volcado en Base de datos. Tras el volcado se llevará a cabo revisión de ficheros. 7.700 €

 


2.4.- INVESTIGACIÓN DE DATOS HISTÓRICOS Y PATRIMONIALES

 

CONCEPTO IMPORTE
Contratación externa historiador o investigador sobre la cultura judía sefardí, en especial la de Melilla. 2.000 €

 

2.5.- ESCANEO DE FONDOS FOTOGRÁFICOS Y DOCUMENTALES

 

CONCEPTO IMPORTE
Contratación externa de empresa para digitalización de fotografías y documentación, si fuera posible y volcado en una base de datos. 3.000 €

 

3- PROYECTO: EDICIÓN DE PUBLICACIONES

 

CONCEPTO IMPORTE
Recopilación de información, maquetación, impresión y encuadernación, distribución físicamente y por medios digitales, gastos de correos, material fungible, material promocional institucional, 5.000 €

 

4.- PROYECTO: ASISTENCIA A EVENTOS Y ACTOS FUERA DE LA CIUDAD

4.1.-ACTO EN CENTRO SEFARAD-ISRAEL

 

CONCEPTO IMPORTE
Gastos Billete 160 €
Gastos hotel 2 noches 130 €
Manutención 74 €
Traslado al aeropuerto de Melilla 20 €
Traslado aeropuerto en Madrid 60 €
Detalle protocolo e imprevistos 60 €
TOTAL 504 €

 

4.2.-ACTO COMUNIDAD JUDÍA DE MADRID

 

CONCEPTO IMPORTE
Gastos Billete 160 €
Gastos hotel 2 noches 130 €
Manutención 74 €
Traslado al aeropuerto de Melilla 20 €
Traslado aeropuerto en Madrid 60 €
Detalle protocolo e imprevistos 60 €
TOTAL 504 €

 

4.3.-ACTO ERENSYA

 

CONCEPTO IMPORTE
Gastos Billete 205 €
Gastos hotel 3 noches 195 €

Manutención 112 €
Traslado al aeropuerto de Melilla 20 €
Traslado aeropuerto en Madrid 60 €
Detalle protocolo e imprevistos 60 €
TOTAL 652 €

 

4.4.-ACTO FEDERACIÓN SEFARDÍ MUNDIAL

 

CONCEPTO IMPORTE
Gastos Billete 800 €
Gastos hotel 2 noches en Madrid, ida y vuelta 130 €
Gastos del Hotel en Israel 370 €
Manutención en Israel 226 €
Traslado al aeropuerto de Melilla 20 €
Traslado aeropuerto en Israel 150 €
Detalle protocolo e imprevistos 100 €
TOTAL 1.796 €

 

4.5.-ASISTENCIA A LAS JORNADAS DEL MUSEO SEFARDÍ DE TOLEDO

 

CONCEPTO IMPORTE
Gastos Billete 200 €
Gastos hotel 2 noches 130 €
Manutención 74 €
Traslado al aeropuerto de Melilla 20 €
Traslado aeropuerto en Madrid 60 €
Detalle protocolo e imprevistos 60 €
TOTAL 544 €

 

5.- PROYECTO: PÁGINA WEB, RRSS, PLATAFORMAS DIGITALES Y VIRTUALES

 

Gastos derivados de la gestión y cobertura técnica, dominio, alojamiento, y actualización de las páginas web,s y RRSS. Generar contenido, promociones de publicaciones, posicionamiento, grabaciones y volcado en plataformas, seguros, material fungible, gestión legal y asesoría, entre otros gastos. 5.500 €

 

6.- PROYECTO: ASESORÍA, CONTABILIDAD Y SEGUROS

6.1.-COSTES DE GESTORÍA, CONTABILIDAD Y ADMINISTRACIÓN

 

CONCEPTO IMPORTE
6.1 Gastos Contabilidad 1.200 €
6.2 Presentación de impuestos 400 €
6.3 Presentación y justificación de Subvenciones 400 €
6.4 Gastos Asesoría Jurídica 500 €

6.5 Gastos de Seguro de Responsabilidad Civil 500 €
TOTAL 3.000 €

 

7.- PROYECTO: PROMOCIÓN DEL MUSEO SEFARDÍ DE MELILLA

7.1.-EXPOSICIONES TEMPORALES EN EL MUSEO SEFARDÍ

 

CONCEPTO IMPORTE
7.1 Contratación externa para exposiciones en el Museo Sefardí (3 exposiciones) 4.500 €
7.2 Material difusión, cartelería y otros necesarios para la exposición 500 €
TOTAL 5.000 €

 

Admitiéndose gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento de los intervinientes en las actividades subvencionadas deberá incorporarse al convenio que se observarán los principios generales, los requisitos de los gastos y la forma de justificación establecidos el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, limitándose las cuantías máximas diarias subvencionables a las establecidas en dicha norma para el grupo 2.

SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE LA ASOCIACIÓN.

La Asociación Socio-Cultural “Mem Guímel” asume las siguientes obligaciones:

  1. Ejecutar las actuaciones descritas en la cláusula primera dentro del período de vigencia del convenio.
  2. Destinar los fondos percibidos exclusivamente a la finalidad prevista.
  3. Justificar documentalmente la aplicación de la subvención en los términos establecidos en este convenio y en la normativa de subvenciones que resulte aplicable.
  4. Hacer constar en todo material, publicación, soporte digital, actividad o acción de difusión vinculada al presente convenio la colaboración de la Ciudad Autónoma de Melilla y de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor, incorporando el escudo o imagen institucional conforme a las directrices que se indiquen.
  5. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control que puedan efectuar los órganos competentes.

TERCERA.- OBLIGACIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

Se establece como obligación de la Ciudad Autónoma de Melilla la de conceder una cantidad económica de SESENTA MIL EUROS (60.000 €) a la Asociación, con cargo a la partida presupuestaria 04-33403-48903, denominada CONVENIO MEM GUÍMEL.

CUARTA.- DURACIÓN DEL CONVENIO.

La duración del presente convenio será la del año natural 2026.

QUINTA.- COMPATIBILIDAD DE LA AYUDA.

La cantidad referida en la cláusula Tercera, es compatible con la percepción de otras ayudas, siempre que, conjunta o asiladamente éstas no superen el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

SEXTA.- OBLIGACIONES IMPUESTAS AL BENEFICIARIO.

Se establecen como obligaciones impuestas al beneficiario las descritas en el artículo 14 de la Ley, 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

“Obligaciones de los beneficiarios:

1. Son obligaciones del beneficiario:

  1. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  2. Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  3. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

  1. Comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

  1. Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente, y sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  2. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  3. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. h) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de esta ley.
  4. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de esta ley.

2. La rendición de cuentas de los perceptores de subvenciones, a que se refiere el artículo 34.3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas, se instrumentará a través del cumplimiento de la obligación de justificación al órgano concedente o entidad colaboradora, en su caso, de la subvención, regulada en el párrafo b) del apartado 1 de este artículo.”

SÉPTIMA.- PLAZO Y MODO DE PAGO DE LA SUBVENCIÓN.

De conformidad con la Base 32.4 de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla y sus Organismos Autónomos, con carácter previo a la concesión de cualquier subvención, deberá constar en el expediente que el solicitante se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y certificado de no deudas de que el solicitante no es deudor por ningún concepto a la Ciudad Autónoma.

El pago de la subvención se realizará con arreglo a la Base 32.6 de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla y sus Organismos Autónomos y atendiendo al artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones y adaptado, en todo caso, al presupuesto monetario actualmente vigente. 

Asimismo, según se extrae del art. 34.5 de la Ley 38/2003, antes de proceder a la Ordenación del Pago, el beneficiario deberá encontrarse al corriente de las obligaciones citadas en el párrafo anterior, hecho que deberá acreditarse debidamente en el expediente.

Dada la naturaleza de la entidad a subvencionar, no se establece régimen alguno de garantía.

OCTAVA.- PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN POR PARTE DEL BENEFICIARIO.

De conformidad con el artículo 23 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4213, de 02 de agosto  de 2005), pasados tres meses tras la finalización del plazo del presente convenio, la entidad está obligada a justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos a través de la rendición de la cuenta justificativa, en la que se deberá incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de los gastos mediante factura o cualquier otro documento de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. No obstante, la entidad está obligada a someterse a cuantas actuaciones de control financiero realice la Intervención de la Ciudad, siendo causas de reintegro de la cantidad tanto el incumplimiento del deber de justificación como la resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero.

Asimismo, le será notificada a la entidad solicitante una guía/manual donde se especifique la forma y requisitos en la que presentar la documentación justificativa de la subvención, así como la forma de dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de Programas/Proyectos o actuaciones de la subvención. No se entenderá como correcta la recepción de la documentación que no cumpla con estos requisitos.

Incumplimiento de alguna de las obligaciones de la cláusula segunda dará además lugar a la devolución de las cantidades devengadas.

NOVENA.- PUBLICIDAD DEL CONVENIO.

Se dará publicidad del presente convenio de colaboración en el Boletín Oficial de la Ciudad tal y como indica el artículo 18 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad (BOME nº 4213, de 02 de agosto de 2005) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) como estipulan los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 


Tras la lectura del presente convenio, los otorgantes se ratifican en su contenido, firmándolo en duplicado ejemplar.

 

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Fadela Mohatar Maanan

 

Por la Asociación Socio-Cultural

“Mem Guímel”

Mordejay Guahnich Bitán