Orden nº 2257, de fecha 19 de mayo de 2026, relativa a constitución del Tribunal de Selección para la provisión en propiedad de dos plazas de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 19/05/2026, registrada al número 2026002257, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en las Bases Generales de aplicación (BOME número 5000, de 15 de febrero de 2013) a la convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, personal funcionario, por el sistema de oposición libre (BOME número 6321, de 24 de octubre de 2025),
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 32956/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Que el Tribunal de Selección quedará constituido por las siguientes personas:
TRIBUNAL TITULAR
• PRESIDENTE:
D. Luis José Mayor Olea
• VOCALES:
D. Javier Facenda Fernández
D. Jesús Moreno Ramírez
D. Sergio Jodar García
Dª. Noelia Jodar García
Dª. Paula Calzado Liarte
D. Iván José Reyes Álvarez
• SECRETARIO:
Dª. Gema Viñas Del Castillo
TRIBUNAL SUPLENTEe
• PRESIDENTE:
D. Ernesto Rodríguez Gimeno
• VOCALES:
Dª. Francisca Torres Belmonte
Dª. Elena Mengual Pintos
D. José María Pérez Díaz
D. Fco. Javier Platero Lázaro
D. José Manuel López Jiménez
D. Francisco José Rubio Soler
• SECRETARIO:
Dª. Mª Carmen Barranquero Aguilar
El comienzo de la fase de oposición, fecha, lugar y hora será determinado previamente por el Tribunal de Selección, dando publicidad en el Tablón de Anuncios de la Ciudad del referido acuerdo.
El Tribunal de Selección se reunirá previamente para su constitución y desarrollo de la oposición.
Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y Tablón de Anuncios, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de los tribunales por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 20 de mayo de 2026,
El Secretario Técnico de Administración Pública e Igualdad,
Francisco José Rubio Soler