ARTÍCULO 601 - BOME-A-2026-601

BOME Nº 6382 del martes, 26 de mayo de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA

Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 20 de diciembre de 2024, relativa a propuesta de encargo a medio propio personificado y servicio técnico de la Ciudad Autónoma de Melilla del servicio de operación y mantenimiento de la estación depuradora de aguas residuales, estaciones de bombeo de aguas residuales y pluviales, tratamiento terciario, estación de tratamiento de agua potable, instalaciones desalobradoras, grupos electrógenos, centros de transformación de las instalaciones, y mantenimiento de pozos, depósitos y grupos de presión de aguas potables y gestión del telecontrol de agua potable (2025-2026).


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La Excma. Asamblea de Melilla, en sesión resolutiva Extraordinaria celebrada el 20 de diciembre de 2024, ha procedido a la aprobación de la propuesta de Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, adoptando el siguiente acuerdo:

“PROPUESTA DE ENCARGO A MEDIO PROPIO PERSONIFICADO Y SERVICIO TECNICO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES, ESTACIONES DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES, TRATAMIENTO TERCIARIO, ESTACION DE TRATAMIENTO DE AGUA     POTABLE,     INSTALACIONES    DESALOBRADORAS,    GRUPOS     ELECTRÓGENOS, CENTROS DE TRANSFORMACIÓN DE LAS INSTALACIONES, Y MANTENIMIENTO DE POZOS, DEPÓSITOS Y GRUPOS DE PRESIÓN DE AGUAS POTABLES  Y GESTIÓN DEL TELECONTROL DE AGUA POTABLE (2025-2026)

El Pleno celebrado por el Ayuntamiento de Melilla el 2 de abril de 1.993, adoptó el acuerdo de constituir la sociedad REMESA, al 50% con la sociedad estatal EMGRISA, por lo que dispone de capital público al 100%.

REMESA se constituyó mediante escritura pública con fecha 22 de julio de 1.993 con el objeto social de la construcción, ampliación, explotación y gestión de plantas integrales de residuos sólidos urbanos (R.S.U) e industriales (R.I) en la ciudad de Melilla. Asimismo su objeto social fue ampliado, con fecha 10 de marzo de 2016, a todo tipo de actividades relacionadas con el medioambiente y con la gestión integral tanto del agua como de la energía.

REMESA, como se aprobó en su Consejo de Administración de 16 de febrero de 2016 y en la Junta General Extraordinaria y Universal celebrada en la misma fecha, tiene la condición de medio propio y servicio técnico de la Administración y en especial de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el sentido de lo establecido en el artículo 32.2 de la LCSP, y así se recoge en el artículo 1.6 de sus Estatutos Sociales, según escritura de 10 de marzo de 2016.

El mencionado artículo 32 de la anterior disposición, establece que la relación de las sociedades con los poderes adjudicadores de los que son medio propio tiene naturaleza instrumental y no contractual, articulándose a través del encargo a medio propio personificado y servicio técnico de la Ciudad Autónoma de Melilla, por lo que a todos los efectos, son de carácter interno, dependiente y subordinado.

Con fecha 28/11/2023, la Excma. Asamblea de Melilla, en sesión Extraordinaria, adoptó la APROBACIÓN DE TARIFAS APLICABLES, GASTO PLURIANUAL Y ENCARGO A MEDIO PROPIO PERSONIFICADO Y SERVICIO TÉCNICO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES,    ESTACIONES    DE    BOMBEO    DE    AGUAS    RESIDUALES    Y    PLUVIALES, TRATAMIENTO TERCIARIO, ESTACIÓN DE TRATAMIENTO DE     AGUA POTABLE, INSTALACIONES DESALOBRADORAS, GRUPOS ELECTROGENOS, CENTROS DE TRANSFORMACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y GESTIÓN DEL TELECONTROL DE AGUA POTABLE (2023-2025), para el período comprendido entre el 01/12/2023 y el 31/12/2024, con posibilidad de prórroga hasta el 31/12/2025.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Dirección General PROPONE que se adopte la siguiente:


1. Aprobación de las tarifas elaboradas por RESIDUOS DE MELILLA, S.A. (REMESA) aplicables al ENCARGO A MEDIO PROPIO PERSONIFICADO Y SERVICIO TECNICO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES, ESTACIONES DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES, TRATAMIENTO TERCIARIO, ESTACION DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE, INSTALACIONES DESALOBRADORAS, GRUPOS ELECTRÓGENOS, CENTROS DE TRANSFORMACIÓN DE LAS INSTALACIONES, Y MANTENIMIENTO DE POZOS, DEPÓSITOS Y GRUPOS DE PRESIÓN DE AGUAS POTABLES  Y GESTIÓN DEL TELECONTROL DE AGUA POTABLE (2025-2026), propuestas en informe del Director General de Infraestructuras y Recursos Hídricos, de fecha 11/11/2023, que forma parte a su vez del Anexo nº VI de DETERMINACIÓN, APROBACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN DE LAS TARIFAS incluido en el PLIEGO DE BASES PARA EL ENCARGO A MEDIO PROPIO PERSONIFICADO Y SERVICIO TECNICO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES, ESTACIONES DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES, TRATAMIENTO TERCIARIO, ESTACION DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE, INSTALACIONES DESALOBRADORAS, GRUPOS ELECTRÓGENOS, CENTROS DE TRANSFORMACIÓN DE LAS INSTALACIONES, Y MANTENIMIENTO DE POZOS, DEPÓSITOS Y GRUPOS DE PRESIÓN DE AGUAS POTABLES  Y GESTIÓN DEL TELECONTROL DE AGUA POTABLE (2025-2026).

2. La aprobación del Gasto Plurianual, de acuerdo con la Base 39ª de Ejecución del los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla e Informe de la Intervención General de fecha 22/11/2023 incluido en el expediente, con las siguientes anualidades:

 

CONCEPTO IMPORTE
Anualidad año 2025 3.696.368,93 €
Anualidad año 2026 4.140.426,35 €
Anualidad año 2027 4.140.425,35 €
Anualidad año 2028 4.140.425,35 €

 

3. Aprobación del ENCARGO A MEDIO PROPIO PERSONIFICADO Y SERVICIO TECNICO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES, ESTACIONES DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES, TRATAMIENTO TERCIARIO, ESTACION DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE, INSTALACIONES DESALOBRADORAS, GRUPOS ELECTRÓGENOS, CENTROS DE TRANSFORMACIÓN DE LAS INSTALACIONES, Y MANTENIMIENTO DE POZOS, DEPÓSITOS Y GRUPOS DE PRESIÓN DE AGUAS POTABLES  Y GESTIÓN DEL TELECONTROL DE AGUA POTABLE (2025-2026), en los siguientes términos:

ENCARGO A MEDIO PROPIO PERSONIFICADO

PRIMERA.- OBJETO DEL ENCARGO

El objeto de realizar este encargo a medio propio personificado es que la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de su participación en esta Sociedad y durante el periodo de duración de la encomienda, pueda disponer de la información técnica y económica necesaria, que sirva para optimizar las inversiones previstas para dichas instalaciones en este periodo y posteriores, así como que se pueda mejorar la calidad y cantidad de las aguas y los efluentes tratados.

Asimismo la Ciudad Autónoma de Melilla (CAM) encarga a su medio propio RESIDUOS DE MELILLA, S.A. (REMESA), los servicios de operación y mantenimiento de la estación depuradora de aguas residuales, estaciones de bombeo de aguas residuales y pluviales, tratamiento terciario, estación de tratamiento de agua potable, instalaciones desalobradoras, grupos electrógenos, centros de transformación de las instalaciones, mantenimiento de pozos, depósitos y grupos de presión y gestión del telecontrol de agua potable. Todas ellas instalaciones de su propiedad, que a continuación se relacionan:

  • Estación depuradora de aguas residuales situada en terrenos de la Hípica.
  • Estación de bombeo de aguas residuales “Rio de Oro”
  • Estación de bombeo de aguas residuales “Hípica”.
  • Estación de bombeo de aguas residuales “Constitución”
  • Estación de bombeo de aguas pluviales “Plaza de España”
  • Tratamiento terciario.
  • Estación de bombeo de agua terciaria "Río de Oro"
  • Cargadero de agua regenerada “Hípica”.
  • Bombeo de agua regenerada.
  • Estación de tratamiento de agua potable “Pantano de las Adelfas”.
  • Estaciones desalobradoras IDAS I e IDAS II.
  • Grupos electrógenos en B.T.
  • Centros de trasformación: CT EBAR Hípica, CT EBAR Río Oro, CT EDAR-1, CT EDAR-2, CT IDAS-1, CT IDAS-2.
  • Centro de Control de los Depósitos de Agua Bruta.
  • Captaciones de aguas subterráneas (pozos y grupos de presión):

  • Pozo Sidi Guariach (Acuífero Volcánico).
  • Pozo Aeropuerto II (Acuífero Volcánico).
  • Pozo Altos del Real (Acuífero Volcánico).
  • Pozo Maestranza (Acuífero Volcánico).
  • Pozo Hardú Instalado (Acuífero Volcánico).
  • Pozo Barrio Chino I S1 (Acuífero Volcánico).
  • Pozo Barrio Chino I S2 (Acuífero Volcánico).
  • Pozo Alcaraz (Acuífero Aluvial).
  • Pozo Farhana I S1 (Acuífero Aluvial).
  • Pozo Farhana I S2 (Acuífero Aluvial).
  • Pozo Farhana II (Acuífero Aluvial).
  • Pozo Cañada de Hidum (Acuífero Calizo).
  • Pozo Colón (Acuífero Calizo).
  • Pozo Mariguari (Acuífero Calizo).
  • Pozo Río de Oro (Acuífero aluvial).
  • Pozo Rostrogordo (Acuífero Calizo).
  • Pozo Reina Regente (Acuífero Calizo).
  • Grupo de Presión C/ Ceuta.
  • Grupo de Presión Las Caracolas.
  • Depósitos de cabecera:
  • Depósitos de Agua Bruta de Averroes.
  • Depósito de Trara.
  • Depósito Sidi Guariach.
  • Depósitos de distribución:
  • Depósitos Generales de Agua Tratada.
  • Depósito de Cabrerizas.
  • Depósito Ataque Seco.
  • Depósito de Reina Regente.
  • Depósito de Rostrogordo.
  • Estaciones autónomas de control de alivios, mediante mediciones de caudal y de nivel, a situar en:
  • EDAR, EBAR Río Oro, EBAR Hípica, EBAP Plaza España, EBAR Constitución (3 estaciones de caudal y 2 de nivel).
  • Aliviadero Pluviales Polígono Industrial SEPES (2 estaciones de nivel).
  • Aliviadero Pluviales Escorrentía Base Militar Alfonso XIII (1 estación de nivel).
  • Aliviadero Pluviales Zona Granja (C/ Gurugú) (1 estación de nivel).
  • Aliviadero Pluviales Barrio Victoria (Crta. de la Purísima) (1 estación de nivel).
  • Aliviadero Pluviales Puente Tesorillo (1 estación de nivel). o Aliviadero Pluviales Tesorillo Chico (1 estación de nivel).
  • Aliviadero Pluviales Arroyo María Cristina (1 estación de nivel).
  • Aliviadero Pluviales C/ Cándido Lobera (1 estación de nivel).
  • Aliviadero Pluviales Zona Centro (Dársena Pesquera) (1 estación de nivel).
  • En red de saneamiento Zona Norte (4 estaciones de caudal y 9 de nivel).
  • o En red de saneamiento Zona Sur (7 estaciones de caudal y 9 de nivel).

SEGUNDA.- ACTUACIONES A DESARROLLAR POR REMESA.

Los servicios que se van a ejecutar se detallan en el Pliego de Bases que se adjunta a este encargo, aplicándose, por analogía, los principios previstos en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, para resolver las dudas e indefiniciones que pudieren presentarse.

Para la realización de los trabajos que se encargan a REMESA, ésta pondrá a disposición del servicio los medios personales y materiales suficientes para desarrollar correctamente los trabajos programados, aparte de asegurar que se dispone de los medios propios suficientes para la buena ejecución de los mismos. No obstante lo anterior, en caso de que, por circunstancias sobrevenidas durante la ejecución de los trabajos de la encomienda, REMESA precise recurrir a la contratación con terceros (o subcontratación) de parte de dichos trabajos, queda obligada a informar documentalmente a la Dirección del Encargo de los siguientes extremos:

  • Partes de los trabajos objeto de la encomienda que sean objeto de subcontratación.
  • Denominación social, objeto, domicilio social y NIF de las empresas subcontratistas.
  • Procedimiento de licitación utilizado para la adjudicación.
  • Precio de adjudicación de las actividades subcontratadas.

Así mismo, en el Anexo II del Pliego de Bases que acompaña a este encargo, figuran una serie de inversiones que tiene previsto realizar la Ciudad Autónoma de melilla, que deberán realizarse con la mayor prontitud y siguiendo el orden de prioridad requerido, a propuesta de REMESA, dentro de las posibilidades financieras de aquella.

 


TERCERA.- INICIO DE LAS ACTUACIONES Y DURACIÓN DEL ENCARGO.

El plazo de ejecución del presente encargo tendrá una duración de DOS (2) AÑOS, prorrogable por DOS (2) AÑOS, mediante sistema 1+1. Este plazo comenzará el 01/01/2025, terminando el 31/12/2026 (31/12/2028 en caso de ser prorrogado).

CUARTA.- IMPORTE Y PARTIDA PRESUPUESTARIA.

El importe estimado de los trabajos objeto del presente encargo a medio propio personificado y servicio técnico de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el periodo máximo de 24 meses (excluyendo la eventual prórroga del encargo), y considerando la incorporación del servicio de mantenimiento de pozos y depósitos en el mes de julio de 2025, es de SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS DE EURO (7.836.795,28  €).

El valor estimado del presente encargo a medio propio personificado y servicio técnico de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el periodo máximo de cuatro años (incluyendo las eventuales prórrogas del encargo), es de DIECISEIS MILLONES CIENTO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS DE EURO (16.117.645,98  €).

Estas cantidades se satisfarán con cargo a la partida presupuestaria 07 16100 22799 “RECURSOS HÍDRICOS” y sus vinculadas, en las siguientes anualidades (incluyendo la prórroga eventual).

 

CONCEPTO IMPORTE
Anualidad año 2025 3.696.368,93 €
Anualidad año 2026 4.140.426,35 €
Anualidad año 2027 4.140.425,35 €
Anualidad año 2028 4.140.425,35 €

 

QUINTA.- ABONO DE LOS TRABAJOS.

El abono de los trabajos, se realizará mediante facturas mensuales, emitidas por REMESA, según se especifica en el Pliego de Bases que se adjunta.

SEXTA.- DIRECTOR DEL ENCARGO.

Se designa como Director del Encargo al Director General de Infraestructuras y Recursos Hídricos de la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, quien contará, en el equipo de dirección de la misma, con el los Técnicos del Gabinete de Proyectos, que podrán asumir la dirección, accidentalmente, en los casos de ausencia del titular.

SÉPTIMA.-  CLÁUSULA ESPECÍFICA RELATIVA A INVERSIONES Y PERSONAL.

Las inversiones sobre las que se encomienda el servicio de operación y mantenimiento permanecerán en propiedad de la CAM.

El coste de los trabajadores será asumido por REMESA, según se estipula en el Pliego de Bases, por el periodo de duración del presente encargo.

OCTAVA.- MODIFICACIÓN DEL ENCARGO.

Podrá autorizarse la modificación del encargo, con o sin variación presupuestaria, de acuerdo con los supuestos previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. “

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente acuerdo del Pleno de la Asamblea de Melilla, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante la propia Asamblea de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

 


No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que notifica o hace público para su conocimiento y efectos.

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 25 de mayo de 2026,

El Secretario General Acctal. de la Asamblea,

Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025 (BOME Extra nº 9 de 14/02/2025),

Diego Giner Gutiérrez