ARTÍCULO 652 - BOME-A-2026-652

BOME Nº 6387 del viernes, 12 de junio de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Orden nº 2398, de fecha 29 de mayo de 2026, relativa a constitución del Tribunal de Selección para la provisión en propiedad de dos plazas de Intendente de la Policía Local, Personal Funcionario, por el sistema de concurso-oposición, promoción interna.


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La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 29/05/2026, registrada al número 2026002398, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en las Bases Generales de aplicación (BOME número 5000, de 15 de febrero de 2013) a la convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de Intendente de la Policía Local, Personal Funcionario, por el sistema de concurso-oposición, promoción interna (BOME nº 6321, de 24 de octubre de 2025),   

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 32716/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º.- Habiendo finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos (BOME nº 6347 de 23 de enero de 2026), y no habiendo alegaciones a la misma , elevar a definitiva dicha lista.

2º.- El Tribunal de Selección quedará constituido por las siguientes personas:

TRIBUNAL TITULAR

PRESIDENTA:

Dª. Mª. José Gómez Ruiz (Secretaria del Consejo de Gobierno)

VOCALES:

D. Diego Giner Gutiérrez (Secretario General)

D. Jorge Huesca Mariscal (Inspector Jefe Policía Nacional)

Dª. Francisca López Álvarez (Inspectora Policía Nacional)

Dª. José E. Márquez Mestre (Intendente Policía Local de Sevilla)

D. José Mª. Pérez Díaz (Director Gral. de Desarrollo Autonómico y Ordenación Normativa)

D. Isidoro F. González Peláez (Inspector Jefe Policía Nacional)

SECRETARIA:

Dª. Francisca Torres Belmonte (Secretaria Técnica de Fomento)

TRIBUNAL SUPLENTE

PRESIDENTA:

Dª. Elena Mengual Pintos (Jefa Gestión Económica-Financiera)

VOCALES:

D. Francisco J. Platero Lázaro (Jefe de la Oficina Técnica-Presupuestaria)

D. Jesús Moreno Ramírez (Director Gral. de Contratación Pública)

D. José M. López Jiménez (Viceinterventor)

D. Ernesto Rodríguez Gimeno (Director Gral. de Servicios Urbanos)

Dª. Gema Viñas del Castillo (Secretaria Téc. de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y Turismo)


Dª. Francisca Fernández del Carmen (Jefa Sección Retribuciones)

SECRETARIA:

Dª. Mª. Carmen Barranquero Aguilar (Secretaria Técnica de Seguridad Ciudadana)

El comienzo de la fase de oposición, fecha , lugar y hora, será determinado previamente por el Tribunal de Selección, dando publicidad en el Tablón de Anuncios de la Ciudad del referido acuerdo.

El Tribunal de Selección se reunirá previamente para su constitución y desarrollo de la oposición.

Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y Tablón de Anuncios, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de los tribunales por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 9 de junio de 2026,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler