ARTÍCULO 701 - BOME-A-2026-701

BOME Nº 6389 del viernes, 19 de junio de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA

Orden nº 2295 de fecha 17 de junio de 2026, relativa aprobación de la convocatoria de expresiones de interés para el Programa FEDER Melilla 2021-2027 en el Objetivo Político 5 “Una Europa más próxima a sus ciudadanos”, Prioridad 5.A “Integración Territorial y Local”, Objetivo Específico 5.1 “Promover un desarrollo social, económico y medioambiental integrado e inclusivo, la cultura y el patrimonio natural, el turismo sostenible y la seguridad en las zonas urbanas”.


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El titular de la Consejería, mediante Orden de 17/06/2026, registrada al número 2026002295, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

La Convocatoria de Expresiones de Interés (EdI) constituye el inicio del procedimiento de evaluación, selección y aprobación de operaciones establecido en la Descripción de Funciones y Procedimientos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, como una de las metodologías de selección de operaciones la "selección de operaciones a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios”.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 19497/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

La aprobación de la CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS PARA EL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027 en el Objetivo Político 5 “Una Europa más próxima a sus ciudadanos”, Prioridad 5.A “Integración Territorial y Local”, Objetivo Específico 5.1 “Promover un desarrollo social, económico y medioambiental integrado e inclusivo, la cultura y el patrimonio natural, el turismo sostenible y la seguridad en las zonas urbanas”.

INTRODUCCIÓN

La Convocatoria de Expresiones de Interés (EdI) constituye el inicio del procedimiento de evaluación, selección y aprobación de operaciones establecido en la Descripción de Funciones y Procedimientos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, como una de las metodologías de selección de operaciones la "selección de operaciones a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios”.

La Decisión de Ejecución C (2022) 8900 de la Comisión, aprobó el Programa FEDER de Melilla para el período 2021-2027, en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la Ciudad de Melilla en España. Este Programa fue posteriormente aprobado por la Asamblea de la Ciudad de Melilla en fecha 06/02/2023. Así mismo, el Comité de Seguimiento del Programa FEDER Melilla aprobó, con fecha 16/10/2025, una modificación del Programa FEDER de Melilla 2021-2027 y de los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones que no han afectado al Objetico específico objeto de la presente convocatoria.

El texto del Programa, para el OE 5.1 “Promover un desarrollo social, económico y medioambiental integrado e inclusivo, la cultura y el patrimonio natural, el turismo sostenible y la seguridad en las zonas urbanas”, establece lo siguiente: 

“Los tipos de acciones que se ejecutarán en desarrollo de estos proyectos consisten en:

  • Elaboración de los programas de regeneración de barriadas en declive, que será de carácter participativo y tendrá un enfoque integrador.
  • Acciones que se definan en la estrategia de regeneración de las zonas desfavorecidas de Melilla.

De acuerdo con los resultados de la planificación estratégica realizada por la Ciudad Autónoma de Melilla, en estrecha colaboración con los interlocutores económicos y sociales más representativos de la ciudad, que ha derivado en el Plan Estratégico de Melilla 2029, se ha definido, dentro del programa 5º denominado “Espacio Urbano”, la línea estratégica 5.04 “Regeneración Urbana en zonas y barrios desfavorecidos”.

En el marco del Programa FEDER 2021-2027 se pretenden realizar una o varias actuaciones de regeneración urbana sobre un mínimo de dos barrios en franco declive, de acuerdo con el Plan de Acción de la Agenda Urbana de Melilla, que constituye la estrategia urbana integrada, de conformidad con los requisitos del art. 29 del RDC, los cuales se caracterizan, en términos generales, por lo siguiente:


  • Un deterioro visible de las infraestructuras existentes, de las viviendas y de la calidad de vida en los mismos.
  • Una caída en las actividades económicas que tradicionalmente se habían venido desempeñando en los mismos.
  • Una mayor reticencia de la población a vivir en los mismos y un deterioro de la convivencia vecinal.
  • La inexistencia o debilidad de un mínimo tejido asociativo representativo de los vecinos.
  • La proliferación de actividades delictivas y la tendencia, mayor o menor, a convertirse en guetos.
  • La incidencia de una mayor tasa de paro juvenil y de abandono escolar entre los vecinos.

Sobre los mismos, y previa búsqueda de acuerdo y cooperación con una representación vecinal, se pretenden articular micro programas, mediante los que se pondría en práctica una estrategia diseñada y consensuada para solucionar los grandes problemas existentes y mejorar la regeneración urbana de la barriada, articulando conjuntamente medidas diseñadas ad-hoc, en el marco de las posibilidades reglamentarias existentes, para su implementación de acuerdo con el programa FEDER 2021-2027, contando, además, con la colaboración puntual de medidas provenientes del Programa FSE 2021-2027, especialmente las relativas al cumplimientos de los Objetivos Políticos de Empleo Juvenil, Inclusión Social y Personas Desfavorecidas.

En cada programa, que recogerá una estrategia integrada y consensuada en la que conste un compromiso hacia la desagregación, se creará un organismo rector compuesto por una representación de la Ciudad Autónoma de Melilla, de los vecinos y de otras partes interesadas.

Entre las medidas a incluir, que respetarán, en todo caso, los principios horizontales relacionados en el art. 9 del Reglamento 2021/1060 de “Disposiciones Comunes”, podrían considerarse las siguientes, entre otras:

  • Actuaciones infraestructurales: Red viaria, acerados, parques y jardines públicos, iluminación, suministro de agua, saneamiento y recogida de residuos.
  • Apoyo a la rehabilitación de edificios y a la eficiencia energética de los mismos.

Creación de centros públicos para actividades: Centros formativos, bibliotecas o similares, los cuales, en cualquier caso, formarán parte de la estrategia regional en materia de regeneración urbana e inclusión -social en zonas y barrios desfavorecidos. En Melilla las competencias en materia de Educación, incluida la construcción de colegios y centros educativos, las detenta la AGE. Por tanto, la creación de centros públicos para actividades se refiere a la dotación de locales para prestar diversos servicios culturales y formativos a los vecinos, tales como ludotecas o similares.

  • Fomento de actividades económicas en la barriada mediante medidas específicas: ayudas a empresas, mentoring, apoyos puntuales, etc.
  • Facilitación de la asistencia de las personas a las actividades formativas establecidas para la generalidad de la ciudad.

Las actuaciones de regeneración de barriadas van a instrumentarse mediante la negociación y aprobación durante los ejercicios de 2022 y 2023 del Plan de Acción de la Agenda Urbana en Melilla, que determinará, al menos, dos barriadas en las cuales debe actuarse.

La participación de los socios se realizará mediante una asociación que cumplirá, en todo caso, los requisitos establecidos en el art. 8º del RDC. Además, dado que en Melilla las autoridades urbanas son coincidentes con las del gobierno local, el rol de las autoridades urbanas en el diseño de la estrategia, en la selección y en la ejecución de las operaciones se realizará a través de los diferentes organismos que componen la estructura de la Ciudad Autónoma de Melilla, en línea con el artículo 29 del RDC.

Los tipos de acciones se han evaluado como compatibles con el principio DNSH, al no esperarse que tengan un impacto medioambiental negativo significativo debido a su naturaleza”.

Por otra parte, la versión consolidada de los criterios y procedimientos de selección de operaciones (CPSO), aprobada por el Comité de Seguimiento del Programa, en la sesión celebrada el 29/04/2026, en cuanto al Objetivo Específico 5.1, establece que la selección de cualquier operación en el marco del Objetivo Específico 5.1 debe ser objeto de una convocatoria de expresiones de interés, a excepción de la contratación externa de la realización del Plan de Acción de la Agenda Urbana en melilla, que quedó establecido como un requisito previo a la aprobación de las restantes operaciones.

En cuanto a la realización del Plan de Acción de la Agenda Urbana en Melilla, la consultora contratada ha entregado un conjunto de documentos que, en síntesis, pueden clasificarse en dos tipologías:

  1. El Plan de Acción de la Agenda Urbana en Melilla y su documentación anexa, que puede obtenerse en Agenda Urbana Melilla.
  2. Una propuesta de determinación de dos barriadas en las que actuar prioritariamente, que son las siguientes:

1. Distrito V en general, aunque prioritariamente en los Barrios de Cañada de Hidúm, Reina Regente y Cristóbal Colón / Cabrerizas.

2. Distrito IV en general, aunque prioritariamente en la Barriada de Polígono Residencial La Paz.


Esta documentación ha sido estudiada por el Grupo de Trabajo entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, la Delegación del Gobierno y las Organizaciones representativas de los Agentes Económicos, Sociales y Vecinales de la ciudad, que ha sido denominado “Planificación Estratégica", que ha apoyado la propuesta de actuación en las barriadas citadas en la sesión celebrada el 17/06/2026.

En lo relativo al procedimiento interno para la aprobación y selección de operaciones en el marco del Programa, se precisa, conforme lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, una solicitud de financiación presentada al Organismo Intermedio por parte del beneficiario de cada operación, y teniendo en cuenta que, salvo en los regímenes de ayuda y en las operaciones que vienen expresamente recogidas en el Programa, la selección de operaciones se realizará a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios. Si bien dada la entidad del PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, la práctica totalidad de las operaciones ya están seleccionadas en el mismo, siendo las convocatorias de expresiones de interés, las que operarán respecto a las no previstas y que tengan esa consideración en los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones del Programa. 

Se efectúa esta convocatoria para que los beneficiarios potenciales, que llevan a cabo las diversas actuaciones (en el ejercicio de las competencias que tienen específicamente atribuidas), susceptibles de ser cofinanciadas por el FEDER, y que serán los responsables de presentar las expresiones de interés, mediante la correspondiente “Solicitud de financiación”, junto la documentación que se referirá, a fin de que expresen sus intereses en la ejecución de operaciones incluidas en el Objetivo Específico y Prioridad que se describen a continuación, parte del Programa Operativo FEDER MELILLA 2021-2027, bajo los principios generales de transparencia, concurrencia y no discriminación.

En definitiva, esta metodología de selección se aplica en el caso de actuaciones a desarrollar por los órganos gestores del Programa FEDER MELILLA 2021-2027 en el ejercicio de sus competencias, que tienen específicamente atribuidas, y que cuentan con financiación afectada FEDER en su presupuesto para llevar a cabo operaciones elegibles que se ajusten en el Programa Operativo FEDER MELILLA 2021-2027, al documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO), alineados con el Plan Estratégico, a la normativa comunitaria, estatal y a la desarrollada por la C.A de Melilla en su ámbito de aplicación. Además, en esta ocasión, la convocatoria se abre, de acuerdo con el Programa aprobado por la Comisión, a la participación de entidades sin ánimo de lucro, si estiman oportuno presentar propuestas a tal efecto.

En cuanto al órgano resolutorio, con fecha 16/12/2024 la Autoridad de Gestión del Programa (Subdirección General del FEDER del Ministerio de Hacienda) suscribió el Acuerdo de Atribución de Funciones a la Ciudad Autónoma de Melilla en el marco del Programa FEDER Melilla 2021-2027. La Ciudad Autónoma de Melilla adquirió la condición de Organismo Intermedio del Programa referido, al aceptar tal Acuerdo y sus obligaciones implícitas, con fecha 17/12/2024. Posteriormente, con fecha 23/12/2024, la Autoridad de Gestión aprobó el documento de Descripción de Funciones y Procedimientos de la CAM, el cual ha sido actualizado y aprobado con fecha 17/12/2025, posibilitando que la Ciudad Autónoma, como Organismo Intermedio del Programa, pueda seleccionar y aprobar operaciones de acuerdo con los mismos. Así mismo, el Organismo Intermedio aprobó, basado en esta Descripción citada, el Manual de Procedimientos de Gestión y Control del Programa (BOME extra. nº 14 de 26/02/2025), que ha sido actualizado recientemente mediante un nuevo Manual que sustituye al citado (BOME nº 6340 de 30/12/2025).

Por lo tanto, como se ha indicado, esta convocatoria constituye el acto de inicio del procedimiento de selección de operaciones de la Prioridad y Objetivo Específico citado, y está dirigida tanto a los Organismos Gestores de la Ciudad Autónoma de Melilla como a entidades sin ánimo de lucro, ambos con capacidad de realizar operaciones en las zonas descritas, en función de su ámbito material de competencias.

La  Dirección General de Planificación Estratégica y Programación, como unidad coordinadora de las funciones que corresponden al Organismo Intermedio Ciudad Autónoma de Melilla en el Programa FEDER MELILLA 2021-2027, coordinará el procedimiento de la selección de las operaciones, que se realizará mediante resolución del Consejero de Hacienda a propuesta del Comité Técnico designado al efecto, a partir de las expresiones de interés  remitidas por los departamentos referidos  interesados, dejando constancia documental de todas las recibidas; y se comunicarán las decisiones adoptadas sobre la aceptación o rechazo de las solicitudes mediante la emisión del correspondiente informe de valoración.

CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS

1. ÓRGANO CONVOCANTE:

ORGANISMO INTERMEDIO DEL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, Consejería de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla, Dirección General de Planificación Estratégica y Programación, que ha obtenido esta condición con fecha 17/12/2024, una vez aceptado el acuerdo de Atribución de Funciones aprobado por la Autoridad de Gestión del Programa.

2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

La presente convocatoria tiene por objeto abrir para el período 2021-2027, el procedimiento para recibir las propuestas de operaciones, para su selección y cofinanciación por el FEDER en el marco del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, para el Objetivo Político, Prioridad de Inversión, Objetivo Específico y Medida descritos a continuación:

  • OBJETIVO POLÍTICO: 5, “Una Europa más próxima a sus ciudadanos”.
  • PRIORIDAD DE INVERSIÓN: 5.A “Integración Territorial y Local”.

  • OBJETIVO ESPECÍFICO: OE5.1 “Promover un desarrollo social, económico y medioambiental integrado e inclusivo, la cultura y el patrimonio natural, el turismo sostenible y la seguridad en las zonas urbanas”.

Para la aprobación de las operaciones, se deberán aplicar los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones aprobados por el Comité de Seguimiento del Programa referido, con fecha 29/04/2026, publicado en el mismo apartado de la web de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Los Criterios de Selección aplicables son los siguientes:

a) Tipos de acciones incluidas en el programa:

Los tipos de acciones que se ejecutarán en desarrollo de estos proyectos consisten en:

  • Elaboración de los programas de regeneración de barriadas en declive, que será de carácter participativo y tendrá un enfoque integrador.
  • Acciones que se definan en la estrategia de regeneración de las zonas desfavorecidas de Melilla.

b) Presupuesto de la Convocatoria:

En términos de Coste elegible, el presupuesto disponible asciende a 5.063.978 €.

c) Presupuesto anualizado y ámbitos de intervención:

Anexo II.

d) Beneficiarios y procedimiento de selección

 

Tipo de actuación Beneficiarios Procedimiento de selección de operaciones
Acciones que se definan en la estrategia de regeneración de las zonas desfavorecidas de Melilla Administración Pública, Entidades sin ánimo de lucro que actúen en las zonas desfavorecidas de Melilla Convocatoria de expresiones de interés

 

Con la siguiente Codificación:

  • Operaciones a incluir en el Programa en el Distrito V: 5.1.2
  • Operaciones a incluir en el Programa) para el Distrito IV: 5.1.3

e) Criterios de Elegibilidad (Requisitos básicos) de aplicación a una o varias tipologías de acción provenientes del Acuerdo de Asociación y el Programa

  • Todas las inversiones en infraestructuras y servicios en los ámbitos del empleo, la educación, la vivienda, la asistencia sanitaria, social, cultural y turismo sostenible serán formuladas y seleccionadas en respuesta a las necesidades y desafíos territoriales, teniendo en cuenta la disponibilidad de infraestructuras y servicios y prestando especial atención a abordar la segregación educativa y espacial.
  • Los tipos de acción a financiar en este objetivo específico se enmarcan en estrategias de desarrollo territorial y local, en las modalidades previstas en el artículo 22, letras a), b) y c), del Reglamento (UE) 2021/1060.

En el caso de este OE las estrategias de desarrollo territorial equivalen al Plan de Acción de la Agenda Urbana en Melilla.

Asimismo, las inversiones financiadas se enmarcan en el Plan Melilla 2029. Dicho plan constituye, por tanto, el plan estratégico de referencia para el desarrollo urbano integrado en la ciudad de Melilla y por consiguiente debe estar alineado con el art. 29 del Reglamento de disposiciones comunes y contener los siguientes elementos:

  1. zona geográfica cubierta por la estrategia;
  2. análisis de las necesidades de desarrollo y del potencial de la zona, en particular, de las interrelaciones económicas, sociales y medioambientales;
  3. descripción de un enfoque integrado para atender las necesidades de desarrollo identificadas y el potencial existente de la zona;
  4. descripción de la participación de los socios de conformidad con el artículo 8 en la preparación y la ejecución de la estrategia.
  • Complementariedad con otros fondos/instrumentos de financiación de la UE. Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.

f) Condicionantes medioambientales

i) Declaración de Impacto Ambiental (DAE-EAE) del programa

Las tipologías de actuación recogidas en este objetivo específico por su naturaleza no producen impacto en el medio ambiente, por lo que no se incluye ninguna condición de elegibilidad ni criterio de priorización en la DAE.

ii) DNSH

Producen un impacto nulo o insignificante en el medio ambiente las acciones siguientes: “Elaboración de la estrategia de regeneración de las zonas desfavorecidas de Melilla, que será de carácter participativo y tendrá un enfoque integrador”, no incluyen ninguna condición de elegibilidad para estos tipos de acción, en línea con lo establecido en el Estudio Ambiental Estratégico del programa y por lo que se considera cumplido el principio del DNSH sin precisar justificación adicional.

En cuanto la segunda acción prevista: “acciones que se definan en la estrategia de regeneración de las zonas desfavorecidas de Melilla” justifica su conformidad con el principio del DNSH a través del cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significante” (DNSH) del Programa FEDER de Melilla 2021-2027”.

Concretamente, deberá justificarse el cumplimiento de los siguientes aspectos:

 

Objetivo DNSH afectado 1.       Economía circular – Residuos de construcción y demolición
Texto del condicionante En lo relativo a la gestión de residuos de construcción y demolición (RCD), se aplicarán las disposiciones establecidas en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, sobre producción y gestión de RCD. La aplicación del Real Decreto 105/2008 contribuirá a la consecución del objetivo europeo marcado por la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, de lograr que al menos el 70% en peso de los RCD generados en el país (excluyendo los residuos 17 05 04), se preparen para la reutilización, el reciclaje y la revalorización de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales.

Para el resto de las tipologías de residuos será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados, en especial a lo concerniente a los residuos peligrosos.

Documento/s que justifica/n el cumplimiento Título del documento Responsable de su elaboración o de  aportar el documento Fase en la que se elabora
  Estudio de gestión de residuos Autor del proyecto. Previo al comienzo de ejecución en la fase de proyecto.
Objetivo DNSH afectado 2.  Prevención y control de la contaminación – medidas para reducir ruido, polvo y emisiones.
Texto del condicionante Se incluirá como requisito de implementación de estas actuaciones la necesidad de adoptar medidas para reducir el ruido, el polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra, ejecutándose todas las actuaciones de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contaminación de suelos y agua.
Documento/s que justifica/n el cumplimiento Título del documento Responsable de su elaboración o de aportar el documento Fase en la que se elabora
Certificado del Director de la Obra. Director de la Obra. Fase de ejecución del proyecto.
  Licencia ambiental/informe favorable del órgano ambiental (o documento equivalente) Siempre que este documento incluya una evaluación que permita justificar el principio DNSH Órgano Ambiental Previo al comienzo de la ejecución.

 

Objetivo DNSH afectado 3.       Prevención y control de la contaminación – sustancias tóxicas.
Texto del condicionante Los componentes y materiales de construcción utilizados en el desarrollo de las actuaciones previstas no contendrán amianto ni sustancias tóxicas identificadas a partir de la lista de sustancias sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006.
Documento/s que justifica/n el cumplimiento Título del documento Responsable de su elaboración o de aportar el documento Fase en la que se elabora
Pliegos de prescripciones Técnicas Director de Obra Previo a la aprobación o autorización del proyecto.

  Certificado del Director de Obra Director de Obra Previo a la ejecución de la obra o cuando sea posible.
  Las fichas de producto de los materiales utilizados pueden ser una fuente de información relevante para justificar el cumplimiento de este condicionante DNSH El Director de Obra será responsable de la justificación de este condicionante utilizando la información de las fichas elaboradas por el fabricante del producto Previo a la ejecución de la obra.

 

iii) Protección frente al cambio climático

En el caso de las tipologías de acción de inversión en infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC que recoge que para las inversiones en las infraestructuras cuya vía útil sea como mínimo de cinco años deberá garantizarse la protección frente al cambio climático de las mismas.

g) Criterios de priorización aplicables a las distintas tipologías de acción

Para la priorización de las operaciones, se utilizarán los criterios definidos para cada tipo de acción. El peso específico de dichos criterios, para la evaluación de las propuestas, será fijado en su caso en los correspondientes procesos de selección. Asimismo, se podrá establecer sub-criterios en caso de considerarse necesario.

En el caso de procedimientos no competitivos, por tratarse de convocatorias abiertas, los criterios de priorización se emplearán como requisitos previos para valorar la idoneidad de las solicitudes presentadas.

Se recoge una definición para orientar en el significado del criterio.

 

Tipo acción:

Acciones que se definan en la estrategia de regeneración de las zonas desfavorecidas de Melilla

Criterios de Priorización:

1. Calidad de la operación

2. Viabilidad técnica y económica.

3. Grado de complementariedad con otros fondos.

4. Previsión de un adecuado plan de gestión de la operación y articulación de un micro-programa congruente.

5. En el caso de nuevas construcciones, se tendrá en cuenta la Nueva Bauhaus.

Definición

1. Medida con relación a los problemas de la barriada descritos en el Plan de Acción de la Agenda Urbana en Melilla y las soluciones aportadas por la operación (30%).

2. Factibilidad de las soluciones aportadas en la operación (20%).

3. Posibilidad de actuación de otros fondos en la operación, principalmente, los derivados del Programa FSE+ Melilla 2021-2027 (10%).

4. Valoración operativa de las operaciones propuestas (30%).

5. Promover que las nuevas construcciones sean sostenibles, colaborativas e inclusivas (10%).

 

h) Modelo de ficha a presentar: Anexo 3.

 


3. CONCEPTO DE OPERACIÓN:

El art. 2º, puntos 4) y 5) del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, definen como:

  1. Operación: un proyecto, contrato, acción o grupo de proyectos seleccionados en el marco de los programas de que se trate.
  2. Operación de Importancia Estratégica: una operación que aporta una contribución significativa a la hora de conseguir los objetivos de un programa y que está sujeta a medidas de seguimiento y comunicación particulares.

Serán admisibles actuaciones elegibles iniciadas y aún no finalizadas a la fecha de presentación de la solicitud de financiación correspondiente.

4. OPCIONES DE COSTES SIMPLIFICADOS:

El art. 53.2 del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, establece:

Cuando el coste total de una operación no sea superior a los 200.000 €, la contribución proporcionada al beneficiario por el FEDER, adoptará la modalidad de costes unitarios, sumas a tanto alzado o tipos fijos, salvo en el caso de las operaciones en que la ayuda constituya una ayuda estatal.

En este sentido, en el caso de que la operación sea inferior a 200.000 €, la solicitud deberá incluir obligatoriamente la opción de costes simplificados propuesta por el Organismo Gestor.

5. BENEFICIARIOS POTENCIALES:

Organismos Gestores del Programa FEDER MELILLA 2021-2027 en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla, con competencia material en el ámbito al que está referida la convocatoria, así como entidades sin ánimo de lucro con capacidad material y jurídica para presentar y ejecutar propuestas a tal efecto.

6. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS EXPRESIONES DE INTERÉS:

La presente convocatoria tiene por objeto abrir, para la acción prevista en el Objetivo Específico citado del Programa FEDER Melilla 2021-2027, el procedimiento para remitir propuestas de operaciones para su selección y financiación en el marco del Programa FEDER MELILLA 2021-2027.

Por tanto, una vez firmada la Convocatoria por el Consejero de Hacienda, se publicará en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME), y se anunciará en el apartado correspondiente a Fondos Europeos, dentro de la Consejería de Hacienda, de la web institucional de la C. A. de Melilla: 

  • Plazo de presentación de expresiones de interés Se admitirán a evaluación y selección las expresiones de interés recibidas en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
  • Forma de presentación: Desde el día siguiente a su publicación hasta la fecha fin de presentación, conforme lo indicado en el párrafo anterior se admitirán las solicitudes  recibidas a través  la aplicación de la C.A de Melilla de gestión de expedientes “MY TAO”, mediante el envío de Comunicación interna, con la solicitud de financiación con el contenido que se indica en el apartado 5 “Documentación a presentar” junto con los documentos anexos, dirigida a la Unidad con el código 08.6, Dirección General de Planificación Estratégica y Programación,  debidamente firmadas por el Director General del área solicitante. Las entidades sin ánimo de lucro, podrán presentarlas a través del Registro General de la Ciudad Autónoma, dirigidas a la misma Unidad Orgánica.

La forma de presentación, dado que los potenciales beneficiarios forman parte del organigrama de la Ciudad Autónoma de Melilla, y permitiendo este medio la constancia del remitente, contenido y fecha del envío, se acuerda por agilidad, permitir el medio de comunicación a través del gestor de expediente electrónico.

7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

La solicitud de financiación que se entenderá además como solicitud de selección, deberá ir acompañada de la descripción de la/s actuación/es propuesta/s con la información indicada a continuación. Esta deberá ser suficientemente descriptiva de la/s operación/es y de los proyectos que la/s integran y firmada por el Director General del área solicitante.

Asimismo, el solicitante podrá presentar toda aquella documentación o información adicional que considere de interés para la adecuada valoración de la solicitud. En caso de que la información remitida sea insuficiente para la adecuada valoración de la elegibilidad de la operación, podrá requerirse información o documentación adicional.

La solicitud remitida deberá contener:

  • Solicitud de financiación mediante la ficha contemplada en el anexo 3.
  • Contribución esperada a la consecución de los indicadores de realización y de resultado del OE citado y forma de cálculo.
  • Memoria del proyecto a realizar en la que, además de los aspectos generales y concretos de la actuación a realizar, incluya los siguientes aspectos:

  • Memoria del proyecto a realizar en la que, además de los aspectos generales y concretos de la actuación a realizar, incluya los siguientes aspectos:
    • Plan de financiación complementaria para aumentar la dependencia de fuentes de ingresos propios y garantizar la sostenibilidad financiera del recurso monumental.
    • Análisis de la demanda y evaluación de las necesidades.
    • Análisis del impacto social.
    • Análisis de eficiencia.
  • Adecuación a los objetivos
  • Descripción del problema u oportunidad, los objetivos, actividades para alcanzarlos y el impacto esperable.
  • Explicación, en términos generales, sobre cómo se abordará el problema u oportunidad.
  • Declaración de que los proyectos incluidos en las operaciones presentadas contienen la mejor relación entre los recursos solicitados y los objetivos pretendidos.
  • Indicación, en su caso, la relación de dicha operación con otras actuaciones pasadas o futuras del PROGRAMA FEDER Melilla.
  • Plantear el grado de novedad que presente la solicitud, ya sea referida a prácticas, procesos o tecnologías en la propuesta.
  • Indicadores de realización. Explicar su contribución para lograr los objetivos del Objetivo Específico.
  • Resultados. Explicar su contribución para lograr los objetivos del Objetivo Específico.
  • Plan de trabajo. El plan de trabajo debe diseñarse para asegurar la generación de los resultados y que dichos resultados contribuyen a los objetivos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027.
  • Tareas técnicas, relacionadas con la preparación de la ejecución de la operación como previstas durante la ejecución y el instrumento por el que se llevará a cabo. En particular, la forma de cumplimiento para el cumplimiento de los principios de calidad europea, siguiendo los principios de la Nueva Bauhaus Europea.
  • Explicación del cumplimiento de la normativa de accesibilidad en el/los proyecto/s que compongan la operación.
  • Explicar cómo y por quien se usarán los resultados y si se transferirán para su uso.
  • Cronología del desarrollo de la operación.
  • Lista de comprobación previa de los requisitos a cumplir.
  • Documentación acreditativa de los aspectos a valorar en la aplicación de los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones aplicables.
  • Medios y elementos a utilizar en cumplimiento de los requisitos de información y publicidad (RDC 2021/1060).
  • Medios a contemplar en la prevención y lucha contra el fraude.
  • Opciones de Costes Simplificados, en su caso.
  • Expresión sobre si la operación pretendida va a generar, o no, Ingresos Netos y, además, proporcionar una estimación de los mismos en base a unos elementos básicos que la definan.

8. PLAZO DE RESOLUCIÓN: DOS (2) MESES NATURALES, contado a partir del día siguiente a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

9. RESOLUCIÓN:

1. Se acordará mediante Resolución del Consejero del Área de Hacienda, a propuesta del Comité Técnico designado al efecto, que tendrá como miembros a los/as titulares de los siguientes puestos directivos o, en su caso, empleado público en quien delegue:

  • Dirección General de Activación Económica y Turismo.
  • Dirección General de Servicios Sociales, en calidad de principal organismo gestor de la participación en el Programa Básico FSE+ 2021-2027.
  • Gerente de Proyecto Melilla, SA, en calidad de principal organismo gestor del Programa FSE+ Melilla 2021-2027.
  • Dirección General de Planificación Estratégica y Programación.
  • Secretaría del Comité: Técnico Contable del Área de Gestión y Seguimiento de la Dirección General de Planificación Estratégica y Programación.

En el caso de que alguno de los citados órganos directivos presente propuestas de operaciones a la presente Convocatoria, quedará excluido del Comité Técnico referido, que se constituiría con los miembros restantes.

2. La propuesta del Comité Técnico incluirá la articulación de las operaciones seleccionadas en dos micro-programas, uno para cada zona prioritaria, y que podrán incluir, además, actuaciones ad-hoc del FSE+ en el marco del Programa de Melilla 2021-2027, aunque no supongan la aprobación de operaciones específicas. Para la determinación de ambos programas el Comité Técnico tendrá en consideración el orden de prioridad relativa de ambas zonas de actuación.

3. Si durante la ejecución de las operaciones seleccionadas, existiesen cambios en las condiciones de la ayuda por las que ha sido aprobada (Cronología de ejecución, contribución a los indicadores del Programa, etc.), el organismo beneficiario deberá solicitar antes la modificación de tales condiciones, las cuales que se aprobarían, en su caso, mediante resolución específica del Consejero, con la consecuente entrega de una adenda al DECA inicial.

4. Se realizará una nueva convocatoria de expresiones de interés para esta Medida en los siguientes casos:

  • Cuando las operaciones aprobadas no hayan agotado el importe, en términos de gasto elegible, del Objetivo específico.
  • En caso de renuncia a la ejecución por causas justificadas por parte del Organismo Beneficiario.

10. FORMALIZACIÓN DE LA SELECCIÓN: Una vez resuelta la convocatoria, y aprobada y publicada en el BOME, se expedirá por parte del Organismo Intermedio el/los correspondientes DECAs de condiciones de la Ayuda a la/s operación/es aprobada/s, que deberán ser suscritos por los organismos gestores de las operaciones seleccionadas.

Anexos:

I. Modelo de ficha a presentar.

II. Presupuestos anualizados y ámbitos de intervención.

III. Indicadores de realización y resultado.

 

 


ANEXO I. MODELO DE FICHA A PRESENTAR

 

SOLICITUD DE COFINANCIACIÓN A TRAVÉS DE CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS.  PROGRAMA MELILLA FEDER 2021-2027.

Una vez abierto el plazo de presentación de solicitudes mediante el envío del formulario habilitado al efecto, bien a través de la plataforma MyTao o bien a través de correo electrónico, para la convocatoria de expresiones de interés, dirigida a la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos y entes públicos para recibir ayuda en el marco del Programa Melilla FEDER 2021-2027, que fue adoptado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea con fecha 29 de noviembre de 2022, con código CCI 2021ES16RFPR017.

De conformidad con lo anterior, D./Dña.

en calidad de

presenta la siguiente operación para su cofinanciación por el FEDER en el marco del Programa Melilla FEDER 2021-2027.

1.OPERACIÓN

 

Título de la operación  
   
Código operación (nº expediente)  
   
Encaje en actuación (AST- )/subactuación  

 

2.ORGANISMO GESTOR 

 

Consejería  
Dirección General  
Servicio/Unidad  
Persona de contacto  
Teléfono de contacto  
e-mail de contacto  

 

3. RESUMEN DE LA OPERACIÓN

Explicar brevemente en qué consiste la operación.

 

 

 

 


4. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA OPERACIÓN

Añadir una descripción adicional más detallada que permita conocer a fondo lo que se va a realizar en la operación y su encaje dentro del espíritu del FEDER.

 

 

 

5. ENCUADRE NORMATIVO DE LA OPERACION

Señalar el método de gestión, normativa y soporte jurídico de los convenios, contratos, encargos ...que sustentan la operación. En el caso de que la operación propuesta esté sujeta a contratación pública, adjuntar un breve resumen sobre los procedimientos de licitación y contratación o adjudicación de obras, suministros o servicios.

 

 

 

6. PLAN FINANCIERO DE LA OPERACIÓN PRESUPUESTO DE LICITACIÓN / IMPORTE DE ADJUDICACIÓN (IVA INCLUIDO):

Si se conoce el Importe de Adjudicación (Impuestos incluidos), las anualidades irán referidas al mismo. En caso contrario, al Presupuesto de Licitación (Impuestos incluidos).

(Cuadro 1)

 

LOTE // CONTRATO TOTAL PRESUPUESTO LICITACIÓN TOTAL IMPORTE ADJUDICACIÓN ANUALIDAD 2023 ANUALIDAD 2024 ANUALIDAD 2025 ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027 ANUALIDAD 2028 ANUALIDAD 2029
                   
                   
                   
                   
                   
                   
                   
                   
                   

 

PREVISIÓN DE COSTE TOTAL SUBVENCIONABLE DE LA OPERACIÓN Y PREVISIÓN DE SU EJECUCIÓN POR ANUALIDADES:

Para la estimación de los costes subvencionables y su ejecución, deberá tenerse en cuenta el artículo 64 del Reglamento UE 2021/1060 Costes NO subvencionables, así como la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027 (BOE, 30 de diciembre de 2023).

(Cuadro 2)

 

TOTAL COSTE SUBVENCIONABLE COSTE SUB.2023 COSTE SUB. 2024 COSTE SUB. 2025 COSTE SUB. 2026 COSTE SUB. 2027 COSTE SUB. 2028 COSTE SUB. 2029
               

 

 


PEP Y PARTIDA PRESUPUESTARIA DE ESTA OPERACIÓN

 

Código PEP y descripción  
Partida presupuestaria  

 

7. ÁMBITOS DE INTERVENCIÓN DE LA OPERACIÓN

Se señalará a qué Campo/s de Intervención se asocia la operación y su importe. Los Campos de Intervención están determinados en el Programa Melilla FEDER 2021-2027 y se detallan al final del presente formulario.

(Cuadro 3)

 

CÓDIGO DESCRIPCIÓN CAMPO DE INTERVENCIÓN IMPORTE DE LA AYUDA MÁXIMO 70% DEL COSTE SUBVENCIONABLE (CUADRO 2)
     
     
     
     

 

La cofinanciación europea, a través del FEDER (dentro del Programa Melilla FEDER 2021-2027) alcanzará una tasa máxima de retorno del 95% del gasto subvencionable declarado por el que se solicite el pago de la correspondiente ayuda.

8. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN

 

Plazo de ejecución  
Fecha de inicio  
Fecha fin prevista  

 

9. COSTES SIMPLIFICADOS: Solo es de aplicación a operaciones cuyo coste total sea inferior a 200.000 euros.

Aplicación de costes simplificados acorde a lo establecido en el artículo 53 del Reglamento UE 2021/1060:   

 

SÍ     NO  

 

En caso afirmativo, señalar la modalidad que se empleará.

10. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y DE RESULTADO DE LA OPERACIÓN

Se adjuntará la ficha metodológica que detalle el cálculo utilizado para la determinación de los valores previstos. Asimismo, puede usarse el apartado 14 Observaciones para incluir las especificaciones requeridas.

Se incluyen al final del presente formulario los indicadores de realización y de resultado previstos en el Programa Melilla FEDER 2021-2027.

 

IDENTIFICADOR INDICADOR REALIZACIÓN DENOMINACIÓN INDICADOR UNIDAD MEDIDA VALOR A 2029
       
       
       
       

 


IDENTIFICADOR INDICADOR RESULTADO DENOMINACIÓN INDICADOR UNIDAD MEDIDA VALOR A 2029
       
       
       
       

 

11. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD 

INDICAR ENLACE DE LA PÁGINA WEB (SI EXISTE) DEL ORGANISMO GESTOR EN LA QUE SE REALIZA LA DIFUSIÓN DE LA OPERACIÓN.

 

 

 

12. MEDIDAS DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DE LA OPERACIÓN ADOPTADAS Y/O PREVISTAS

Marcar las que se hayan realizado o se prevean realizar.

 

  Actividades y actos públicos: actos informativos, actos de presentación de la operación…
  Difusión en medios de comunicación: notas de prensa, noticias en prensa, banners, cuñas en radio, spots en televisión, anuncios en el BOPA…
  Publicaciones: folletos informativos, revistas, videos, cd, dvd…
  Información a través de cualquier tipo de cartelera: carteles, placas, expositores, stands, pósteres, valla…
  Instrucciones hacia los participantes del Programa Operativo: guías, indicaciones…

 

13. DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS Y/O CONCEDIDAS                                            

 

¿Ha solicitado alguna ayuda para esta operación? NO

 

¿Le ha sido concedida alguna ayuda para esta operación? En caso afirmativo, indique el órgano concedente y el importe de la ayuda recibida:

 

 

 

14. OBSERVACIONES

Incluir aquí, si es el caso, relación de la documentación complementaria que acompaña a la solicitud, además de cualquier otra cuestión que se considere relevante, EN ESPECIAL, LA METODOLOGÍA EMPLEADA EN LA OBTENCIÓN DE LOS INDICADORES DEL APARTADO 10.

 

 

 

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL POTENCIAL BENEFICIARIO

Como potencial beneficiario del Programa Melilla FEDER 2021-2027 DECLARA que:

  • Dicha operación entraría en el ámbito del Programa FEDER.
  • Ha sido informado de las obligaciones que representa ser beneficiario/a del Programa FEDER y especialmente de que:

  1. Debe cumplir con los requisitos de difusión y publicidad establecidos en materia de visibilidad, transparencia y comunicación establecidas en el Capítulo III del Título IV del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y las establecidas en el Anexo IX del citado Reglamento (en adelante, Reglamento (UE) 2021/1060).
  2. La aceptación de la ayuda implica el consentimiento de su inclusión en una lista pública de operaciones, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE) 2021/1060.
  3. En los casos pertinentes, se asegurará de que las partes que intervienen en ellas han sido informadas de dicha financiación del FEDER.
  4. La operación debe cumplir con la normativa nacional y comunitaria aplicable especialmente con las normas nacionales de subvencionabilidad y, en su caso, la Ley 38/2003 General de Subvenciones y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, así como sus modificaciones y cualquier otra normativa aplicable.
  5. Debe mantener un sistema de contabilidad separado para todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de cofinanciación o, al menos, cuenta con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones, debiendo distinguir las partidas presupuestarias de la contabilidad nacional y comunitaria.
  6. Se responsabiliza en todo momento de que no existe doble financiación de la operación.
  7. Se dispone de la capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente y adecuada para cumplir las condiciones relativas a la ayuda del FEDER.
  8. Debe conservar los documentos originales o copias debidamente compulsadas o bien en soportes de datos comúnmente aceptados, en especial versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento (UE) 1060/2021 y deberá estar a disposición de las autoridades competentes cuando éstas así lo soliciten.
  9. La aceptación de la ayuda implica la obligación de aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, cumplir la normativa en materia de contratación pública, evitar doble financiación, falsificación de documentos, etc... así como proporcionar información para la detección de mala praxis (incluye la contratación amañada, las licitaciones colusorias, el conflicto de intereses, la manipulación de ofertas y el fraccionamiento del gasto).
  10. La obligación de informar sobre el logro de los indicadores de realización y resultado que se pongan de manifiesto en el Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) a la hora de ejecutar la operación, al mismo tiempo que justifica gastos para ser declarados en solicitudes de reembolso.
  11. En relación a la operación, que:
    • No ha concluido materialmente ni se ha ejecutado íntegramente con anterioridad a la presentación de la presente solicitud (art.63.6 reglamento (UE) 2021/1060).
    • No incluye actividades que hayan sido o debieran haber sido objeto de un procedimiento de recuperación a raíz de la relocalización de una actividad productiva dentro de la UE.
    • Si se ha iniciado de manera previa a la presente solicitud, se ha cumplido con la normativa comunitaria y nacional aplicable (art.73.2.f Reglamento (UE) 2021/1060).
    • La información proporcionada en la ficha de solicitud es veraz.

12.Declara que los proyectos incluidos en las operaciones presentadas contienen la mejor relación entre los recursos solicitados y los objetivos pretendidos.

13.La operación para la que se solicita cofinanciación cumple con los principios horizontales recogidos en el artículo   9 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento y del Consejo, de 24 de junio de 2021 (RDC) y en particular, con el principio de evitar cualquier discriminación por razón de discapacidad y promoviendo la igualdad y la integración de la perspectiva de género, al objeto de velar por la igualdad, la inclusión y la no discriminación (art.22 apartado 3, letra d) inciso iv) del RDC).

Y para finalizar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Reglamento (UE) 2021/1060, SOLICITA la selección para su financiación de la citada operación cuya información se detalla en la ficha de solicitud.

FECHA Y FIRMA

                                                               


ANEXO II. PRESUPUESTOS ANUALIZADOS Y ÁMBITO DE INTERVENCIÓN

Presupuestos

OE51 - Urbano

 

Proyectos Ámbito de intervención 2022 2023 2024 2025 2026 2027  Coste
Regeneración Barriadas 168, 169 (0;0) 10.556   10.557   510.557   1.010.557        1.806.553   1.715.198    5.063.978  

 

Notas:

  • La tasa de financiación del FEDER para este OE y PI es del 85%.
  • El presupuesto plurianual de los ejercicios 2022 a 2026, ambos inclusive, se encuentra consignado en el Área de Hacienda, partida 02/45000/60900 “P.O. FEDER 2021-2027 Hacienda” que incluye, además, el importe previsto en concepto de IPSI por realización de Obras, el cual tiene carácter no elegible para la consideración del Gasto Público a certificar a la Comisión Europea.
  • Una vez resuelta la convocatoria, los servicios correspondientes de la Consejería de Hacienda procederán a la instrumentación de las modificaciones de crédito oportunas para la incorporación lo más inmediata posible de los créditos presupuestarios citados, derivados de las medidas 5.1.2 y 5.1.3 del Programa FEDER Melilla 2021-2027, a los organismos gestores que hayan obtenido la aprobación de las operaciones citadas. En cuanto a los presupuestos para 2027, el importe pendiente de consignación se asignará a tales organismos gestores para completar las cifras.

 

 


ANEXO III. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y RESULTADO

Para poder definir los indicadores de la Prioridad de Inversión 5A es necesario conocer las actuaciones que se van a realizar y en qué barridas se han de acometer, para ello, se desarrolla en primer lugar el Plan de Acción de Agenda Urbana, donde se pondrá de manifiesto dónde actuar y qué tipo de actuaciones se deben realizar.

Por estos motivos, y debido a esta incertidumbre inicial los indicadores que se muestran a continuación son una primera aproximación, pudiendo ser necesario una rectificación y/o adaptación de éstos a las actuaciones definitivas.

Nota: En el caso de que el proyecto propuesto no se adecúe a estos indicadores, se solicitará a la Dirección General de Planificación Estratégica la determinación de los que serían aplicables, lo cual podría llevar, en su caso, a una Reprogramación del Programa FEDER Melilla 2021-2027 al objeto de incluirlos debidamente.

OBJETIVO ESPECÍFICO 5.1. EN LAS ZONAS URBANAS, EL FOMENTO DE UN DESARROLLO SOCIAL, ECONÓMICO Y MEDIOAMBIENTAL INTEGRADO E INCLUSIVO, LA CULTURA, EL PATRIMONIO, EL TURISMO SOSTENIBLE Y LA SEGURIDAD.

Indicadores de realización

RCO19. Edificios públicos con rendimiento energético mejorado

Unidad de medida: metros cuadrados

Actuaciones vinculadas:

No existen.

 

TIPO DE ACTUACIÓN ÁMBITO DE INTERVENCIÓN AYUDA FEDER COSTE TOTAL
Proyectos de regeneración de barriadas en declive 168,169 4.304.381 € 5.063.978 €

 

Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

Planificación estratégica, para la determinación del coste aproximado de las actuaciones previstas (2).

Metodología de estimación

Se han estimado dos actuaciones de regeneración 2 barriadas. La primera empezará en 2023, una vez finalizado el plan de acción de la Agenda Urbana en Melilla. En tales barriadas, el número de edificios públicos propiedad de la Ciudad Autónoma es muy limitado.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

No se esperan.

Valores base, hitos y metas

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS
Valor BASE Valor HITO (2024) Valor META (2029)
0 100 250

 

RCO74. Población cubierta por proyectos en el marco de estrategias para un desarrollo territorial integrado

Unidad de medida: Número de personas

Actuaciones vinculadas:

No existen.

 

TIPO DE ACTUACIÓN ÁMBITO DE INTERVENCIÓN AYUDA FEDER COSTE TOTAL
Proyectos de regeneración de barriadas en declive 168, 169 4.304.381 € 5.063.978 €

 

Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

Planificación estratégica, para la determinación del coste aproximado de las actuaciones previstas (2).

Metodología de estimación

Se han estimado dos actuaciones de regeneración 2 barriadas. El coste medio por habitante se ha establecido en 420 €. La primera en un barrio (aún no determinado) con una población estimada de 5.109 habitantes. La segunda en otro con una población de 6.948 personas.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

No se esperan.

Valores base, hitos y metas

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS
Valor BASE Valor HITO (2024) Valor META (2029)
0 5.109 12.057

 

RCO75. Estrategias para un desarrollo territorial integrado

Unidad de medida: Número

Actuaciones vinculadas:

No existen.

 

TIPO DE ACTUACIÓN ÁMBITO DE INTERVENCIÓN AYUDA FEDER COSTE TOTAL
Proyectos de regeneración de barriadas en declive 168,169 4.304.381 € 5.063.978 €

 

Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

Planificación estratégica, para la determinación del coste aproximado de las actuaciones previstas (2).

Metodología de estimación

Estimación en base a la planificación.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

No se esperan.

Valores base, hitos y metas

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS
Valor BASE Valor HITO (2024) Valor META (2029)
0 1 1

 

Indicadores de resultado

RCR11. Usuarios de servicios, productos y procesos digitales públicos nuevos y mejorados

Unidad de medida: Usuarios/año

Actuaciones vinculadas:

Se trata de programas de regeneración de barriadas en declive con actuaciones diversas, aún no determinadas.


 

TIPO DE ACTUACIÓN ÁMBITO DE INTERVENCIÓN AYUDA FEDER COSTE TOTAL
Proyectos de regeneración de barriadas en declive 168, 169 4.304.381 € 5.063.978 €

 

Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

  • Estimación en función de la consideración de que, entre las actividades a desarrollar, se realizará alguna con relación a los servicios, productos y procesos digitales públicos

Metodología de estimación

  • A partir de los registros de usuarios, se obtendrá el dato. Dado que aún no se ha iniciado el proceso de negociación del Plan de acción de la agenda urbana con los vecinos y, por tanto, no se conoce el contenido de las actuaciones a realizar, solo puede realizarse una previsión del valor de este indicador.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

Que entre las actuaciones que finalmente formen parte del programa consensuado con los vecinos de regeneración de la barriada no se considere finalmente ninguna actuación del tipo descrito..

Valores base, hitos y metas

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS
Valor BASE Valor HITO (2024) Valor META (2029)
0   375

 

RCR50. Población que se beneficia de medidas en favor de la calidad del aire

Unidad de medida: Personas

Actuaciones vinculadas:

Se trata de programas de regeneración de barriadas en declive con actuaciones diversas, aún no determinadas.

 

TIPO DE ACTUACIÓN ÁMBITO DE INTERVENCIÓN AYUDA FEDER COSTE TOTAL
Proyectos de regeneración de barriadas en declive 168, 169 4.304.381 € 5.063.978 €

 

Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

  • Estimación en función de la consideración de que, entre las actividades a desarrollar, se realizará alguna con relación a la calidad del aire

Metodología de estimación

  • A partir de los registros de usuarios, se obtendrá el dato. Dado que aún no se ha iniciado el proceso de negociación del Plan de acción de la agenda urbana con los vecinos y, por tanto, no se conoce el contenido de las actuaciones a realizar, solo puede realizarse una previsión del valor de este indicador.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

Que entre las actuaciones que finalmente formen parte del programa consensuado con los vecinos de regeneración de la barriada no se considere finalmente ninguna actuación del tipo descrito.

 


Valores base, hitos y metas

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS
Valor BASE Valor HITO (2024) Valor META (2029)
0   1206

 

RCR77. Visitantes de instalaciones culturales y turísticas apoyadas

Unidad de medida: Visitantes/año

Actuaciones vinculadas:

Se trata de programas de regeneración de barriadas en declive con actuaciones diversas, aún no determinadas.

 

TIPO DE ACTUACIÓN ÁMBITO DE INTERVENCIÓN AYUDA FEDER COSTE TOTAL
Proyectos de regeneración de barriadas en declive 168, 169 4.304.381 € 5.063.978 €

 

Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

  • Estimación en función de la consideración de que, entre las actividades a desarrollar, se realizará alguna con relación a instalaciones culturales y turísticas

Metodología de estimación

  • A partir de los registros de usuarios, se obtendrá el dato. Dado que aún no se ha iniciado el proceso de negociación del Plan de acción de la agenda urbana con los vecinos y, por tanto, no se conoce el contenido de las actuaciones a realizar, solo puede realizarse una previsión del valor de este indicador.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

Que entre las actuaciones que finalmente formen parte del programa consensuado con los vecinos de regeneración de la barriada no se considere finalmente ninguna actuación del tipo descrito.

Valores base, hitos y metas

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS
Valor BASE Valor HITO (2024) Valor META (2029)
0   275

ANEXO IV. EVALUACIÓN AMBIENTAL.

Cumplimiento de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre (documentación medioambiental).

Por favor, responda a las siguientes preguntas:

1ª.- ¿Es la operación un “proyecto” o incluye alguna actuación que responda a la definición de “proyecto” del artículo 5.3b de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental?

 

SI   NO  

 

Dos posibles respuestas:

  • NO: con lo que se cerrará y se dará por completado este cuestionario.
  • SI: se abrirá la pregunta 2ª.

2ª.- ¿Está el proyecto en alguno de los supuestos de evaluación de impacto ambiental (EIA) contemplados por el artículo 7 de la Ley 21/2013, contemplando en su caso las posibles excepciones del artículo 8?

 

SI   NO    
ORDINARIO FECHA PUBLICACION DIA
   

 

SIMPLIFICADO FECHA PUBLICACION IIA
   

 

Dos posibles respuestas:

  • NO: se pasará a la pregunta 3ª.
  • SI: indicar si se trata del procedimiento:

Ordinario: incluir fecha de publicación de la DIA  Simplificado: incluir fecha de publicación del IIA.

3ª.- Aunque la operación no requiera EIA, adjuntar:

  • En caso de existir órgano sustantivo que apruebe o controle la actividad del proyecto: justificación de dicho órgano de que el proyecto no puede afectar, directa o indirectamente, a ningún lugar Red Natura 2000. (Declaración Responsable I)
  • En caso de que el proyecto tenga relación directa con la gestión de algún lugar de la Red Natura 2000 o sea necesario para la misma: justificación del órgano gestor de red Natura 2000. (Declaración Responsable II)

Asimismo, es necesario aportar, en su caso, la DIA o IIA correspondiente. En aquellos casos en los que no aplique la tramitación de Evaluación Ambiental, se justificará documentalmente la exención y el cumplimiento de la normativa de aplicación.

El responsable del Organismo Beneficiario

 

 


DECLARACIÓN RESPONSABLE I. VERIFICACIÓN DE IMPOSIBILIDAD DE AFECCIÓN APRECIABLE DE PROYECTOS A LA RED NATURA 2000

Nombre:

Cargo:

En relación con el proyecto denominado:

Promovido por:

Autorizado por (órgano sustantivo):

A desarrollar en el término municipal de Melilla:

A cofinanciar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

Hago constar que este órgano sustantivo ha verificado que no resulta previsible que el mencionado proyecto pueda causar algún efecto negativo apreciable sobre algún espacio de la Red Natura 20001, por el siguiente motivo2:

  • Por ejecutarse el proyecto al exterior de dichos espacios Red Natura 2000, y además no apreciarse posibilidad de efectos significativos a distancia sobre ninguno de ellos, ya sea por el uso de recursos naturales3, por vertidos, emisiones o residuos del proyecto, por poder causar mortalidad o daño a la fauna que habitualmente sale y entra de dichos espacios4, o por interrumpir corredores ecológicos entre espacios declarados.
  • Por ejecutarse sobre suelo urbano o urbanizable ordenado o sectorizado, sin apreciarse que exista posibilidad de que fuera de dicho suelo afecten a ningún espacio Red Natura 2000, ya sea por el uso de recursos naturales, por vertidos, emisiones o residuos, o por otras causas.
  • Por disponer de un informe motivado del órgano competente en la gestión de los espacios Red Natura 2000 del entorno del proyecto que confirma que no resulta previsible que el proyecto pueda causar algún efecto negativo apreciable sobre ningún espacio de la Red Natura 2000

Por las siguientes razones específicas:

  1. A efectos de poder excluir cualquier posibilidad razonable de afección y poder cumplimentar esta declaración, los órganos sustantivos pueden consultar la página 14 de la Guía “Recomendaciones sobre la información necesaria para incluir una evaluación adecuada de repercusiones de proyectos sobre la Red Natura 2000”. (https://www.miteco.gob.es/es/calidad-yevaluacion-ambiental/temas/evaluacionambiental/guiapromotoreseiayevaluacionrn200009_02_2018final_tcm30-441966.pdf)
  2. señalar el o los motivos que procedan. Si el motivo no coincide con ninguno de los tres primeros, especificarlo en la cuarta casilla mediante un texto libre.
  3. Por ejemplo, una extracción significativa de agua de un río, humedal o acuífero del que depende un espacio Red Natura 2000.
  4. Por ejemplo, mortalidad de aves por electrocución o colisión en un tendido eléctrico próximo a una Zona de Especial Protección para las Aves.

El Declarante: (Cargo y nombre).

DECLARACIÓN RESPONSABLE II. DEL GESTOR DE ESPACIO RED NATURA 2000 SOBRE PROYECTOS DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LA GESTIÓN DEL ESPACIO O NECESARIOS PARA DICHA GESTIÓN

Nombre:

Cargo:

Del organismo gestor Red Natura 2000:

En relación con el proyecto denominado:

Promovido por:

A desarrollar en el término municipal de Melilla:

A cofinanciar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Informa que dicho proyecto se describe en la documentación aportada por el promotor, y consiste en las siguientes actuaciones: Dicho proyecto puede afectar de forma apreciable al/los espacio/s Red Natura 20005:

No obstante, a los fines de la excepción contemplada en el artículo 46.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y de acuerdo con la siguiente motivación:

Se declara que todas las actuaciones contempladas en dicho proyecto presentan relación directa con la gestión del/los mencionado/s espacio/s, o son necesarias para la misma.


El Declarante: (Cargo y nombre).

 


ANEXO V. DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE CLIMATE PROOFING (PROTECCIÓN FRENTE AL CAMBIO CLIMÁTICO)

NOMBRE:

Cargo:

En relación con el proyecto denominado:

A cofinanciar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

EXPONE

Que ha presentado su solicitud a la convocatoria de expresiones de interés dirigidas a l……………………………………………………………………………………………. en el marco del Programa FEDER Melilla 2021-2027, y ha resultado beneficiario de una ayuda para la ejecución de la operación denominada ………………………………                                                 ………………………………………. y al objeto de asegurar que dicha operación cumple con las medidas de Climate Proofing (protección frente al cambio climático).

DECLARA

Que se compromete a presentar durante la ejecución de la operación para la que se ha solicitado financiación las medidas de protección frente al cambio climático, y su cumplimiento, de acuerdo con la nota metodológica de “principios para la protección frente al cambio climático de los proyectos de infraestructura en España para el período 2021-2027”, emitida por Jaspers para la Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda (https://acortar.link/o6EEtG), que se incluye en el expediente.

Fecha:  

Firmado:

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 17 de junio de 2026,

El Secretario Técnico de Hacienda, 

Sergio Conesa Mínguez