ARTÍCULO 727 - BOME-A-2026-727

BOME Nº 6391 del viernes, 26 de junio de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Orden nº2896, de fecha 23 de junio de 2026, relativa a constitución del Tribunal de Selección para la provisión en propiedad de ocho plazas de Bombero-Conductor, Personal Funcionario, por el sistema de oposición libre.


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La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 23/06/2026, registrada al número 2026002896, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en las Bases Generales de aplicación (BOME número 6356, de 24 de febrero de 2026) a la convocatoria para la provisión en propiedad de ocho plazas de Bombero-Conductor, Personal Funcionario, por el sistema de oposición libre (BOME nº 6369, de 10 de abril de 2026),  

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 3793/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Que el Tribunal de Selección quedará constituido por las siguientes personas:

TRIBUNAL TITULAR

PRESIDENTE:

D. Bernardo Castillo Rojas

VOCALES:

D. Francisco M. Moreno Díaz

D. Francisco J. Cordero Miguel

D. Farid Fadel Mohamed

SECRETARIA:

Dª. Gema Viñas del Castillo

TRIBUNAL SUPLENTE

PRESIDENTE:

D. Juan Carlos Márquez Alonso

VOCALES:

D. José Albaladejo Ouali

D. Francisco J. Bravo Vidal D. Karin Bumedien Mohamadi

SECRETARIA:

Dª. Francisca Fernández del Carmen

El comienzo de la fase de oposición, fecha , lugar y hora, será determinado previamente por el Tribunal de Selección, dando publicidad en el Tablón de Anuncios de la Ciudad del referido acuerdo.

El Tribunal de Selección se reunirá previamente para su constitución y desarrollo de la oposición.

Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y Tablón de Anuncios, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de los tribunales por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.


Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla a 24 de junio de 2026,

La Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,

Pilar Cabo León