Orden nº1663, de fecha 22 de junio de 2026 relativa a prórroga en los plazos establecidos para la ejecución y justificación de las actuaciones correspondientes al Entorno Residencial de Rehabilitación Programada “Viviendas Rusadir. Fase I” (programa 1).
El Consejero de Económica, Comercio, innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, mediante Orden de 22/06/2026, registrada al número 2026001663, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
PROPUESTA MODIFICACIÓ CONVOCATORIA SUBVENCIONES PRTR BARRIOS
I.- OBJETO DEL EXPEDIENTE.-
Mediante Resolución nº 0771 de fecha 05/04/2024, del Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, se aprobó la Convocatoria de Subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la ciudad autónoma de Melilla correspondiente al programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de Barrio, previstas en el RD 853/2021, de 5 de octubre.
La tramitación se realizó al amparo del expediente 38648/2023.
La Convocatoria se publicó en el BOME de 19/04/2024 (la publicación completa) y en la BDNS, con el código 753583, con fecha 09/04/2024.
Será objeto de este expediente la modificación de la citada convocatoria.
II.- APARTADOS QUE SE MODIFICAN.-
En el artículo 8 de la convocatoria, segundo párrafo, se decía:
“En todo caso, los plazos de ejecución deberán estar alineados con los objetivos CID marcados por el PRTR, por lo que la ejecución de las actuaciones tendrá que haber finalizado antes del 30 de junio de 2026, sin que en ningún caso puedan concederse prórrogas más allá de esta fecha.”
III.- JUSTIFICACIÓN.-
Mediante Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, se modifica el art. 4.7 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, señalándose que: “
"Excepcionalmente, en los programas 1, 2, 3 y 6, la comisión bilateral de seguimiento, en función del grado de desarrollo del proyecto, podrá autorizar una prórroga en los plazos establecidos para la ejecución y justificación de las actuaciones recogidos en este real decreto, previa verificación por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana de la senda de cumplimiento global de los objetivos del Plan".
Con fecha de 25/05/2026 se ha firmado con el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana la Adenda II al Acuerdo Nº 03 de la comisión bilateral, celebrada el 15/02/2024, en cuyo Acuerdo Segundo se dice:
“Segundo. Añadir un nuevo ACUERDAN noveno al Acuerdo n.º 03 de la Comisión Bilateral, celebrada el 15 de febrero de 2024, autorizando una prórroga en los plazos establecidos para la ejecución y justificación de las actuaciones.
Se añade un nuevo ACUERDAN noveno al Acuerdo n.º 03 de la Comisión Bilateral, celebrada el 15 de febrero de 2024, en los siguientes términos:
“Noveno. Prórroga en los plazos establecidos para la ejecución y justificación de las actuaciones.
Se autoriza una prórroga de los plazos establecidos en los artículos 18.2 y 19 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 7 del artículo 4 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, modificado mediante la disposición final segunda del Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, prorrogándose excepcionalmente el plazo para la ejecución y justificación de las actuaciones objeto del Acuerdo n.º 03 de la Comisión Bilateral, celebrada el 15 de febrero de 2024, relativo al Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Viviendas Rusadir. Fase I”, en la Ciudad Autónoma de Melilla, en relación con la ejecución de los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU en la Ciudad Autónoma de Melilla, en los siguientes términos:
Se prorroga excepcionalmente el plazo para la ejecución de las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios hasta el 30 de junio de 2028 y, en consecuencia, se prorroga el plazo para la justificación de dichas actuaciones por la Ciudad Autónoma de Melilla al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana hasta el 31 de diciembre de 2028.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, la autorización de las prórrogas en los plazos establecidos para la ejecución y justificación de las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios objeto del Acuerdo n.º 03 de la Comisión Bilateral, celebrada el 15 de febrero de 2024, se realizará, en su caso, de forma individualizada por los órganos competentes de la Ciudad Autónoma de Melilla, previa solicitud de los destinatarios últimos de las ayudas, en los términos y condiciones que se establezcan en las correspondientes convocatorias, respetando en todo caso los principios de igualdad, seguridad jurídica y control del gasto público”.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 38648/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
UNO.- El segundo párrafo del artículo 8 de la convocatoria, en el que se decía:
“En todo caso, los plazos de ejecución deberán estar alineados con los objetivos CID marcados por el PRTR, por lo que la ejecución de las actuaciones tendrá que haber finalizado antes del 30 de junio de 2026, sin que en ningún caso puedan concederse prórrogas más allá de esta fecha.”
Se modifica, en el sentido siguiente:
“En todo caso, los plazos de ejecución deberán estar alineados con los objetivos CID marcados por el PRTR, por lo que la ejecución de las actuaciones tendrá que haber finalizado antes del 30/06/2028, sin que en ningún caso puedan concederse prórrogas más allá de esta fecha.
Las prórrogas que, con los límites anteriores, se acuerden, deberán otorgarse previa petición de los interesados.”
Contra esta ORDEN sobre ampliación de plazos NO será susceptible de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 23 de junio de 2026,
La Secretaria Técnica de Fomento,
Francisca Torres Belmonte