ARTÍCULO 821 - BOME-A-2026-821

BOME Nº 6397 del viernes, 17 de julio de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Orden nº 3299, de fecha 15 de julio de 2026, relativa a reincorporación por reingreso al servicio activo de D. Óscar González Santos.


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La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden de 15/07/2026, registrada al número 2026003299, en el Libro Oficial de Resoluciones de esta Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Visto escrito recibido en relación solicitud de D. Oscar González Santos, con categoría profesional de Policía local de fecha 30 de abril de 2026 con número de registro 2026036445, mediante el solicita el cese de la comisión de servicios en Alozaima municipio de Málaga y su reincorporación efectiva a la plantilla de Melilla, y de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.– Que la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden de 05/05/2025, registrada al número 2025002168, en el Libro Oficial de Resoluciones de esta Consejería, visto el expediente 14395/2025, en virtud de las competencias que tiene atribuidas, Vino a disponer: “Que de conformidad con el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, de aplicación supletoria en la Ciudad Autónoma de Melilla, cuyo artículo 15 establece que procederá declarar, de oficio o a instancia de parte, en la situación administrativa de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público a los funcionarios de carrera que se encuentren en servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubieran obtenido la oportuna compatibilidad, se declara el pase a la situación administrativa de EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL SECTOR PÚBLICO, de DON OSCAR GONZALEZ SANTOS, con DNI XX3170XXX, titular de la plaza Nº F1150071, perteneciente al Cuerpo de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, perteneciente al grupo C, subgrupo C1, por ocupar plaza de Policía Local en el Ayuntamiento de Alozaina, Málaga, en comisión de servicios, por un periodo de un año, con efecto del 02 de mayo de 2025.

Una vez producido el cese, deberá solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo máximo de un mes, declarándosele, de no hacerlo, en la situación de excedencia voluntaria por interés particular

SEGUNDO.- Que con fecha 17 de marzo de 2026 y número de registro 2026023218, se presenta por parte del interesado solicitud de mediante modelo de instancia general por la que refería que: “Perteneciendo a la plantilla de la Policía Local de Melilla, solicita al excelentisimo ayuntamiento de la Ciudad Autónoma de Melilla la aprobación para prorrogar una plaza de policía local en Alozaina (Málaga), mediante comisión de servicios según la ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, conforme al artículo 138 de la ley mencionada. Dicha comisión de servicios publicada en el portal del ayuntamiento con el enunciado <> cuyo expediente 14395/2025, adjuntando resolución de la primera aprobación por parte de la C.A.M

TERCERO.- Que mediante Orden/Resolución de 14/04/2026, registrada al número 2026001575, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería visto el expediente 10479/2026, en virtud de las competencias que tiene atribuidas vino a disponer “Que de conformidad con el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, de aplicación supletoria en la Ciudad Autónoma de Melilla, en su artículo 3 establece que los funcionarios que se encuentran en comisión de servicios, están en situación de servicio activo con reserva de su puesto de origen, procede la RENOVACIÓN de la comisión de servicio de DON OSCAR GONZÁLEZ SANTOS, con DNI XX3170XXX, titular de la plaza Nº F1150071, Policía Local A, perteneciente al Cuerpo de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, perteneciente al Grupo C, Subgrupo C1, por ocupar plaza de Policía Local en el Ayuntamiento de Alozaina (Málaga), por un periodo de un año, con efectos desde 02 de mayo de 2026 hasta el 01 de mayo de 2027

CUARTO.- Que con fecha 30 de abril de 2026 se presenta escrito mediante instancia normalizada en la que solicita el cese de la comisión de servicios en Alozaina municipio de Málaga y su reincorporación efectiva exponiendo: “ Que por causas personales sobrevenidas, se realiza comunicación de la voluntad de cese de la comisión de servicios próximamente mediante escrito, el día 23 de abril de 2026 previamente comunicado verbalmente, resolviendo el ayuntamiento de Alozaina mediante escrito el 29 de abril. La incorporación a la plantilla de Melilla”.


QUINTO.- Que con fecha 30 de abril de 2026 y con registro de entrada REGAGE26s00042033898, se recibe decreto número 2026/371 de la Alcaldía de Alozaina, de fecha 29 de abril de 2029 por el que se dispone que “PRIMERO. No renovar la comisión de servicios de D. Óscar González Santos, acordada por la Ciudad Autónoma de Melilla, por lo que la misma finalizará en la fecha inicialmente prevista, sin que proceda su prórroga en este Ayuntamiento. SEGUNDO. Disponer que el funcionario deberá cesar en el puesto que viene desempeñando en este Ayuntamiento en la fecha de finalización de la comisión, procediendo a su reincorporación a su Administración de origen conforme a la normativa aplicable. TERCERO. Notificar la presente resolución al interesado y comunicarla a la Ciudad Autónoma de Melilla, a los efectos oportunos”.

SEXTO.- Consta en el expediente informe técnico del Jefe de Negociado de Personal Funcionario de fecha 30 de abril de 2026 en relación al reingreso del interesado tras la comisión se servicios que venía prestando en el que se en el que se hace constar que “Asimismo, en fecha de 29 de mayo de 2025 se realiza notificación electrónica de la Resolución a D. Oscar González Santos con indicación del régimen de recursos aplicable, siendo aceptada la misma con fecha 30 de mayo de 2025. No constando ningún recurso o reclamación contra la misma, procedería la reincorporación de D. Oscar González Santos al citado puesto de “Agente de la Policía Local A”, existiendo además vacantes en el mismo”. Igualmente consta en el expediente resolución de alta en la seguridad Social del interesado con fecha 2 de mayo de 2026.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.– Corresponde a la Administración la ordenación y gestión del personal a su servicio, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), así como en la normativa convencional aplicable al personal laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla.

SEGUNDO.– La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, en virtud del artículo 31.1 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla aprobado por acuerdo del Pleno de la Excma. Asamblea de fecha 27 de enero de 2017 (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) y Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 28/07/2023, relativo a la aprobación del Decreto de Distribución de Competencias entre Consejerías (BOME extraordinario nº 54 de 31 de julio de 2023) en cuyo apartado 7.2.7.l) atribuye a esta Consejería la declaración de situaciones administrativas, así como la jubilación de todo el personal y la prolongación de permanencia en el servicio activo de los funcionarios públicos en la forma prevista legalmente.

TERCERO.- Vista la solicitud del interesado en la que solicita expresamente la revocación de la situación de comisión de servicios que venía desempeñando y en atención a los documentos obrantes en el expediente se considera procedente su concesión. 

Que de conformidad con el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, de aplicación supletoria en la Ciudad Autónoma de Melilla, en su artículo 3 establece que los funcionarios que se encuentran en comisión de servicios, están en situación de servicio activo con reserva de su puesto de origen.

En el caso que nos ocupa se trataba de una comisión de servicios voluntaria, de conformidad a lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995  de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, en cuyo Artículo 64 referente a las   Comisiones de servicios  determina que “Cuando un puesto de trabajo quede vacante podrá ser cubierto, en caso de urgente e inaplazable necesidad, en comisión de servicios de carácter voluntario, con un funcionario que reúna los requisitos establecidos para su desempeño en la relación de puestos de trabajo. Así como “Si la comisión no implica cambio de residencia del funcionario, el cese y la toma de posesión deberán producirse en el plazo de tres días desde la notificación del acuerdo de comisión de servicios; si implica cambio de residencia, el plazo será de ocho días en las comisiones de carácter voluntario y de treinta en las de carácter forzoso”.

De todo lo expuesto queda de manifiesto que la renuncia constituye una forma de finalización de la comisión de servicio, si bien está sujeta a la aprobación por parte de los órganos competentes sin que produzca efectos automáticos hasta la aceptación de la misma.

Que como se ha referido en los antecedentes de hecho, consta el decreto de la Alcadía del Ayuntamiento de Alozaina de fecha 29 de abril de 2026 en el que vista la petición expresa del interesado, acuerda su concesión procediendo a revocar la comisión de servicios que venía disfrutando.

De la misma manera y en atención a lo indicado en el artículo 63 del referido Real Decreto 364/95, referente a la adscripción provisional, establece que “Los puestos de trabajo podrán proveerse por medio de adscripción provisional únicamente en los siguientes supuestos: c) Reingreso al servicio activo de los funcionarios sin reserva de puesto de trabajo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 62.2 de este Reglamento”.

Igualmente consta informe del Negociado de Personal en el que se hace constar que “vista la solicitud de reincorporación procedería la reincorporación de D. Oscar González Santos al puesto de “Agente de la Policía Local A”, existiendo además vacantes en el mismo”


CUARTO.- Por tanto en atención a todo lo expuesto se considera procedente dejar sin efectos la concesión de renovación de concesión de servicios concedida mediante Orden de 14/04/2026, registrada al número 2026001575, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería en el expediente 10479/2026, y en consecuencia proceder a la reincorporación del funcionario referido por renuncia a la comisión de servicios que venía desempeñando como Policía Local en el Ayuntamiento de Alozaina (Málaga), acordando su adscripción provisional en la Ciudad Autónoma de Melilla como Agente de la Policía Local grupo A, con fecha y efectos desde que se produzca su toma de posesión.

Que a los efectos de la incorporación efectiva de nuevo en la administración de origen y en atención al oficio de la Tesorería General de la Seguridad Social en el que se hace constar el alta del interesado en como trabajador de la Ciudad Autónoma de Melilla con fecha 2 de mayo de 2026, por lo que se tiene la referida fecha como efectos de la reincorporación efectiva en esta administración.

En escrito del Coordinador de Régimen Retributivo de Empleados Públicos, de fecha 15 de junio de 2026, se comunica a la Tesorería de General de la Seguridad Social, número de caso P0023821444, dejar sin efecto el alta practicada el 02/05/2026, procediéndose en un futuro, una vez conocida la fecha definitiva de reincorporación, su comunicación.

En escrito de fecha 22 de junio de 2026, del Negociado de Plan de Pensiones, Plantillas y RPT, constan los datos del puesto de trabajo de Agente de Policía Local -B- grupo C, subgrupo C1, CD 17 y VPPT 200.

Existe RC para hacer frente al gasto:

  • RC número 12026000008096 de fecha 19/02/2026- funcionarios Policía Local.
  • RC número 12026000007084 de fecha 13/02/2026- funcionarios Seguridad Social.

Consta en el expediente Informe jurídico, de fecha 06 de julio de 2026, de la Secretaría Técnica de Administración Pública.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 15975/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º.- Acordar LA REINCORPORACIÓN por reingreso al servicio activo

2º.- Acordar la adscripción provisional del puesto de “Agente de la Policía Local grupo B”, con efectos de la reincorporación el de la fecha de su toma de posesión.

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 16 de julio de 2026,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler