ARTÍCULO 827 - BOME-A-2026-827

BOME Nº 6397 del viernes, 17 de julio de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA

Orden nº 2712, de fecha 13 de julio de 2026, relativa a convocatoria de expresiones de interés para el Programa FEDER Melilla 2021-2027 en el Objetivo Político 2 “Una Europa más verde”, Prioridad 2.A “Transición verde”, Objetivo Específico 2.1 “Eficiencia Energética”.


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El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 13/07/2026, registrada al número 2026002712, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

La Convocatoria de Expresiones de Interés (EdI) constituye el inicio del procedimiento de evaluación, selección y aprobación de operaciones establecido en la Descripción de Funciones y Procedimientos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, como una de las metodologías de selección de operaciones la "selección de operaciones a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios”.

La Decisión de Ejecución C (2022) 8900 de la Comisión, aprobó el Programa FEDER de Melilla para el período 2021-2027, en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la Ciudad de Melilla en España. Este Programa fue posteriormente aprobado por la Asamblea de la Ciudad de Melilla en fecha 06/02/2023.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 25737/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS PARA EL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027 en el Objetivo Político 2 “Una Europa más verde”, Prioridad 2.A “Transición verde”, Objetivo Específico 2.1 “Eficiencia Energética”.

INTRODUCCIÓN

La Convocatoria de Expresiones de Interés (EdI) constituye el inicio del procedimiento de evaluación, selección y aprobación de operaciones establecido en la Descripción de Funciones y Procedimientos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, como una de las metodologías de selección de operaciones la "selección de operaciones a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios”.

La Decisión de Ejecución C (2022) 8900 de la Comisión, aprobó el Programa FEDER de Melilla para el período 2021-2027, en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la Ciudad de Melilla en España. Este Programa fue posteriormente aprobado por la Asamblea de la Ciudad de Melilla en fecha 06/02/2023.

Así mismo, el Comité de Seguimiento del Programa FEDER Melilla ha aprobado, con fecha 16/10/2025, el procedimiento escrito instrumentado por la Autoridad de Gestión del Programa para la aprobación de las siguientes propuestas elevadas por el Organismo Intermedio:

  • Modificación del Programa FEDER de Melilla 2021-2027.
  • Modificación de los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones.

Estas modificaciones citadas del Programa han implicado cambios en el OE 2.1 “Eficiencia Energética”, que establece lo siguiente: 

“Los tipos de acciones que se ejecutarán en desarrollo de estos proyectos consisten en:

-Inversiones para la mejora de la eficiencia energética de edificios públicos. Estos tipos de acciones se describen a continuación: -Acciones en edificios públicos en general: adopción de medidas de mejora de la envolvente térmica y renovación de los sistemas de climatización del Palacio de la Asamblea y de otros edificios públicos, a fin de reducir el consumo de energía y mejorar la eficiencia de los mismos.

Las inversiones propuestas no incluyen medidas de eficiencia energética en centros de cuidados de larga duración, que quedan fuera del ámbito competencial de la CAM.


El desarrollo de este OE se realizará en el marco de la Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE 2020) Y Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC) y se tendrá en cuenta al Plan REPowerEU, acción conjunta para una energía más asequible, segura y sostenible, adoptado por la CE a tenor de la necesidad de acelerar la reducción de la dependencia de Europa de los combustibles fósiles, COM(2022) 230 final, 18 de mayo de 2022.

Los tipos de acciones se han evaluado como compatibles con el principio DNSH, al haber sido evaluados como compatibles con arreglo a las orientaciones técnicas para la aplicación del DNSH desarrolladas en el marco del MRR”.

En este sentido, teniendo en cuenta lo anterior, la inclusión en el PNIEC de la energía solar fotovoltaica es explícita, cuantificada y central en la estrategia energética., motivo por el que puede considerarse incluido entra las operaciones elegibles del OE 2.1.

Además, el Comité de Seguimiento del Programa, en la sesión celebrada el 29/04/2026, ha aprobado la modificación de los criterios y procedimientos de selección de operaciones (CPSO) al objeto de dar cabida, entre las operaciones del OE, la forma de selección de las Convocatorias de Expresiones de interés”. Concretamente, en cuanto al Objetivo Específico 2.1 “Eficiencia Energética”, establece:

Beneficiarios y procedimiento de selección

 

Tipo de actuación Beneficiarios Procedimiento de selección de operaciones
Inversiones para la mejora de la eficiencia energética de edificios públicos (Palacio de la Asamblea) Administración Pública Selección directa de Operaciones.
Inversiones para la mejora de la eficiencia energética de edificios públicos Administración Pública Convocatoria de Expresiones de Interés

 

Esto implica que la selección de cualquier operación en el marco del Objetivo específico 2.1 debe ser objeto de una convocatoria de expresiones de interés, excepto para el caso del Palacio de la Asamblea.

Así mismo, el Organismo Coordinador de la Ciudad Autónoma de Melilla (Dirección General de Planificación Estratégica y Programación) en funciones de Organismo Intermedio para el Programa FEDER Melilla 2021-2027 ha recibido, con fecha 30 de junio de 2026, informe definitivo de verificación de la calidad de los sistemas de control, con código CAC 2025-008, que ratifica el informe previo de fecha 16/04/2026, emitido por la Subdirección General de Inspección y Control de la Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda. En tal informe se recomienda al OI que, en aquellas operaciones en las que sea susceptible de aplicar algún criterio de priorización, el procedimiento de selección se encuadre dentro del de convocatorias de expresión de interés.

En cuanto al procedimiento interno para la aprobación y selección de operaciones en el marco del Programa, se precisa, conforme lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, una solicitud de financiación presentada al Organismo Intermedio por parte del beneficiario de cada operación, y teniendo en cuenta que, salvo en los regímenes de ayuda y en las operaciones que vienen expresamente recogidas en el Programa, la selección de operaciones se realizará a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios. Si bien dada la entidad del PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, la práctica totalidad de las operaciones ya están seleccionadas en el mismo, siendo las convocatorias de expresiones de interés, las que operarán respecto a las no previstas y que tengan esa consideración en los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones del Programa. 

Se efectúa esta convocatoria para que los beneficiarios potenciales, que llevan a cabo las diversas actuaciones susceptibles de ser cofinanciadas por el FEDER, y que serán los responsables de presentar las expresiones de interés, mediante la correspondiente “Solicitud de financiación”, junto la documentación que se referirá, a fin de que expresen sus intereses en la ejecución de operaciones incluidas en el Objetivo Específico y Prioridad que se describen a continuación, parte del Programa Operativo FEDER MELILLA 2021-2027, bajo los principios generales de transparencia, concurrencia y no discriminación.

En definitiva, esta metodología de selección se aplica en el caso de actuaciones a desarrollar por los órganos gestores del Programa FEDER MELILLA 2021-2027 en el ejercicio de sus competencias, que tienen específicamente atribuidas, y que cuentan con financiación afectada FEDER en su presupuesto para llevar a cabo operaciones elegibles que se ajusten en el Programa Operativo FEDER MELILLA 2021-2027, al documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO), alineados con el Plan Estratégico, a la normativa comunitaria, estatal y a la desarrollada por la C.A de Melilla en su ámbito de aplicación.


En cuanto al órgano resolutorio, con fecha 16/12/2024 la Autoridad de Gestión del Programa (Subdirección General del FEDER del Ministerio de Hacienda) suscribió el Acuerdo de Atribución de Funciones a la Ciudad Autónoma de Melilla en el marco del Programa FEDER Melilla 2021-2027. La Ciudad Autónoma de Melilla adquirió la condición de Organismo Intermedio del Programa referido, al aceptar tal Acuerdo y sus obligaciones implícitas, con fecha 17/12/2024. Posteriormente, con fecha 23/12/2024, la Autoridad de Gestión aprobó el documento de Descripción de Funciones y Procedimientos de la CAM, el cual ha sido actualizado y aprobado con fecha 17/12/2025, posibilitando que la Ciudad Autónoma, como Organismo Intermedio del Programa, pueda seleccionar y aprobar operaciones de acuerdo con los mismos. Así mismo, el Organismo Intermedio aprobó, basado en esta Descripción citada, el Manual de Procedimientos de Gestión y Control del Programa (BOME extra. nº 14 de 26/02/2025), que ha sido actualizado recientemente mediante un nuevo Manual que sustituye al citado (BOME nº 6340 de 30/12/2025).

Por lo tanto, como se ha indicado, esta convocatoria constituye el acto de convalidación del procedimiento de selección de operaciones de la Prioridad y Objetivo Específico citado, y está dirigida al Organismo Gestor del Objetivo Específico 2.1, en función de su ámbito material de competencias, en su doble condición de órgano gestor y beneficiario del PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027 en los supuestos previstos para su selección mediante la Convocatoria de expresiones de interés, si bien, el Organismo Gestor podrá sustituir o incluir nuevas operaciones si lo estima conveniente.

La  Dirección General de Planificación Estratégica y Programación, como unidad coordinadora de las funciones que corresponden al Organismo Intermedio Ciudad Autónoma de Melilla en el Programa FEDER MELILLA 2021-2027, coordinará el procedimiento de la selección de las operaciones, que se realizará mediante resolución del Consejero de Hacienda a propuesta del Director General de Planificación Estratégica y Programación, a partir de las expresiones de interés que hayan sido remitidas por los departamentos referidos  interesados, dejando constancia documental de todas las recibidas; y se comunicarán las decisiones adoptadas sobre la aceptación o rechazo de las solicitudes mediante la emisión del correspondiente informe de valoración.

CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS

1. ÓRGANO CONVOCANTE:

ORGANISMO INTERMEDIO DEL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, Consejería de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla, Dirección General de Planificación Estratégica y Programación, que ha obtenido esta condición con fecha 17/12/2024, una vez aceptado el acuerdo de Atribución de Funciones aprobado por la Autoridad de Gestión del Programa.

2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

La presente convocatoria tiene por objeto abrir para el período 2021-2027, el procedimiento para recibir las propuestas de operaciones, para su selección y cofinanciación por el FEDER en el marco del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, para el Objetivo Político, Prioridad de Inversión, Objetivo Específico y Medida descritos a continuación:

  • OBJETIVO POLÍTICO: 2, “Una Europa más verde”.
  • PRIORIDAD DE INVERSIÓN: 2.A “Transición verde”.
  • OBJETIVO ESPECÍFICO: OE2.1 “Eficiencia energética”.

Para la aprobación de las operaciones, se deberán aplicar los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones aprobados por el Comité de Seguimiento del Programa referido, con fecha 29/04/2026, publicado en el mismo apartado de la web de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Los Criterios de Selección aplicables son los siguientes:

a) Tipos de acciones incluidas en el programa:

Los tipos de acciones que se ejecutarán en desarrollo de estos proyectos consisten en:

Inversiones para la mejora de la eficiencia energética de edificios públicos.

b) Presupuesto de la Convocatoria:

En términos de Coste elegible, el presupuesto disponible asciende a 1.190.000 €.

c) Presupuesto anualizado y ámbito de intervención:

Anexo II.

 


d) Beneficiarios y procedimiento de selección

 

Tipo de actuación Beneficiarios Procedimiento de selección de operaciones
Inversiones para la mejora de la eficiencia energética de edificios públicos Administración Pública Convocatoria de Expresiones de Interés

 

e) Criterios de Elegibilidad (Requisitos básicos) de aplicación a una o varias tipologías de acción provenientes del Acuerdo de Asociación y el Programa

Las actuaciones del Objetivo Específico 2.1 están sujetas al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.1 “Marco político estratégico para apoyar la renovación de la eficiencia energética de edificios residenciales y no residenciales” y la 2.2 “Gobernanza del Sector de la Energía: Plan Nacional Integrado de Energía y Clima” de acuerdo con lo establecido en el reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento europeo y del consejo. En base a ello, las operaciones seleccionadas en el OE 2.1, deben ser coherentes con Estrategias a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE 2020) y el Plan Nacional Integrado de energía y Clima 2021-2030 (PNIEC).

En línea con las disposiciones incluidas en el Acuerdo de Asociación, para garantizar el resultado de las actuaciones de eficiencia energética, se deberá garantizar la realización de auditorías previas, la fijación de objetivos de ahorro energético y asegurar un adecuado seguimiento de las intervenciones.

Complementariedad con otros fondos/instrumentos de financiación de la UE. Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos. f) Condicionantes medioambientales

g) Declaración de Impacto Ambiental (DAE-EAE) del programa

Las tipologías de actuación recogidas en este objetivo específico por su naturaleza no producen impacto en el medio ambiente, por lo que no se incluye ninguna condición de elegibilidad ni criterio de priorización en la DAE.

h) DNSH

La selección de los siguientes tipos de acciones “Inversiones para la mejora de la eficiencia energética de edificios públicos” y “acciones en edificios públicos en general” deberán justificar su conformidad con el principio del DNSH a través del cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación del principio DNSH. Programa FEDER de Melilla 2021-2027”. 

Concretamente, deberá justificarse el cumplimiento de los siguientes aspectos:

 

   1. Economía circular – Residuos de construcción y demolición
   
Texto del condicionante En lo relativo a la gestión de residuos de construcción y demolición (RCD), se aplicarán las disposiciones establecidas en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, sobre producción y gestión de RCD. La aplicación del Real Decreto 105/2008 contribuirá a la consecución del objetivo europeo marcado por la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, de lograr que al menos el 70% en peso de los RCD generados en el país (excluyendo los residuos 17 05 04), se preparen para la reutilización, el reciclaje y la revalorización de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales.

Para el resto de las tipologías de residuos será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados, en especial a lo concerniente a los residuos peligrosos.

Documento/s que justifica/n el cumplimiento Título del documento Responsable de su elaboración o de  aportar el documento Fase en la que se elabora
     
  Estudio de gestión de residuos Autor del proyecto. Previo al comienzo de ejecución en la fase de proyecto.
Objetivo DNSH afectado 2. Prevención y control de la contaminación – medidas para reducir ruido, polvo y emisiones.
Texto del condicionante Se incluirá como requisito de implementación de estas actuaciones la necesidad de adoptar medidas para reducir el ruido, el polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra, ejecutándose todas las actuaciones de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contaminación de suelos y agua.
Documento/s que justifica/n el cumplimiento Título del documento Responsable de su elaboración o de aportar el documento Fase en la que se elabora

  Certificado del Director de la Obra. Director de la Obra. Fase de ejecución del proyecto.
  Licencia ambiental/informe favorable del órgano ambiental (o documento equivalente) Siempre que este documento incluya una evaluación que permita justificar el principio DNSH Órgano Ambiental Previo al comienzo de la ejecución.

 

Objetivo DNSH afectado  3. Prevención y control de la contaminación – sustancias tóxicas.
Texto del condicionante Los componentes y materiales de construcción utilizados en el desarrollo de las actuaciones previstas no contendrán amianto ni sustancias tóxicas identificadas a partir de la lista de sustancias sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006.
Documento/s que justifica/n el cumplimiento Título del documento Responsable de su elaboración o de aportar el documento Fase en la que se elabora
Pliegos de prescripciones Técnicas Director de Obra Previo a la aprobación o  autorización del proyecto.
  Certificado del Director de Obra Director de Obra Previo a la ejecución de la obra o cuando sea posible.
  Las fichas de producto de los materiales utilizados pueden ser una fuente de información relevante para justificar el cumplimiento de este condicionante DNSH El Director de Obra será responsable de la justificación de este condicionante utilizando la información de las fichas elaboradas por el fabricante del producto Previo a la ejecución  de la obra.

 

i)  Protección frente al cambio climático

En el caso de las tipologías de acción de inversión en infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC que recoge que para las inversiones en las infraestructuras cuya vía útil sea como mínimo de cinco años deberá garantizarse la protección frente al cambio climático de las mismas.

j) Criterios de priorización aplicables a las distintas tipologías de acción

Para la priorización de las operaciones se utilizarán los criterios definidos para cada tipo de acción. El peso específico de dichos criterios, para la evaluación de las propuestas, será fijado en su caso en los correspondientes procesos de selección. Asimismo, se podrá establecer sub-criterios en caso de considerarse necesario.

En el caso de procedimientos no competitivos, por tratarse de convocatorias abiertas, los criterios de priorización se emplearán como requisitos previos para valorar la idoneidad de las solicitudes presentadas.

Se recoge una definición para orientar en el significado del criterio.

 

Tipo acción:

Inversiones para la mejora de la eficiencia energética de edificios públicos

Criterios de Priorización:

  1. Grado de madurez.
  2. Utilización de materiales y tecnologías más verdes.
  3. Mayor impacto medioambiental o social.
  4. Mayor grado de eficiencia.

Definición

  1. Los proyectos deben tener un grado de madurez suficiente que permita que la ejecución de las actuaciones esté finalizada antes de fin de 2029). (70%)
  2. Se priorizará la utilización de materiales y tecnologías verdes. (10%)
  3. Se valorará el impacto medioambiental (priorizando aquellas actuaciones que afecten a una mayor superficie en cuanto a protección frente a inundaciones) así como el impacto social (priorizando actuaciones que tengan impacto sobre una mayor población. (10%)
  4. Se valorará la reducción de los problemas pre-existentes(10%)

k) Modelo de ficha a presentar: Anexo 3.

3. CONCEPTO DE OPERACIÓN:

El art. 2º, puntos 4) y 5) del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, definen como:

  1. Operación: un proyecto, contrato, acción o grupo de proyectos seleccionados en el marco de los programas de que se trate.
  2. Operación de Importancia Estratégica: una operación que aporta una contribución significativa a la hora de conseguir los objetivos de un programa y que está sujeta a medidas de seguimiento y comunicación particulares.

Además de lo anterior, serán válidas, y se valorarán en el presente expediente, las solitudes de financiación que hayan sido presentadas previamente a su terminación y a la publicación de esta Convocatoria por el Organismo Gestor de este OE, y que sean ratificadas por tal Organismo durante el período de admisión de solicitudes.

4. OPCIONES DE COSTES SIMPLIFICADOS:

El art. 53.2 del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, establece:

Cuando el coste total de una operación no sea superior a los 200.000 €, la contribución proporcionada al beneficiario por el FEDER, adoptará la modalidad de costes unitarios, sumas a tanto alzado o tipos fijos, salvo en el caso de las operaciones en que la ayuda constituya una ayuda estatal.

En este sentido, en el caso de que la operación sea inferior a 200.000 €, la solicitud deberá incluir obligatoriamente la opción de costes simplificados propuesta por el Organismo Gestor.

5. BENEFICIARIOS POTENCIALES:

Organismo Gestor del Objetivo específico 2.1, Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos, en su calidad de Organismo Gestor y, a su vez, beneficiario del Programa FEDER MELILLA 2021-2027 del ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla, con competencia material en el ámbito al que está referida la convocatoria que cuentan con financiación afectada FEDER en su presupuesto, no obstante, podrá presentar solicitudes de financiación cualquier Organismo Gestor que tenga atribuida competencias orgánicas, funcionales o materiales en el ámbito de la presente convocatoria y cuenten con financiación afectada FEDER  en su presupuesto.

6. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS EXPRESIONES DE INTERÉS:

La presente convocatoria tiene por objeto abrir, para la acción prevista en el Objetivo Específico citado del Programa FEDER Melilla 2021-2027, el procedimiento para remitir propuestas de operaciones para su selección y financiación en el marco del Programa FEDER MELILLA 2021-2027.

Por tanto, una vez firmada la Convocatoria por el Consejero de Hacienda, se publicará en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME), y se anunciará en el apartado correspondiente a Fondos Europeos, dentro de la Consejería de Hacienda, de la web institucional de la C. A. de Melilla: 

  • Plazo de presentación de expresiones de interés Se admitirán a evaluación y selección las expresiones de interés recibidas en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
  • Forma de presentación: Desde el día siguiente a su publicación hasta la fecha fin de presentación, conforme lo indicado en el párrafo anterior se admitirán las solicitudes  recibidas a través  la aplicación de la C.A de Melilla de gestión de expedientes “MY TAO”, mediante el envío de Comunicación interna, con la solicitud de financiación con el contenido que se indica en el apartado 5 “Documentación a presentar” junto con los documentos anexos, dirigida a la Unidad con el código 08.6, Dirección General de Planificación Estratégica y Programación,  debidamente firmadas por el Director General del área solicitante.

La forma de presentación, dado que los potenciales beneficiarios forman parte del organigrama de la Ciudad Autónoma de Melilla, y permitiendo este medio la constancia del remitente, contenido y fecha del envío, se acuerda por agilidad, permitir el medio de comunicación a través del gestor de expediente electrónico.

7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

La solicitud de financiación que se entenderá además como solicitud de selección, deberá ir acompañada de la descripción de la/s operación/es propuesta/s con la información indicada a continuación. Esta deberá ser suficientemente descriptiva de la/s operación/es y de los proyectos que la/s integran y firmada por el Director General del área solicitante.

Asimismo, el solicitante podrá presentar toda aquella documentación o información adicional que considere de interés para la adecuada valoración de la solicitud. En caso de que la información remitida sea insuficiente para la adecuada valoración de la elegibilidad de la operación, podrá requerirse información o documentación adicional.

 


La solicitud remitida deberá contener:

  • Solicitud de financiación mediante la ficha contemplada en el anexo 3.
  • Contribución esperada a la consecución de los indicadores de realización y de resultado del OE citado y forma de cálculo.
  • Memoria del proyecto a realizar en la que, además de los aspectos generales y concretos de la actuación a realizar, incluya los siguientes aspectos:
    • Plan de financiación complementaria para aumentar la dependencia de fuentes de ingresos propios y garantizar la sostenibilidad financiera del recurso monumental.
    • Análisis de la demanda y evaluación de las necesidades.
    • Análisis del impacto social.
    • Análisis de eficiencia.
  • Adecuación a los objetivos
  • Descripción del problema u oportunidad, los objetivos, actividades para alcanzarlos y el impacto esperable.
  • Explicación, en términos generales, sobre cómo se abordará el problema u oportunidad.
  • Declaración de que los proyectos incluidos en las operaciones presentadas contienen la mejor relación entre los recursos solicitados y los objetivos pretendidos.
  • Indicación, en su caso, la relación de dicha operación con otras actuaciones pasadas o futuras del PROGRAMA FEDER Melilla.
  • Plantear el grado de novedad que presente la solicitud, ya sea referida a prácticas, procesos o tecnologías en la propuesta.
  • Indicadores de realización. Explicar su contribución para lograr los objetivos del Objetivo Específico.
  • Resultados. Explicar su contribución para lograr los objetivos del Objetivo Específico.
  • Plan de trabajo. El plan de trabajo debe diseñarse para asegurar la generación de los resultados y que dichos resultados contribuyen a los objetivos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027.
  • Tareas técnicas, relacionadas con la preparación de la ejecución de la operación como previstas durante la ejecución y el instrumento por el que se llevará a cabo. En particular, la forma de cumplimiento para el cumplimiento de los principios de calidad europea, siguiendo los principios de la Nueva Bauhaus Europea.
  • Explicación del cumplimiento de la normativa de accesibilidad en el/los proyecto/s que compongan la operación.
  • Explicar cómo y por quien se usarán los resultados y si se transferirán para su uso.
  • Cronología del desarrollo de la operación.
  • Lista de comprobación previa de los requisitos a cumplir.
  • Documentación acreditativa de los aspectos a valorar en la aplicación de los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones aplicables.
  • Medios y elementos a utilizar en cumplimiento de los requisitos de información y publicidad (RDC 2021/1060).
  • Medios a contemplar en la prevención y lucha contra el fraude.
  • Opciones de Costes Simplificados, en su caso.
  • Expresión sobre si la operación pretendida va a generar, o no, Ingresos Netos y, además, proporcionar una estimación de los mismos en base a unos elementos básicos que la definan.

8. PLAZO DE RESOLUCIÓN: Un mes natural, contado a partir del día siguiente a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

9. RESOLUCIÓN:

  1. Se acordará mediante Resolución del Consejero del área de Hacienda, a propuesta del Director General de Planificación Estratégica y Programación.
  2. Si durante la ejecución de las operaciones seleccionadas, existiesen cambios en las condiciones de la ayuda por las que ha sido aprobada (Cronología de ejecución, contribución a los indicadores del Programa, etc.), el organismo beneficiario deberá solicitar antes la modificación de tales condiciones, las cuales que se aprobarían, en su caso, mediante resolución específica del Consejero, con la consecuente entrega de una adenda al DECA inicial.
  3. Se podrá realizar una nueva convocatoria de expresiones de interés para esta Medida en los siguientes casos:
  • Cuando las operaciones aprobadas no hayan agotado el importe, en términos de gasto elegible, del Objetivo específico.
  • En caso de renuncia a la ejecución por causas justificadas por parte del Organismo Beneficiario.

10. FORMALIZACIÓN DE LA SELECCIÓN: Una vez resuelta la convocatoria, y aprobada y publicada en el BOME, se expedirá por parte del Organismo Intermedio el/los correspondientes DECAs de condiciones de la Ayuda a la/s operación/es aprobada/s.

Anexos:

  1. Modelo de ficha a presentar.
  2. Presupuestos anualizados y ámbitos de intervención.
  3. Indicadores de realización y resultado.
  4. Evaluación ambiental.
  5. Declaración responsable de Climate Proofing.

ANEXO I. MODELO DE FICHA A PRESENTAR

SOLICITUD DE COFINANCIACIÓN A TRAVÉS DE CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS.  PROGRAMA MELILLA FEDER 2021-2027.

Una vez abierto el plazo de presentación de solicitudes mediante el envío del formulario habilitado al efecto, bien a través de la plataforma MyTao o bien a través de correo electrónico, para la convocatoria de expresiones de interés, dirigida a la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos y entes públicos para recibir ayuda en el marco del

Programa Melilla FEDER 2021-2027, que fue adoptado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea con fecha 29 de noviembre de 2022, con código CCI 2021ES16RFPR017.

De conformidad con lo anterior,

D./Dña

en calidad de

Presenta la siguiente operación para su cofinanciación por el FEDER EN EL Marco del Programa Melilla Feder 2021-2027.

1. OPERACIÓN

Consejería

 

Dirección Gral.

 

Servicio/Unidad

 

Persona de contacto

 

Teléfono de contacto

 

e-mail de contacto

 

 

2. ORGANISMO GESTOR

Consejería

 

Dirección Gral.

 

Servicio/Unidad

 

Persona de contacto


Teléfono de contacto

 

e-mail de contacto

 

3. RESUMEN DE LA OPERACIÓN

Explicar brevemente en qué consiste la operación.

 

.

4. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA OPERACIÓN

Añadir una descripción adicional más detallada que permita conocer a fondo lo que se va a realizar en la operación y su encaje dentro del espíritu del FEDER.

5. ENCUADRE NORMATIVO DE LA OPERACION

Señalar el método de gestión, normativa y soporte jurídico de los convenios, contratos, encargos ...que sustentan la operación. En el caso de que la operación propuesta esté sujeta a contratación pública, adjuntar un breve resumen sobre los procedimientos de licitación y contratación o adjudicación de obras, suministros o servicios.

6. PLAN FINANCIERO DE LA OPERACIÓN

PRESUPUESTO DE LICITACIÓN / IMPORTE DE ADJUDICACIÓN (IVA INCLUIDO):

Si se conoce el Importe de Adjudicación (Impuestos incluidos), las anualidades irán referidas al mismo. En caso contrario, al Presupuesto de Licitación (Impuestos incluidos).

(Cuadro 1)

 

LOTE // CONTRATO TOTAL PRESUPUESTO LICITACIÓN TOTAL IMPORTE ADJUDICACIÓN ANUALIDAD 2023 ANUALIDAD 2024 ANUALIDAD 2025 ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027 ANUALIDAD 2028 ANUALIDAD 2029
                   
                   
                   
                   
                   
                   
                   
                   
                   

PREVISIÓN DE COSTE TOTAL SUBVENCIONABLE DE LA OPERACIÓN Y PREVISIÓN DE SU EJECUCIÓN POR ANUALIDADES:

Para la estimación de los costes subvencionables y su ejecución, deberá tenerse en cuenta el artículo 64 del Reglamento UE 2021/1060 Costes NO subvencionables, así como la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027 (BOE, 30 de diciembre de 2023).

(Cuadro 2)

 

TOTAL COSTE SUBVENCION ABLE COSTE SUB.2023 COSTE SUB. 2024 COSTE SUB. 2025 COSTE SUB. 2026 COSTE SUB. 2027 COSTE SUB. 2028 COSTE SUB. 2029
               

 

PEP Y PARTIDA PRESUPUESTARIA DE ESTA OPERACIÓN

Código PEP y descripción

 

Aplicación presupuestaria

 

 

7. ÁMBITOS DE INTERVENCIÓN DE LA OPERACIÓN

Se señalará a qué Campo/s de Intervención se asocia la operación y su importe. Los Campos de Intervención están determinados en el Programa Melilla FEDER 2021-2027 y se detallan al final del presente formulario.

(Cuadro 3)

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN CAMPO DE INTERVENCIÓN

IMPORTE DE LA AYUDA MÁXIMO 70% DEL COSTE SUBVENCIONABLE (CUADRO 2)

     
     
     
     

 

La cofinanciación europea, a través del FEDER (dentro del Programa Melilla FEDER 2021-2027) alcanzará una tasa máxima de retorno del 85 % del gasto subvencionable declarado por el que se solicite el pago de la correspondiente ayuda.

8. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN

 

Plazo de ejecución  
Fecha de inicio  
Fecha fin Prevista  

9. COSTES SIMPLIFICADOS: Solo es de aplicación a operaciones cuyo coste total sea inferior a 200.000 euros.

Aplicación de costes simplificados acorde a lo establecido en el artículo 53 del Reglamento UE 2021/1060:   

SI   NO  

En caso afirmativo, señalar la modalidad que se empleará. 

                         

10. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y DE RESULTADO DE LA OPERACIÓN

Se adjuntará la ficha metodológica que detalle el cálculo utilizado para la determinación de los valores previstos. Asimismo, puede usarse el apartado 14 Observaciones para incluir las especificaciones requeridas. Se incluyen al final del presente formulario los indicadores de realización y de resultado previstos en el Programa Melilla FEDER 2021-2027.

 

IDENTIFICADOR INDICADOR REALIZACIÓN DENOMINACIÓN INDICADOR UNIDAD MEDIDA VALOR A 2029
       
       
       
       
IDENTIFICADOR INDICADOR RESULTADO DENOMINACIÓN INDICADOR UNIDAD MEDIDA VALOR A 2029
       
       
       
       

 

11. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD

INDICAR ENLACE DE LA PÁGINA WEB (SI EXISTE) DEL ORGANISMO GESTOR EN LA QUE SE REALIZA LA DIFUSIÓN DE LA OPERACIÓN.

 

12. MEDIDAS DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DE LA OPERACIÓN ADOPTADAS Y/O PREVISTAS

Marcar las que se hayan realizado o se prevean realizar.

□ Actividades y actos públicos: actos informativos, actos de presentación de la operación…

□ Difusión en medios de comunicación: notas de prensa, noticias en prensa, banners, cuñas en radio, spots en televisión, anuncios en el BOPA…

□ Publicaciones: folletos informativos, revistas, videos, cd, dvd…

□ Información a través de cualquier tipo de cartelera: carteles, placas, expositores, stands, pósteres, valla…

□ Instrucciones hacia los participantes del Programa Operativo: guías, indicaciones…

 


13. DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS Y/O CONCEDIDAS                                                    

¿Ha solicitado alguna ayuda para esta operación?                        SÍ           NO

¿Le ha sido concedida alguna ayuda para esta operación? En caso afirmativo, indique el órgano concedente y el importe de la ayuda recibida:

14.OBSERVACIONES

Incluir aquí, si es el caso, relación de la documentación complementaria que acompaña a la solicitud, además de cualquier otra cuestión que se considere relevante, EN ESPECIAL, LA METODOLOGÍA EMPLEADA EN LA OBTENCIÓN DE LOS INDICADORES DEL APARTADO 10.


DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL POTENCIAL BENEFICIARIO

Como potencial beneficiario del Programa Melilla FEDER 2021-2027 DECLARA que:

  • Dicha operación entraría en el ámbito del Programa FEDER.
  • Ha sido informado de las obligaciones que representa ser beneficiario/a del Programa FEDER y especialmente de que:
  1. Debe cumplir con los requisitos de difusión y publicidad establecidos en materia de visibilidad, transparencia y comunicación establecidas en el Capítulo III del Título IV del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y las establecidas en el Anexo IX del citado Reglamento (en ade- lante, Reglamento (UE) 2021/1060).
  2. La aceptación de la ayuda implica el consentimiento de su inclusión en una lista pública de operaciones, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE) 2021/1060.
  3. En los casos pertinentes, se asegurará de que las partes que intervienen en ellas han sido informadas de dicha financiación del FEDER.
  4. La operación debe cumplir con la normativa nacional y comunitaria aplicable especialmente con las normas nacionales de subvencionabilidad y, en su caso, la Ley 38/2003 General de Subvenciones y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, así como sus modificaciones y cualquier otra normativa aplicable.
  5. Debe mantener un sistema de contabilidad separado para todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de cofinanciación o, al menos, cuenta con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones, debiendo distinguir las partidas presupuestarias de la contabilidad nacional y comunitaria.
  6. Se responsabiliza en todo momento de que no existe doble financiación de la operación.
  7. Se dispone de la capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente y adecuada para cumplir las condiciones relativas a la ayuda del FEDER.
  8. Debe conservar los documentos originales o copias debidamente compulsadas o bien en soportes de datos comúnmente aceptados, en especial versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento (UE) 1060/2021 y deberá estar a disposición de las autoridades competentes cuando éstas así lo soliciten.
  9. La aceptación de la ayuda implica la obligación de aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, cumplir la normativa en materia de contratación pública, evitar doble financiación, falsificación de documentos, etc... así como proporcionar información para la detección de mala praxis (incluye la contratación amañada, las licitaciones colusorias, el conflicto de intereses, la manipulación de ofertas y el fraccionamiento del gasto).
  10. La obligación de informar sobre el logro de los indicadores de realización y resultado que se pongan de manifiesto en el Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) a la hora de ejecutar la operación, al mismo tiempo que justifica gastos para ser declarados en solicitudes de reembolso.
  11. En relación a la operación, que:
    • No ha concluido materialmente ni se ha ejecutado íntegramente con anterioridad a la presentación de la presente solicitud (art.63.6 reglamento (UE) 2021/1060).
    • No incluye actividades que hayan sido o debieran haber sido objeto de un procedimiento de recuperación a raíz de la relocalización de una actividad productiva dentro de la UE.
    • Si se ha iniciado de manera previa a la presente solicitud, se ha cumplido con la normativa comunitaria y nacional aplicable (art.73.2.f Reglamento (UE) 2021/1060).
    • La información proporcionada en la ficha de solicitud es veraz.
  1. La operación para la que se solicita cofinanciación cumple con los principios horizontales recogidos en el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento y del Consejo, de 24 de junio de 2021 (RDC) y en particular, con el principio de evitar cualquier discriminación por razón de discapacidad y promoviendo la igualdad y la integración de la perspectiva de género, al objeto de velar por la igualdad, la inclusión y la no discriminación (art.22 apartado 3, letra d) inciso iv) del RDC).

Y para finalizar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Reglamento (UE) 2021/1060, SOLICITA la selección para su financiación de la citada operación cuya información se detalla en la ficha de solicitud.

FECHA Y FIRMA

 


ANEXO II. PRESUPUESTOS ANUALIZADOS Y ÁMBITO DE INTERVENCIÓN

Presupuestos

 

OE21 - Eficiencia Energética            
Proyectos  Identificación Ámbito de intervención 2022 2023 2024 2025 Coste
Total Coste OE 2.1 2.1.1 045 (100;40) 588.000 402.000 100.000 100.000 1.190.000

 

Nota: La tasa de financiación del FEDER para este OE y PI es del 85%.

 


ANEXO III. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y RESULTADO

OBJETIVO ESPECÍFICO 2.1. EL FOMENTO DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y LA REDUCCIÓN DE LAS EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO.

Indicadores de realización

RCO19. Edificios públicos con rendimiento energético mejorado

Unidad de medida: Metros cuadrados.

Actuaciones vinculadas:

Adopción de medidas de mejora de la eficiencia energética del Palacio de la Asamblea y otros edificios públicos, a fin de reducir el consumo de energía de los mismos.

 

TIPO DE ACTUACIÓN ÁMBITO DE INTERVENCIÓN AYUDA FEDER COSTE TOTAL
Proyecto en edificios públicos 045 1.011.500€ 1.190.000€

 

Criterios aplicados para la selección de los indicadores:

Idoneidad: Indicador más ajustado a la naturaleza de la actuación o conjunto de actuaciones que pretende medir Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

Las actuaciones previstas consisten en la mejora de la eficiencia energética del Palacio de la Asamblea y otros edificios públicos, estableciendo que la mejora implicará al menos el avance de una categoría energética. Toda la actuación de mejora repercutirá, por tanto, a una superficie del edificio público que coincidirá con la superficie interior.

Metodología de estimación

Se basa en medición directa sobre planos.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

Retrasos o interrupciones en los trámites administrativos de contratación.

Interferencias entre la ejecución de la actuación y el desarrollo del desempeño de funciones administrativas dentro del edificio a la vez que se realizan los trabajos.

Valores base, hitos y metas

El valor base es cero, puesto que se va a intervenir en un único edificio sobre el que aún no han comenzado las actuaciones y que se iniciarán durante 2023.

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS
Valor BASE Valor HITO (2024) Valor META (2029)
0 920 12.372

 

Indicadores de resultado

RCR 26. Consumo anual primario de energía

Unidad de medida: MWh/año Actuaciones vinculadas:

Adopción de medidas de mejora de la eficiencia energética del Palacio de la Asamblea y otros edificios públicos, a fin de reducir el consumo de energía de los mismos, a fin de reducir el consumo de energía y mejorar la eficiencia de los mismos.

 

TIPO DE ACTUACIÓN ÁMBITO DE INTERVENCIÓN AYUDA FEDER COSTE TOTAL
Proyecto en edificios públicos 045 1.011.500€ 1.190.000€

 

Criterios aplicados para la selección de los indicadores:

Idoneidad: Indicador más ajustado a la naturaleza de la actuación o conjunto de actuaciones que pretende medir Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

Las actuaciones previstas consisten en la mejora de la eficiencia energética del Palacio de la Asamblea y otros edificios públicos, a fin de reducir el consumo de energía de los mismos, estableciendo que la mejora implicará al menos el avance de una categoría energética. Toda la actuación de mejora repercutirá, por tanto, a la totalidad del edificio público objeto de la actuación.

Esta mejora energética se verá manifestada en los consumos anuales medidos en MWh/año, pudiendo determinar el ahorro entre el hito y la meta.

Metodología de estimación

La estimación de los datos serán mediciones exactas obtenidas de las lecturas de los contadores de consumos instalados y de los datos históricos existentes. El valor base es cero puesto que se trata de una única actuación que no ha comenzado.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

  • Retrasos o interrupciones en los trámites administrativos de contratación.
  • Interferencias entre la ejecución de la actuación y el desarrollo del desempeño de funciones administrativas dentro del edificio a la vez que se realizan los trabajos.

Valores base, hitos y metas

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS
Valor BASE Valor HITO (2024) Valor META (2029)
0 -- 179,4

 

RCR29. Emisiones de gases de efecto invernadero estimadas

Unidad de medida: Toneladas equivalentes de Co2.

Actuaciones vinculadas:

Actuaciones de eficiencia energética en edificios públicos propiedad de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

TIPO DE ACTUACIÓN ÁMBITO DE INTERVENCIÓN AYUDA FEDER COSTE TOTAL
Proyecto en edificios públicos 045 1.011.500€ 1.190.000€

 

Criterios aplicados para la selección de los indicadores:

  • Idoneidad: Indicador más ajustado a la naturaleza de la actuación o conjunto de actuaciones que pretende medir
  • Experiencia previa: indicador ya utilizado en el periodo previo (correspondencia con indicadores comunes del 14-20)

Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

En el año de referencia 2021 se parte del valor de emisiones de TCO2eq a partir del consumo eléctrico medido en el año de referencia.

Para el año 2029 se aplica el valor de emisiones de TCO2eq a partir del balance energético de la instalación futura.

Metodología de estimación

La base de la fuente de información parte de la toma de datos por parte del gestor de la planta a partir de equipos de medida y de las tablas de conversión publicados por el IDAE.


El método empleado es la guía de cálculo de Gases de Efecto Invernadero (GEI), basado en las conversiones de los factores de emisión de GEI para las distintas fuentes de emisión intervinientes en el proceso (central eléctrica, combustibles, etc.) Asimismo los datos convertidos parten del consumo recogido en las facturas eléctricas:

Base Consumo 2021 de referencia: 300,4 MWh/año * 0,79 tCO2e/MWh  (*1) = 237,32 tCO2e/año

Meta 2029 reducción de consumo hasta: 240,3 MWh/año * 0,79 tCO2e/MWh (*1) = 189,85 tCO2e/año.

(*1) Según IDAE, Factores de conversión IDAE 2010,  el consumo de electricidad tiene un factor de conversión de 0,79 tCO2e/MWh.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

Retrasos o interrupciones en los trámites administrativos de contratación.

Valores base, hitos y metas

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS
Valor BASE Valor HITO (2024) Valor META (2029)
237,32 tCO2e/año   116,4 tCO2e/año

 

Fiabilidad del indicador:

Calculado a partir de las facturas recibidas del suministrador de energía eléctrica.

ANEXO IV. EVALUACIÓN AMBIENTAL.

Cumplimiento de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre (documentación medioambiental).

Por favor, responda a las siguientes preguntas:

1ª.- ¿Es la operación un “proyecto” o incluye alguna actuación que responda a la definición de “proyecto” del artículo 5.3b de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental?

 

SI   NO  

 

Dos posibles respuestas:

  • NO: con lo que se cerrará y se dará por completado este cuestionario.
  • SI: se abrirá la pregunta 2ª.

2ª.- ¿Está el proyecto en alguno de los supuestos de evaluación de impacto ambiental (EIA) contemplados por el artículo 7 de la Ley 21/2013, contemplando en su caso las posibles excepciones del artículo 8?

 

SI   NO  

 

ORDINARIO   FECHA PUBLICACION DIA  
       
SIMPLIFICADO FECHA PUBLICACION IIA
   

 

Dos posibles respuestas

  • NO: se pasará a la pregunta 3ª.
  • SI: indicar si se trata del procedimiento:

 Ordinario: incluir fecha de publicación de la DIA  Simplificado: incluir fecha de publicación del IIA.

3ª.- Aunque la operación no requiera EIA, adjuntar:


  • En caso de existir órgano sustantivo que apruebe o controle la actividad del proyecto: justificación de dicho órgano de que el proyecto no puede afectar, directa o indirectamente, a ningún lugar Red Natura 2000. (Declaración Responsable I)
  • En caso de que el proyecto tenga relación directa con la gestión de algún lugar de la Red Natura 2000 o sea necesario para la misma: justificación del órgano gestor de red Natura 2000. (Declaración Responsable II)

Asimismo, es necesario aportar, en su caso, la DIA o IIA correspondiente. En aquellos casos en los que no aplique la tramitación de Evaluación Ambiental, se justificará documentalmente la exención y el cumplimiento de la normativa de aplicación.

El responsable del Organismo Beneficiario

 


DECLARACIÓN RESPONSABLE I. VERIFICACIÓN DE IMPOSIBILIDAD DE AFECCIÓN APRECIABLE DE PROYECTOS A LA RED NATURA 2000

Nombre:

Cargo:

En relación con el proyecto denominado:

Promovido por:

Autorizado por (órgano sustantivo):

A desarrollar en el término municipal de Melilla:

A cofinanciar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

Hago constar que este órgano sustantivo ha verificado que no resulta previsible que el mencionado proyecto pueda causar algún efecto negativo apreciable sobre algún espacio de la Red Natura 20001, por el siguiente motivo2:

  • Por ejecutarse el proyecto al exterior de dichos espacios Red Natura 2000, y además no apreciarse posibilidad de efectos significativos a distancia sobre ninguno de ellos, ya sea por el uso de recursos naturales3, por vertidos, emisiones o residuos del proyecto, por poder causar mortalidad o daño a la fauna que habitualmente sale y entra de dichos espacios4, o por interrumpir corredores ecológicos entre espacios declarados.
  • Por ejecutarse sobre suelo urbano o urbanizable ordenado o sectorizado, sin apreciarse que exista posibilidad de que fuera de dicho suelo afecten a ningún espacio Red Natura 2000, ya sea por el uso de recursos naturales, por vertidos, emisiones o residuos, o por otras causas.
  • Por disponer de un informe motivado del órgano competente en la gestión de los espacios Red Natura 2000 del entorno del proyecto que confirma que no resulta previsible que el proyecto pueda causar algún efecto negativo apreciable sobre ningún espacio de la Red Natura 2000
  • Por las siguientes razones específicas:

El Declarante: (Cargo y nombre).

1A efectos de poder excluir cualquier posibilidad razonable de afección y poder cumplimentar esta declaración, los órganos sustantivos pueden consultar la página 14 de la Guía “Recomendaciones sobre la información necesaria para incluir una evaluación adecuada de repercusiones de proyectos sobre la Red Natura 2000” (https://www.miteco.gob.es/es/calidadyevaluacion-                ambiental/temas/evaluacion-ambiental/guiapromotoreseiayevaluacionrn200009_02_2018final_tcm30441966.pdf)

2 señalar el o los motivos que procedan. Si el motivo no coincide con ninguno de los tres primeros, especificarlo en la cuarta casilla mediante un texto libre.

3 por ejemplo, una extracción significativa de agua de un río, humedal o acuífero del que depende un espacio Red Natura 2000.

4 Por ejemplo, mortalidad de aves por electrocución o colisión en un tendido eléctrico próximo a una Zona de Especial Protección para las Aves.

 


DECLARACIÓN RESPONSABLE II. DEL GESTOR DE ESPACIO RED NATURA 2000 SOBRE PROYECTOS DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LA GESTIÓN DEL ESPACIO O NECESARIOS PARA DICHA GESTIÓN

Nombre:

Cargo:

Del organismo gestor Red Natura 2000:

En relación con el proyecto denominado:

Promovido por:

A desarrollar en el término municipal de Melilla:

A cofinanciar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Informa que dicho proyecto se describe en la documentación aportada por el promotor, y consiste en las siguientes actuaciones: Dicho proyecto puede afectar de forma apreciable al/los espacio/s Red Natura 20005:

No obstante, a los fines de la excepción contemplada en el artículo 46.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y de acuerdo con la siguiente motivación:

Se declara que todas las actuaciones contempladas en dicho proyecto presentan relación directa con la gestión del/los mencionado/s espacio/s, o son necesarias para la misma.

El Declarante: (Cargo y nombre).

 


ANEXO V. DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE CLIMATE PROOFING (PROTECCIÓN FRENTE AL CAMBIO CLIMÁTICO) NOMBRE:

Cargo:

En relación con el proyecto denominado:

A cofinanciar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

EXPONE

Que       ha           presentado           su            solicitud                a              la             convocatoria        de           expresiones          de   interés   dirigidas                a l……………………………………………………………………………………………. en el marco del Programa FEDER Melilla 2021-2027, y ha resultado beneficiario           de           una         ayuda     para        la             ejecución              de la operación denominada ………………………………                         ………………………………………. y al objeto de asegurar que dicha operación cumple con las medidas de Climate Proofing

(protección frente al cambio climático).

DECLARA

Que se compromete a presentar durante la ejecución de la operación para la que se ha solicitado financiación las medidas de protección frente al cambio climático, y su cumplimiento, de acuerdo con la nota metodológica de “principios para la protección frente al cambio climático de los proyectos de infraestructura en España para el período 2021-2027”, emitida por Jaspers para la Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda (https://acortar.link/o6EEtG), que se incluye en el expediente.

Fecha:     Firmado:

 


Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 14 de julio de 2026,

El Secretario Técnico de Hacienda P.S.,

El Secretario Técnico de Patronato de Turismo,

Arturo Jiménez Cano