ARTÍCULO 833 - BOME-A-2026-833

BOME Nº 6398 del martes, 21 de julio de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA

Decreto nº 294, de fecha 17 de julio de 2026, por el que se modifica la organización de la estructura institucional y administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla, creando la Consejería de Fomento Universitario e Investigación y la Viceconsejería de Seguridad Ciudadana.


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A N U N C I O

El Excmo. Sr. Presidente, por Decreto nº 294 de 17 de julio de 2026, registrado al Libro de Resoluciones no colegiadas, ha dispuesto lo siguiente:

DECRETO DEL PRESIDENTE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA POR EL QUE SE MODIFICA LA ORGANIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD, SE CREA LA CONSEJERÍA DE DE FOMENTO UNIVERSITARIO E INVESTIGACIÓN Y SE CREA LA VICECONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA

Mediante Real Decreto 605/2023, de 7 de julio, se nombró Presidente de la Ciudad de Melilla a don Juan José Imbroda Ortiz, elegido por la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla en su sesión constitutiva de 7 de julio de 2023 y posesionado de su cargo el día 8 de julio de 2023.

El artículo 14.1 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla, atribuye al Presidente de la Ciudad la dirección y coordinación de la actividad del Consejo de Gobierno. Por su parte, los artículos 6 y 20 del Estatuto reconocen la potestad de autoorganización de la Ciudad Autónoma para estructurar su Administración y ordenar sus órganos de gobierno y administración.

El artículo 16.2 del Estatuto de Autonomía dispone que corresponde al Presidente nombrar y separar a los Consejeros y Viceconsejeros, dando cuenta de ello a la Asamblea. En concordancia con dicha previsión, los artículos 10.1.d), 10.1.e) y 47.3 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla atribuyen al Presidente la facultad de crear, modificar o extinguir Consejerías, variar su número y denominación y nombrar o separar a sus titulares y a los Viceconsejeros.

Mediante Decreto del Presidente número 914, de 10 de julio de 2023, publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla extraordinario número 45, de la misma fecha, se estableció la organización de la estructura institucional y administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla para el mandato 2023-2027. Dicho Decreto ha sido posteriormente modificado, entre otros, por el Decreto número 266, de 18 de noviembre de 2024, por el que se incorporó la Viceconsejería de Igualdad y Mujer a la estructura de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

La evolución de la política universitaria de la Ciudad Autónoma, la ampliación progresiva de la oferta académica, la necesidad de reforzar la interlocución institucional con las universidades, la gestión de las ayudas al alumnado universitario, el impulso de nuevas titulaciones, la mejora de las infraestructuras docentes y el fomento de la investigación y de la transferencia del conocimiento justifican la creación de una Consejería específicamente responsable del fomento de la actividad universitaria y de investigación.

La concentración de estas políticas en un departamento propio permitirá establecer una dirección política diferenciada, mejorar la planificación estratégica, evitar la dispersión de actuaciones y dotar de mayor visibilidad institucional a la cooperación universitaria, sin perjuicio de las competencias que correspondan al Estado y de las actuaciones sectoriales de las restantes Consejerías.

Asimismo, la dimensión organizativa y operativa de la Consejería de Seguridad Ciudadana, que comprende las áreas de Policía Local, tráfico, prevención y extinción de incendios, salvamento, protección civil y coordinación de emergencias, aconseja reforzar su estructura política mediante la creación de una Viceconsejería de Seguridad Ciudadana, bajo la dependencia directa de la persona titular de la Consejería.

La creación de ambos órganos responde a razones de eficacia, coordinación y especialización administrativa. La distribución detallada de competencias y la determinación de la estructura administrativa correspondiente se efectuarán mediante la posterior modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías, de conformidad con el artículo 68 del Reglamento del Gobierno y de la Administración.

En virtud de lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Estatuto de Autonomía de Melilla y por el Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla

 


VENGO EN DISPONER

PRIMERO. Se modifica la organización de la estructura institucional y administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla establecida mediante Decreto del Presidente número 914, de 10 de julio de 2023, y sus modificaciones posteriores, en los términos previstos en el presente Decreto con la creación de la Consejería de de Fomento Universitario e Investigación como órgano superior integrante del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Viceconsejería de Seguridad Ciudadana, que queda adscrita a la Consejería de Seguridad Ciudadana y bajo la dependencia directa de la persona titular de esta.

SEGUNDO. La Consejería de Fomento Universitario e Investigación ejercerá la dirección política, planificación, impulso y coordinación general de las políticas de la Ciudad Autónoma en materia de educación universitaria, cooperación con las universidades, ayudas y apoyo al alumnado universitario, implantación y consolidación de titulaciones, infraestructuras universitarias, investigación académica, transferencia del conocimiento y cualesquiera otras materias que le atribuya el Decreto de distribución de competencias.

TERCERO.- La Viceconsejería de Seguridad Ciudadana ejercerá las funciones de apoyo, asistencia, coordinación y seguimiento que le encomiende la persona titular de la Consejería, así como las competencias que le sean delegadas o atribuidas conforme al ordenamiento jurídico. Le corresponderán igualmente las funciones de sustitución del Consejero en los términos previstos en el Reglamento del Gobierno y de la Administración, sin que la creación de la Viceconsejería comporte por sí misma alteración de la titularidad de las competencias atribuidas a la Consejería.

CUARTO.- La Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla queda organizada en las siguientes Consejerías y Viceconsejerías:

1. Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

    • Viceconsejería de Movimiento Participativo.
    • Viceconsejería de Igualdad y Mujer.

2. Consejería de Hacienda.

3. Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento.

4. Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

5. Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza.

    • Viceconsejería de Medio Ambiente.

6. Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública.

7. Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

8. Consejería de Seguridad Ciudadana.

    • Viceconsejería de Seguridad Ciudadana.

9. Consejería de Fomento Universitario e Investigación.

El orden de precedencia de las Consejerías y Viceconsejerías será el establecido en los respectivos decretos de nombramiento de sus titulares. El régimen de competencias de la nueva Consejería de Fomento Universitario e Investigación, la modificación de las competencias de las Consejerías afectadas, la estructura administrativa correspondiente y el encaje de la Viceconsejería de Seguridad Ciudadana se establecerán mediante la correspondiente modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, aprobada por el Consejo de Gobierno a propuesta del Presidente.

QUINTO.- Hasta la entrada en vigor de la modificación del Decreto de distribución de competencias, las actuaciones y procedimientos en materia universitaria continuarán siendo tramitados por los órganos y unidades que los tengan atribuidos conforme a la distribución competencial vigente. La creación de la Viceconsejería de Seguridad Ciudadana no altera por sí misma las competencias de la Consejería ni las de sus órganos directivos. La Consejería competente en materia de función pública iniciará las actuaciones necesarias para adecuar, cuando proceda, la plantilla, la relación de puestos de trabajo y la adscripción de medios personales a la nueva estructura. La Consejería de Hacienda realizará las actuaciones y modificaciones presupuestarias necesarias para la efectividad de la reorganización, de conformidad con la normativa presupuestaria.

SEXTO.- El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, entrará en vigor el mismo día de su publicación y se incorporará al Portal de Transparencia para su publicación actualizada y permanente, dándose cuenta del mismo a la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla, en cumplimiento de los artículos 10.1.d) y 47.3 del Reglamento del Gobierno y de la Administración.”


De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses.

No obstante, podrán utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla, a 20 de julio de 2026,

El Secretario General Acctal. de la Asamblea,

Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025 (BOME Extra nº 9 14/02/2025),

Diego Giner Gutiérrez