Orden nº 2850, de fecha 21 de julio de 2026, relativa a exposición pública y notificación colectiva del Padrón de la Tasa por Ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de la vía publica (cajeros) correspondiente al ejercicio 2026.
El titular de la Consejería de Hacienda, mediante Orden de fecha 21/07/2026, registrada al número 2026002850, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería, ha aprobado padrón o matrícula fiscal relativa a la TASA POR OCUPACIÓN DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VIA PUBLICA (CAJEROS) CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2026.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la exposición pública del citado padrón, que permanecerá a disposición de los interesados por un plazo de QUINCE DÍAS, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Durante dicho plazo, los interesados podrán examinar el padrón expuesto en las dependencias municipales sitas en Avenida Duquesa de la Victoria 21 Bajo 52004 (Melilla) y formular, en su caso, las alegaciones que estimen procedentes.
La publicación del presente anuncio surtirá los efectos de notificación colectiva a los obligados tributarios, en los términos previstos en la Ley General Tributaria y en el Reglamento General de Recaudación.
- PERÍODO DE PAGO VOLUNTARIO
El período voluntario de pago se iniciará el día 17 de Agosto de 2026 y finalizará el día 18 de Diciembre de 2026, de conformidad con los plazos establecidos en el Calendario Fiscal de la Ciudad Autónoma de Melila del ejercicio vigente.
La fecha de cargo en cuenta de las domiciliaciones bancarias será el 2 de Octubre de 2026.
El pago podrá realizarse:
Transcurrido el plazo voluntario de ingreso sin haber realizado este, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los correspondientes recargos del período ejecutivo a que se refiere el artículo 28 de la Ley General Tributaria, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
- RECURSOS
Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al recurso Contencioso-Administrativo, ante el titular del Órgano correspondiente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes contados desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública de los mismos sin que su interposición origine la suspensión de dichos actos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Todo ello sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se estime oportuno conforme a derecho.
Melilla, a 24 de julio de 2026,
La Directora General de Ingresos Públicos,
María Ángeles Quevedo Fernández