ARTÍCULO 938 - BOME-A-2026-938

BOME Nº 6404 del martes, 11 de agosto de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA

Orden nº 1063, de fecha 6 de agosto de 2026, relativa a resolución provisional de concesión de subvención relativa al Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible de la Ciudad Autónoma de Melilla (Programa MOVES III 2025).


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RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN RELATIVA AL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA MOVILIDAD EFICIENTE Y SOSTENIBLE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA. (PROGRAMA MOVES III 2025).

El Consejero de Medio Ambiente y Naturaleza, mediante Orden de fecha 6 de agosto de 2026, registrada al número 2026001063 del Libro de Resoluciones No Colegiadas, ha establecido:

PRIMERO. - Esta convocatoria tiene como base al Real Decreto Ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III 2025) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo. Este real decreto tiene por objeto la aprobación de los programas de incentivos a la movilidad eléctrica: programa para el fomento de la adquisición de vehículos eléctricos y programa de apoyo al despliegue de la infraestructura de recarga, ambos en el ámbito del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, estableciendo las normas especiales, con el carácter de bases reguladoras, para la concesión de subvenciones de los mismos.

SEGUNDO. - Por acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 2 de diciembre de 2025, por el que se aprueban la Convocatoria y las Bases del Programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III 2025) de la Ciudad autónoma de Melilla, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, se hace constar que de conformidad con el art. 5 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad (BOME n.º 4224, de 9 de septiembre de 2005), se atribuye al Consejo de Gobierno la competencia para aprobar las bases que se dicten para cada modalidad de subvención, mientras que corresponde al Consejero competente por razón de la materia la de convocar, quien deberá cumplir con las recomendaciones realizadas por la Intervención en su informe de conformidad.

TERCERO. - Por Resolución n.º 2025000904, de 4 de diciembre de 2025, relativo a la aprobación de las Bases de la CONVOCATORIA DEL “PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA MOVILIDAD EFICIENTE Y SOSTENIBLE (PROGRAMA MOVES III 2025) DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que establece los requisitos a cumplimentar ante el Órgano de la Administración que proceda, en este caso ante la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza. (BOME 6334 de 9/12/2025).

CUARTO. – Conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, en su artículo 1. Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025.

Mediante este real decreto-ley, se regula el Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025.

El programa se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III 2025) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en los términos que prevé el artículo 5 de este real decreto-ley.

El período de vigencia de este programa se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de las bases de la convocatoria, el órgano competente para ordenar e instruir los procedimientos de concesión será la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza.

2.- Que la competencia para la realización de la Propuesta Provisional de concesión recae sobre el Instructor, a la vista del expediente y del informe del Órgano Colegiado, conforme a lo establecido en el Art. 15 del Decreto 498 de 7 de septiembre de 2005, del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad autónoma de Melilla.

3.- Los beneficiarios propuestos en el Informe del instructor como favorables cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a la subvención.


4.- Queda constatada la existencia de crédito adecuado y suficiente, para hacer frente a las obligaciones económicas derivadas de la concesión de la Fase 1 de la citada subvención según lo acreditado mediante los preceptivos documentos contables de Retención de Crédito (RC) validados con fecha 15 de abril de 2026: el primero, correspondiente a la línea «SUBVENCIÓN MOVES 2025 COSTES INDIRECTOS» por valor de 36.701,60€, con código de aplicación presupuestaria 07/42500/78000 y documento contable n.º 12026000014730; y el segundo, relativo a la línea «SUBVENCIÓN MOVES 2025» por valor de 697.330,40€ , con idéntico código de aplicación presupuestaria 07/42500/78000 y documento contable n.º 12026000014728.

5.- La selección de las solicitudes a subvencionar se realizará teniendo en cuenta el riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.

Por todo lo anteriormente expuesto, este órgano instructor adopta el siguiente acuerdo:

1.- Proponer provisionalmente como FAVORABLES, por cumplir con los requisitos de las bases reguladoras y de la convocatoria, los interesados que se relacionan a continuación:

 

Nº EXPEDIENTE SOLICITANTE DN.I. / C.I.F. PROGRAMA SUBVENCIÓN (€)
39634/2025 ALEJANDRO SILVA CORDOBA 45306890H 1 4.500,00 €
39640/2025 ALEJANDRO SILVA CORDOBA 45306890H 2 1.266,72 €
41075/2025 PEDRO AMAT FERNANDEZ 45273616W 1 4.500,00 €
41069/2025 CONCEPCION SANCHEZ HEREDIA 45273616W 1 2.500,00 €
41079/2025 MARTA SERRANO SANCHEZ 45306885J 1 4.500,00 €
41082/2025 CHAIMAE CHANT MAACH 44114035N 1 5.000,00 €
41060/2025 JESUS COBO ROMAN 45281702S 1 4.500,00 €
39576/2025 JOSE MANUEL FERRER PASTOR 45267476A 1 4.500,00 €
39582/2025 ANTONIO JOSE MORATA SOLER 45276091Q 1 7.000,00 €
39651/2025 FABIO JOSE GONZALEZ LOPEZ 44275583P 1 1.100,00 €
41142/2025 DOMINGO BARRAQUERO MORENO 45271448L 1 4.500,00 €
39624/2025 ANTONIO HERNANDEZ SANCHEZ 45270471P 1 2.500,00 €
39570/2025 ANA ISABEL CARVAJAL GARCIA 45303006K 1 7.000,00 €
40751/2025 JOSE ANTONIO CRUCES GALIANO 45274058F 1 5.000,00 €
39580/2025 JOSE CARLOS MARTINEZ ASENSIO 45271043M 1 7.000,00 €
39565/2025 ANDRES EDUARDO GARCIA SALAZAR Y8241268Z 1 4.500,00 €
41550/2025 FARID BOUCHIH BENALI 45305433X 1 2.500,00 €
41695/2025 HASSAN MOHAMED AL-LAL 45281771S 1 4.500,00 €
41894/2025 JOSE ANTONIO PAU CUEVAS 50819810E 1 7.000,00 €
43336/2025 SEGUNDO MERINO BARRERO 45268542B 1 5.000,00 €
46623/2025 ANGEL ORTEGA LOPEZ 45283163G 1 5.000,00 €
47006/2025 FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ SANTAELLA 74836082Q 1 2.500,00 €
47105/2025 SONSOLES LOPEZ HIRSCHFELD 33398913S 1 4.500,00 €
47173/2025 JAVIER IGLESIAS RODRIGUEZ 02244171S 1 5.000,00 €
47286/2025 REAL FEDERACION MELILLENSE DE FUTBOL G5200203 1 2.900,00 €
47291/2025 MOUSTAPHA EL FOUNTI AALLOUCH 45314440R 1 4.500,00 €
47341/2025 AISA ABDESLAM AISA 45280971C 1 4.500,00 €
47374/2025 FRANCISCO SANTIAGO SANTIAGO 45275838Q 1 2.500,00 €

47367/2025 MANUEL RODRIGUEZ JERONIMO 23794777N 1 4.500,00 €
47381/2025 MIGUEL FELIX VALVERDE MARTINEZ, 45295923E 1 4.500,00 €
47383/2025 ABDELKADER AL-LALSI MOHAMED 45287793B 1 2.500,00 €
7378/2026 ANA MARTIN ESPINOSA 45272019S 1 4.500,00 €
7407/2026 JOSÉ JAVIER SÁNCHEZ GARCÍA 45313913A 1 5.000,00 €
7589/2026 ANTONIO CREUS CABELLO 45271013K 1 2.500,00 €
7678/2026 JOSE MANUEL LOPEZ CHORRO 45266185T 1 7.000,00 €
7765/2026 JORGE SAAVEDRA BENITEZ 45274886F 1 7.000,00 €
7780/2026 EDUARDO CALDERAY RODRIGUEZ 45275600P 1 7.000,00 €
8086/2026 JUAN ANTONIO MARMOLEJO MARTIN 45277675J 1 4.500,00 €
8117/2026 LUIS SERRANO ESCRIBANO 45283402J 1 2.500,00 €
8473/2026 MIGUEL ANGEL PEREZ GOMEZ 45303781Z 1 4.500,00 €
8518/2026 JAEL SANCHEZ SANCHEZ 75236448K 1 7.000,00 €
8550/2026 ALI BOUCHIH BEN ALI 26748807Z 1 5.000,00 €
9002/2026 DANIEL ZAYAS LOPEZ 45318375A 1 2.500,00 €
9025/2026 JUAN VICENTE ALCALA MARTINEZ 45278235K 1 2.500,00 €
9035/2026 JOSEFA MARTINEZ ALVARO 45273925N 1 7.000,00 €
9097/2026 SISTEMAS Y APLICACIONES HIDRAULICAS S.L. B52032356 1 3.600,00 €
9350/2026 MARIA VAZQUEZ MUÑOZ 45309326Q 1 7.000,00 €
9631/2026 JUAN FERNANDEZ LARA 14326356R 2 1.164,80 €
9666/2026 ESTEBAN BARAJAS MARTINEZ 77342613F 1 4.500,00 €
9742/2026 ENRIQUE JOSE CATALINAS ARACIL 45271289K 1 7.000,00 €
9921/2026 MARIA ISABEL JIMENEZ GARCIA 45280229Z 1 4.500,00 €
9965/2026 ANA MARIA MORANDEIRA RAMIREZ 45316117E 1 4.500,00 €
10022/2026 JESUS MIGUEL GONZALEZ LEVY 45268678D 1 2.500,00 €
10059/2026 IRENE ROLDAN JIMENEZ 45294981T 1 7.000,00 €
10085/2026 VANESA MARTINEZ GINES 45301302L 1 7.000,00 €
10496/2026 SANTIAGO JOSÉ CRUZ LÓPEZ 74649170W 1 4.500,00 €
10531/2026 ALICIA GEMA RUBIO ANTON 45306524C 1 4.500,00 €
10713/2026 LAURA HIDALGO JIMENEZ 45298511B 1 7.000,00 €
10801/2026 PEDRO FRANCISCO REYES MOLINA 45701291S 1 5.000,00 €
10812/2026 GONZALO RODRIGUEZ COLUBI REMARTINEZ 14634412H 1 7.000,00 €
10864/2026 JOSE CARLOS MARTINEZ ASENSIO 45271043M 2 2.167,80 €

 

2.- Proponer provisionalmente como DESFAVORABLES, por incumplimiento de alguno de los requisitos de las bases reguladoras o de la convocatoria, indicándose el motivo de la causa que se relaciona a continuación:

 

Nº EXPEDIENTE SOLICITANTE DN.I. / C.I.F. PROGRAMA MOTIVO DE EXCLUSIÓN
5879/2025 ALVARO SANZ FEBRER 49075159J 1  (2)

39555/2025 SAMIR KANDUCHI MOHAMED 45303927E 1  (1)
6527/2026 CHAIMAE CHANT MAACH 44114035N 2  (2)
39558/2025 ALONSO TRUJILLO HEREDIA 45321642G 1  (2)
39377/2025 CRISTIAN RUIZ POTZLBERGER 76634006F 1  (2)
39615/2025 MELIREP S.L B52002508 1  (5)
39598/2025 RAFAEL JOSE LOPEZ GUERRERO 45279406L 1  (2)
47118/2025 ISLAM MOHAMED AISA 45311332K 1  (2)
47388/2025 RACHID BUSSIAN MOHAMED 45301862G 1  (2)
7270/2026 RACHID BUSSIAN MOHAMED 45301862G 2  (2)
7229/2026 CHARGING TOGETHER S.L. B13938378 2  (2)
7581/2026 CHARGING TOGETHER S.L. B13938378 2  (2)
7602/2026 MIGUEL ANGEL BERRUEZO MARTINEZ 45285927P 1  (5)
7799/2026 JUAN MANUEL ROSSO MARTINEZ 45066013C 1  (2)
8880/2026 MULTISERVICIOS E INSTALACIONES DE MIGUEL S.L. B23957111 1  (5)
9050/2026 SANA JALLAT ABDESLAM MOHAMED 45306161W 1  (2)
9055/2026 SANA JALLAT ABDESLAM MOHAMED 45306161W 2  (2)
9424/2026 ANA MARIA MORANDEIRA RAMIREZ 45316117E 2  (2)
9619/2026 ENRIQUE JOSE CATALINAS CONCA 18054387P 1  (2)
9684/2026 ESTEBAN BARAJAS MARTINEZ 77342613F 2  (2)
9906/2026 ENRIQUE JOSE CATALINAS ARACIL 45271289K 2  (2)
10040/2026 MINA BUZZIAN MOHAMED 45301861A 1  (2)
10077/2026 DIEGO MARTINEZ GOMEZ 45271140X 2  (2)
10113/2026 SEBASTIAN SERAFINI ESPINOSA 05459693E 1  (2)
10518/2026 LEMIA MOHAMED DRIS 45302110E 1  (2)
10692/2026 SERVICIOS ELECTRICOS Y AUDIOVISUALES MELILLA S.L. B52009487 1  (5)
10769/2026 FRANCISCO JAVIER PADILLA VIZCAINO 45289439R 1  (2)
10790/2026 JUAN CARLOS MARQUEZ ALONSO 74640279N 1  (2)
10837/2026 JOSE CARLOS MEDERO RAMIREZ 45269277X 1  (2)
10848/2026 JOSE CARLOS MEDERO RAMIREZ 45269277X 2  (2)

 

MOTIVOS DE EXCLUSIÓN:

(1) Categoría vehículo no incluida

(2) Documentación incompleta *

(3) Desistido a petición del solicitante

(4) Caducado

(5) Desestimado

(6) Falta certificado obligaciones Tributarias.


* Las solicitudes excluidas por documentación incompleta (motivo 2) o por falta del certificado obligaciones tributarias (motivo 6) podrán ser subsanadas para su inclusión en la siguiente fase. A tal efecto, se establece la obligatoriedad de aportar la documentación preceptiva durante el plazo de vigencia de la convocatoria, fijado para su justificación hasta el 31 de diciembre de 2026.

Asimismo, de conformidad con lo previsto en las bases de la convocatoria aprobada mediante la citada Orden n.º 2025000904 (BOME n.º 6334, de 9 de diciembre de 2025), relativo al procedimiento de concesión y justificación establece en los apartados del punto 11:

- Apartado 11.6 “Los destinatarios últimos de las ayudas reguladas en esta convocatoria, en el plazo máximo de doce meses contados desde la fecha de la notificación de la concesión, deberán justificar la realización de la inversión requerida para llevar a cabo la actuación objeto de ayuda, a través de la presentación de la documentación establecida para cada actuación subvencionable. La documentación que se aporte para justificar la ejecución de la actuación debe ser coherente con la información aportada en el formulario de solicitud de la ayuda.”

- Apartado 11.7 “En caso de que el destinatario final de la ayuda no cumpliera con la obligación de justificación establecida en el precedente apartado no se procederá al pago de la subvención y se declarará la pérdida del derecho al cobro de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, 21 de julio, utilizando, para ello, el procedimiento previsto en el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.”

FUNDAMENTOS DE DERECHO

  • Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa - Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Reglamento 887/2006, de 21 de julio, General de Subvenciones.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME núm. 4224, de 9 de septiembre de 2005.
  • Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 2, de 30 de enero de 2017.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local.- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 35250/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:

PRIMERO. - ACORDAR LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE CONCESIÓN FAVORABLE PARA LA SUBVENCIÓN DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA MOVILIDAD EFICIENTE Y SOSTENIBLE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (PROGRAMA MOVES III 2025, Fase 1), de las subvenciones a los interesados con informe favorables, detallados en la citada relación. En la misma se especifican, como datos identificativos, el nombre del beneficiario, el n.º de expediente, el n.º de documento de identidad, el tipo de actuación y la cuantía económica correspondiente, ascendiendo el importe total de las concesiones a 279.199,32€.

SEGUNDO. - ACORDAR LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL DENEGATORIA DE CONCESIÓN PARA LA SUBVENCIÓN DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA MOVILIDAD EFICIENTE Y SOSTENIBLE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (PROGRAMA MOVES III 2025, Fase 1), de las subvenciones a los interesados con informe desfavorables detallados en la citada relación de Motivos de exclusión.

Las solicitudes excluidas por documentación incompleta (motivo 2) o por falta del certificado obligaciones tributarias (motivo 6) podrán ser subsanadas para su inclusión en la siguiente fase. A tal efecto, se establece la obligatoriedad de aportar la documentación preceptiva durante el plazo de vigencia de la convocatoria, fijado para su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2026.

TERCERO. - Se verifica que los solicitantes han aportado la declaración responsable expresando que no están incursos en las prohibiciones para obtener dicha condición, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS, de acuerdo con toda la información de la cual se dispone, los citados beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a la subvención.

CUARTO. - Publicar en el Boletín Oficial de Melilla (BOME), el contenido de la RESOLUCIÓN PROVISIONAL de concesión de la subvención, con indicación de nombre, apellidos e importes de las ayudas otorgadas a los beneficiarios. Asimismo, se concede un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acto, para la presentación de alegaciones contra dicha propuesta provisional, que serán tenidas en cuenta.

 

Melilla, a 7 de agosto de 2026,

La Secretaria Técnica Acctal. de Medio Ambiente y Naturaleza,

Mª Teresa Rosado López