ARTÍCULO 948 - BOME-A-2026-948

BOME Nº 6406 del martes, 18 de agosto de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

Orden nº 1429, de fecha 14 de agosto de 2026, relativa a propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la ciudad de Melilla, para el ejercicio 2026.


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El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 14/08/2026, registrada al número 2026001429, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

ASUNTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR  PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES NO COMPETITIVAS EN LA CIUDAD DE MELILLA, PARA EL EJERCICIO 2026.

I.- Que con fecha 16 de Junio de 2017, el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto registrado al número 201700091, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Habiendo sido aprobadas inicialmente por el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria, celebrada el día 7 de Abril de 2017, las Bases reguladoras de las Subvenciones institucionales para entidades implantadas en Melilla para el desarrollo de Programas y Actividades Físicas Saludables No Competitivas y sus Anexos I A IV, y publicadas en el BOME  núm. 5437, de 25 de Abril de 2017, éstas han pasado a ser definitivas, (publicadas en el BOME  núm. 5454, de fecha 23 de Junio de 2017), ante la falta de alegaciones en el plazo de información  pública, por la aplicación de lo establecido en el artículo 77.2 del Reglamento de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm.: 10, de fecha 19 de Mayo de 2012)

II.- Que con fecha 10 de Febrero de 2026, se procede, mediante Orden del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, registrada al número 2026000214,  a efectuar la Convocatoria correspondiente. (BOME  número 6353 de 13 de Febrero de 2026).

III.- Que, por parte del que suscribe, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de las correspondientes solicitudes presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.-2.3. de las correspondientes Bases.

IV.- Que con fecha 7 de Julio de 2026, se procede a la evacuación de dictamen del Órgano colegiado sobre las solicitudes presentadas, evaluándolas de acuerdo con el artículo 4.-2.4. de las correspondientes Bases.

V.- Que con fecha 23 de Julio de 2026, y al amparo del artículo 4.-2.4. de las correspondientes bases, se procede a la Resolución provisional de las mismas.

VI.- Que con fecha  24 de Julio 2026, se procede a la publicación de la Resolución Provisional en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, BOME núm  6399 (al amparo de lo dispuesto en el Artículo 4.2.4. de las Bases y en el apartado Sexto de la correspondiente Convocatoria para el ejercicio 2026), habiéndose concedido un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones..

VII.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, no se presentan alegaciones, Expediente 3635/2026.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 3635/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º) La concesión de la siguiente convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la ciudad de melilla, para el ejercicio 2026.

 


ADMITIDOS

 

ENTIDAD ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES D. PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LA ACT. DEPORTIVA PARTICIPACIÓN PRUEBAS POPULARES TOTAL EUROS
ENTIDAD ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES DESARROLLO PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LA ACTIVIDAD DEPORTIVA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES  EPORTIVAS NO COMPETITIVAS Y PRUEBAS POPULARES EUROS SUBVENCIÓN
  PUNTOS EUROS PUNTOS EUROS PUNTOS EUROS  
FEDERACIÓN BADMINTON 20,92 2.483,38 10,29 665,98     3.149,36.-€
CLUB TIRO CON ARCO ANFORA 14,50 1.720,97         1.720,97.-€
CLUB MULTISPORT MELILLA 34,48 100,00 27,23 1.762,94     1.862,94.-€
FEDERACIÓN HÍPICA 32,28 2.100,00 21,83 1.413,67     3.513,67.-€
FEDEREACIÓN HALTEROFILIA 19,47 2.311,17         2.311,17.-€
CLUB ARCO MELILLA 11,33 1.344,61         1.344,61.-€
CLUB MARÍTOMO MELILLA     31,49 2.038,58     2.038,58.-€
CLUB LPV MELILLA 23,88 2.834,10         2.834,10.-€
FEDERACIÓN CICLISMO 28,60 3.394,59 10,11 654,86     4.049,45.-€
CLUB OLIMPO FÉNIX 12,34 1.464,94 2,85 184,62     1.649,56.-€
CLUB JUAN CARO ROMERO 20,48 2.431,67         2.431,67.-€
CLUB TRAVELKAYAK 22,57 2.320,00         2.320,00.-€
CLUB ATLETICO MELILLA 33,94 3.600,00 30,77 1.992,34 48,93 2.162,33 7.754,66.-€
FEDERACIÓN VOLEIBOL 18,09 2.147,05         2.147,05.€-
CLUB NATACIÓN LA SALLE EL CARMEN 18,70 2.219,53 30,63 1.983,09     4.202,62.€-
CLUB ATLETISNMO PLAYA MELILLA 26,04 3.091,53 23,15 1.498,60     4.590,12.€-
CLUB GIMNASIA RITMICA VIRKA 25,07 2.975,38 22,51 1.457,17     4.432,55.-€
FEDRERACIÓN GIMNASIA 24,73 2.935,81 24,59 1.592,24     4.528,05.-€
CLUB MILENIUM F.S.     32,83 2.125,53     2.125,53.-€
FEDERACIÓN TRIATLON 12,20 1.448,08 3,77 244,01     1.692,08.-€
ASOC. CULTURAL DEPORTIVA SANTA RITA 26,03 900,00     67,08 1.800,00 2.700,00.-€
GRUPO AVENTURA MOTOR MELILLA 12,00 1.424,47     28,95 1.279,18 2.703,65.-€
FEDERACIÓN NATACIÓN 37,90 4.498,46 38,00 2.460,37     6.958,84.-€
CLUB PESKAYAK MELILLA 19,99 2.372,46 3,30 213,85     2.586,30.-€
FEDERACIÓN BALONCESTO 75,18 8.550,00 56,04 3.628,26     12.178,26.-€
FEDERACIÓN TENIS     30,27 1.959,59     1.959,59.-€
C€LUB LA SALLE 34,68 3.946,00 31,93 2.067,63     6.013,63.-€

€ASOC. FEAFES MELILLA SALUD  MENTAL 19,17 2.000,00         2.000,00.-€
CLUB TRAINER 13,08 1.552,30     32,16 1.421,28 2.973,59.-€
CLUN UNION DEPORTIVA MELILLA     27,50 1.780,33     1.780,33.-€
ASOC. AUTISMO MELILLA

1,10

2.000,00 29,39 1.902,98     3.902,98.-€
CLUB 16 ENTRENADORES 14,30 1.697,49         1.697,49.-€
ASOC. MELILLA INSERCIÓN 12,57 1.491,92 3,26 210,90     1.702,81.-€
CLUB AGORA GIMNASIA RITMICA     15,30 990,61     990,61.-€
ASOC. MUJERES MENOPAUSICAS 26,57 3.153,80         3.153,80.-€
CLUB PESCA MEDITERRANEO 14,90 1.768,72         1.768,72.-€
FEDERACIÓN DE PADEL 41,70 4.949,68 31,81 2.059,67     7.009,35.-€
CLUB NUESTRA SEÑORA DEL BUEN CONSEJO     22,55 1.459,73     1.459,73.-€
FEDERACIÓN SOCIO CULTURAL Y F. M. FÚTBOL     41,83 2.708,27     2.708,27.-€
MELILLA CITY, S.L. 21,03 2.496,78 28,63 1.853,42     4.350,20.-€
CLUB DON BICI MELILLA         18,95 837,21 837,21.-€
CLUB CEIP REAL 12,93 1.534,86 2,83 183,33     1.718,19.-€
FEDERACIÓN BALONMANO 22,90 2.718,32 9,25 598,64     3.316,96.-€
CLUB TEAM FUSIÓN MELILLA     6,22 402,54     402,54.-€
FEDERACIÓN DE ATLETISMO 25,73 3.054,65 13,79 892,78     3.947,44.-€
CLUB BALONMANO EL ACIRAS 19,16 2.274,97 5,58 361,30     2.636,27.-€
CLUB PEÑA REAL MADRID DE MELILLA 11,00 1.305,50 10,91 706,68     2.012,18.-€
ASOC. SOCIOEDUCATIVA MERAKI 13,42 1.592,91 3,55 229,58     1.822,48.-€
CLUB PEÑA SANTILLANA DE MELILLA 10,90 1.293,89 11,06 715,93     2.009,83.-€

 

2º) La denegación de la siguiente convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la ciudad de melilla, para el ejercicio 2026.

EXCLUIDOS

Se excluye de la valoración las siguientes solicitudes al no cumplir los requisitos necesarios, según informes de la Sra. Instructora que obran en sus respectivos expedientes.

No cumplen atendiendo al precepto del Art. 2

“a) Que estén legalmente constituidas con una antigüedad de dos años”.

  • PROJECTARTE
  • ASOCIACIÓN DE INSERCIÓN FUT TABEL

A continuación, se procede a estudiar y valorar por parte del ORGANO COLEGIADO cada uno de los proyectos presentados por las entidades solicitantes, debiendo tenerse en cuenta las siguientes consideraciones, no son objeto de valoración:


  • Programas de actividades físicas saludables
    • FUNDACION SOCIO CULTURAL Y DEPORTES DE LA FEDERACION MELILLENSE DE FUTBOL. Al no aportar beneficiarios.
    • C.D.E. TEAM FUSION MELILLA. Proyecto presentado por la Federación Melillense de Atletismo.

B.- Programas de desarrollo psicomotor e introductores a la actividad deportiva. Todos son objeto de subvención.

C. Programas de participación en actividades deportivas no competitivas y pruebas populares. No es objeto de esta subvención.

567.- Decreto n.º 91 de fecha 16 de junio de 2017, relativo a bases reguladoras de las subvenciones institucionales para entidades implantadas en Melilla, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas. Art.3.- Proyectos a Subvencionar. d) Programas de participación en actividades deportivas no competitivas y pruebas populares. Aquellos destinados a la participación de deportistas melillenses en actividades deportivas no competitivas y pruebas de carácter popular que, por razones de sus características específicas, no se puedan realizar en la ciudad de Melilla y que se desarrollen dentro del territorio nacional. Quedan excluidas de este apartado todas las pruebas que ostenten la condición de Campeonato de España/Europa/Mundo, Copa de España/Rey/Reina/Príncipe, Campeonato Autonómico, Pruebas Clasificatorias y cualquier otra que, por razones de sus características y participantes, sean objeto de subvención a través del “Programa de ayudas para entidades deportivas implantadas en Melilla para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la ciudad de Melilla”. Podrán ser beneficiarios de estos programas, todos los integrantes de cualquier entidad que reúna los requisitos establecidos en el artículo 2 de las presentes Bases y que ostenten la condición de melillense de acuerdo con el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla. Como máximo, cada entidad y persona directamente beneficiaria, podrá optar a la subvención de uno (1) de estos programas por cada convocatoria realizada. Podrán ser subvencionables, en el caso de los Programas de participación en actividades deportivas no competitivas y pruebas populares, los gastos derivados de la insularidad (desplazamiento a la península), kilometraje y transporte interno, alojamiento y manutención y traslado de material específico y necesario para la participación en la prueba en cuestión, de acuerdo a los parámetros que se establezcan en la correspondiente Orden de Convocatoria anual de las presentes Bases, no siendo subvencionables cualquier otro gasto no reflejado en este apartado.

  • CLUB D.E. MULTIESPORT MELILLA
  • FEDERACION MELILLENSE DE HÍPICA
  • CLUB OLIMPO FENIX
  • FEDERACION MELILLENSE DE BALONCESTO
  • CLUB NUESTRA SEÑORA DE BUEN CONSEJO
  • FUNDACION SOCIO CULTURAL Y DEPORTES DE LA FEDERACION MELILLENSE DE FUTBOL.
  • FEDERACIÓN MELILLENSE DE PADEL
  • CLUB D. PESCAYAK MELILLA
  • FEDERACION MELILLENSE DE CICLISMO. Al no aportar beneficiarios, ni lugar de celebración, ni calendario.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 14 de agosto de 2026,

El Secretario Técnica Acctal. de Educación, Juventud y Deporte P.A.,

El Secretario Técnico de Hacienda (Decreto nº 2026000146 de fecha 10/04/2026),

Sergio Conesa Mínguez