ARTÍCULO 950 - BOME-A-2026-950

BOME Nº 6406 del martes, 18 de agosto de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA

Relación provisional de entidades admitidas y excluidas de la convocatoria de 2026, para subvenciones de programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por ciento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.


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LISTA PROVISIONAL DE ENTIDADES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS DE LA CONVOCATORIA DE 2026 PARA SUBVENCIONES DE PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO A LA ASIGNACIÓN DEL 0,7 POR CIENTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.

I.- Mediante Orden núm. 1791 de fecha 15 de julio de 2026 la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública procede a la aprobación de la convocatoria de 2026 de SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LOS PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO A LA ASIGNACIÓN DEL 0,7 POR 100 DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, CON SUJECIÓN A LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL DIRIGIDAS A FINES DE INTERÉS SOCIAL A DESARROLLAR POR ENTIDADES DEL TERCER SECTOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (BOME nº 6397 de 17-07-2026).

II.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3 de la convocatoria, procede hacer pública la lista provisional de entidades admitidas y excluidas, concediéndose un plazo de diez (10) días para la subsanación y mejora de las solicitudes que así lo requieran, con apercibimiento de que, si no se hiciera, se tendrá por desistida de la petición, previa resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Dirección General PROPONE que se adopte la siguiente:

Primero. -  Aprobar y disponer la publicación de la lista provisional de las solicitudes de entidades ADMITIDAS (ANEXO I). La inclusión en esta lista de admitidos no crea derecho alguno a favor de las entidades, mientras no se haya notificado la resolución de concesión, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. - Hacer pública la lista provisional de solicitudes EXCLUIDAS por falta de documentación o adolecer de algún defecto (ANEXO II).  Estas entidades tendrán un plazo de DIEZ DÍAS (10 días hábiles) para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos. Si no lo hiciesen, se les tendrá por desistidas en su solicitud, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. - Toda entidad participante en la presente convocatoria que afirme tener implantado un Sistema de Gestión de Calidad (SGS), así como disponer de un control de cuentas mediante Auditoría Externa (AE) de su gestión económica referida a la anualidad inmediatamente anterior a la de la convocatoria, o prevé el concurso de personal voluntario para la ejecución de los proyectos de actividades para los que solicita subvención deberá aportar en un plazo no superior a 10 días hábiles justificación fehaciente de dichos extremos mediante certificación expedida por el organismo correspondiente en el caso de SGS y de AE, así como adjuntar recibo de la póliza de Seguro de Accidentes y Responsabilidad Civil que cubra a los voluntarios conforme a lo dispuesto en la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado.

Cuarto. - Para la valoración de las entidades conforme a lo establecido en el artículo 8.1.g) de las Bases Reguladoras en lo concerniente a presupuesto y financiación del año anterior (epígrafe 5 del ANEXO II), estas deberán justificar sus ingresos, tanto propios como por otras fuentes de financiación, mediante la aportación de al menos uno de los siguientes documentos:

  • Auditoría externa
  • Estados contables
  • Acta de la Junta Directiva de la entidad en la que se haga constar la existencia de fondos propios y su procedencia.

Quinto. - A efectos de valoración objetiva de la entidad y programas, y de conformidad con lo dispuesto el artículo 8 de las Bases Reguladoras, la documentación presentada deberá encontrarse en vigor.

 

 


ANEXO I

Lista PROVISIONAL de solicitudes de entidades admitidas a trámite

 

Número exp. ENTIDAD C.I.F.
27277/2026 CRUZ ROJA ESPAÑOLA Q2866001G Q2866001G
27326/2026 ASOCIACIÓN DE PERSONAS SORDAS DE MELILLA (ASOME) G29963915 G29963915
27932/2026 SSVP-CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ G28256667 G28256667
27747/2026 CONFEDERACIÓN NACIONAL DE MUJERES EN IGUALDAD   G80409105 G80409105
27758/2026 FEAFES MELILLA   G52006871 G52006871
27437/2026 FUNDACIÓN YEHUDI MENUHIN ESPAÑA   G82260282 G82260282
28074/2026 ASOCIACIÓN MELILLA ACOGE   G29957495 G29957495
27370/2026 ASOCIACIÓN AUTISMO MELILLA   G52019189 G52019189
27931/2026 ASOCIACION MELILLA INTEGRA G520353687 G520353687
28176/2026 MÉDICOS DEL MUNDO   G79408852 G79408852
27480/2026 AMLEGA G52014347 G52014347
27968/2026 ACEMM G79963237 G79963237
27969/2026 RED ESPAÑOLA DE ENTIDDES POR EL EMPLEO. RED ARAÑA G58579806 G58579806
28171/2026 ASPANIES PLENA INCLUSIÓN MELILLA G29950813 G29950813
27715/2026 ASOCIACIÓN PROYECTO ALFA G52023231 G52023231
27986/2026 ASOCIACION CULTURAL GITANOS DEL SIGLO XXI G52028537 G52028537
27614/2026 FUNDACIÓN MARCELINO CHAMPAGNAT G54618517 G54618517
28164/2026 ASOCIACION HUELLAS DE LA SOLIDARIDAD G67752766 G67752766
28167/2026 FUNDACIÓN SAVE THE CHILDREN G79362497 G79362497
28621/2026 SCOUTS MELILLA G29961158 G29961158
28179/2026 CAPACES G52039658 G52039658
28180/2026 FUNDACION CRUZ BLANCA G91397570 G91397570
28182/2026 FUNDACION LUCARO G67772657 G67772657
28315/2026 ASOCIACION MARE NOSTRUM G52021706 G52021706
28329/2026 FUNDACIÓN SOCIOCULTURAL Y DEPORTIVA DE LA FEDERACIÓN MELILLENSE DE FUTBOL G52020187 G52020187
28330/2026 ASOCIACION EVOLUTIO G52026432 G52026432

ANEXO II

Lista provisional de entidades EXCLUIDAS que deberán aportar/subsanar la documentación

 

Número exp. ENTIDAD C.I.F. CÓDIGO
27927/2026 ASOCIACION VECINOS SOLIDARIOS G10644797 G10644797 a.b.c y h
27928/2026 PLATAFORMA EL TECHO ES UN DERECHO MELILLA G16921371 G16921371 a y c
28111/2026 FUNDACIÓN DIAGRAMA INTERVENCIÓN PSICOSOCIAL G73038457 a incompleto
28170/2026 ASOCIACIÓN FAMILIARES DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS DE LA CAM G29962412 a y c
28174/2026 MOVIMIENTO POR LA PAZ EL DESARME Y LA LIBERTAD (MPDL) G28838001 g y h
28320/2026 ASOCIACION MELILLA ACTIVA G52020476 G52020476 a y c
28315/2026 ASOCIACION PUENTE DE OPORTUNIDADES G55458921 G55458921 i

 

Códigos de los motivos de exclusión y, en su caso, subsanación

 

Documento que requiere ser aportado y/o subsanado Código
ANEXO I - Solicitud (a presentar en formulario normalizado de la CAM), uno por entidad. a
ANEXO II - Memoria explicativa de la entidad (a presentar en formulario normalizado de la CAM), uno por entidad. b
ANEXO III – Memoria explicativa del programa (a presentar en formulario normalizado de la CAM), tantos como programas presentados. c
ANEXO IV Declaración Responsable Protección Jurídica del Menor. (a presentar en formulario normalizado de la CAM), tantos como programas presentados. d
ANEXO V Declaración responsable Art 13 y 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (a presentar en formulario normalizado de la CAM). e
ANEXO VI Declaración responsable a los efectos de lo establecido en el art 22 del RD 887/2006. (a presentar en formulario normalizado de la CAM). f
ANEXO VII – Declaración responsable de concurrencia de ayudas y gratuidad de los servicios prestados. (a presentar en formulario normalizado de la CAM) (a presentar en formulario normalizado de la CAM). g
ANEXO VIII - Declaración responsable sobre autorización para que entidades vinculadas puedan desarrollar el programa/proyecto/actividad en las dependencias y/o con beneficiarios de la entidad autorizante (a presentar en formulario normalizado de la CAM), tantos como programas presentados. h
Acreditar la entidad un mínimo de tres años de antigüedad (Este requisito no es subsanable) i

 

Melilla, a 14 de agosto de 2026,

El Técnico de Administración General,

Ahlam Chanfouh Aouragh

 

El Director General de Servicios Sociales,

José Antonio Castillo Martín