ARTÍCULO 955 - BOME-A-2026-955

BOME Nº 6407 del viernes, 21 de agosto de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Orden nº 3884, de fecha 18 de agosto de 2026, relativa a relación definitiva de los aspirantes para la provisión, mediante concurso de méritos, del puesto de trabajo de Jefe/a de Negociado de Consumo.


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La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden de 18/08/2026, registrada al número 2026003884, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Habiendo finalizado el día 11 de agosto de 2026 el plazo de presentación de reclamaciones contra la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, publicada en el BOME número 6402, de 4 de agosto de 2026, correspondiente a los procedimientos para la provisión, mediante concurso de méritos, de los puestos de trabajo de Jefe/a de Negociado de Consumo, Jefe/a de Negociado de Sanidad y Jefe/a de Sección de Procedimientos Administrativos en materia de Sanidad, y examinadas las reclamaciones, en su caso, presentadas dentro del plazo establecido, procede elevar a definitiva la citada relación.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 14559/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Primero. Aprobar la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos correspondiente al procedimiento para la provisión, mediante concurso de méritos, del puesto de trabajo de Jefe/a de Negociado de Consumo, en los siguientes términos:

ASPIRANTES ADMITIDOS

 

ORDEN APELLIDOS Y NOMBRE
1 MONTILLA MIRALLES, NURIA IRENE

 

ASPIRANTES EXCLUIDOS

 

ORDEN  APELLIDOS Y NOMBRE MOTIVO DE EXCLUSIÓN
1 ESCOBAR BENAVENTE, MARÍA JOSÉ No cumplir con el requisito específico de la Base Segunda de la convocatoria de acreditar una permanencia mínima de dos años en el último puesto de trabajo de destino definitivo y reunir los requisitos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo. Los funcionarios/as de carrera que, reuniendo los requisitos para desempeñar el puesto, se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular, solo podrán participar si, al término del plazo de presentación de instancias, llevasen más de dos años en dicha situación.

 

Segundo. Declarar DEFINITIVAMENTE DESIERTOS los procedimientos para la provisión, mediante concurso de méritos, de los siguientes puestos de trabajo:

  • Jefe/a de Negociado de Sanidad.
  • Jefe/a de Sección de Procedimientos Administrativos en materia de Sanidad.

Publíquese la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas correspondiente al procedimiento para la provisión del puesto de trabajo de Jefe/a de Negociado de Consumo, así como la relación definitiva de los puestos de trabajo declarados desiertos correspondientes a las convocatorias para la provisión de los puestos de Jefe/a de Negociado de Sanidad y Jefe/a de Sección de Procedimientos Administrativos en materia de Sanidad, en cumplimiento de lo dispuesto en las Bases Generales para los procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante concurso general de méritos y libre designación, reservados al personal funcionario de carrera y al personal laboral fijo incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2026-2027.

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).


El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 18 de agosto de 2026,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler