Decreto nº 339, de fecha 20 de agosto de 2026, por el que se revoca el Decreto nº 243 de fecha 26 de mayo de 2026, incorporándose la titular de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública.
El Excmo. Sr. Presidente, por Decreto de fecha 20 de agosto de 2026, registrado al n.º 2026000339 del Libro de Resoluciones no Colegiadas, ha dispuesto lo siguiente:
“El Decreto del Presidente nº 0914, de 10 de julio de 2023, de establecimiento de la nueva organización de la estructura institucional y administrativa (BOME extraordinario nº 45 de 10 de julio de 2023) dispuso la creación de las Consejerías de la Ciudad para el ejercicio de las políticas públicas con el propósito de alcanzar una mayor eficacia en la acción del Gobierno en el presente mandato, incluyendo entre ellas la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública que asume las competencias administrativas atribuidas por el Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla ( BOME ext. Nº 54 de 31 de Julio de 2023).
Mediante Decreto de la Presidencia nº 243, de 26 de mayo de 2026 (BOME ordinario n.º 6383 de 29 de mayo de 2026), las competencias de la titular de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública se asumieron, por ausencia, por la titular de la Viceconsejería de Igualdad y Mujer.
Con fecha 20 de agosto de 2026 se produce la incorporación efectiva de la titular de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública.
De acuerdo con lo anterior, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas por el ordenamiento jurídico, y en particular por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad de la Ciudad VENGO EN DISPONER:
Primero.- Dejar sin efecto el Decreto n.º 243 de 26 de mayo de 2026.
Segundo.- Dar cuenta al Pleno de la Asamblea de la Ciudad del presente Decreto.
Tercero- Que se proceda a la publicación del Decreto en el Boletín Oficial de Melilla de conformidad con el art. 77.2 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y a la difusión de su contenido de conformidad con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en el Portal de Transparencia de la Ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno y el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla. “
Contra este Decreto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o su publicación.
Alternativamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación o su publicación.
Si se opta por la interposición del recurso de reposición en vía administrativa, transcurrido un mes desde su interposición sin que haya sido resuelto, se entenderá desestimado por silencio administrativo y a partir del día siguiente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo en el plazo de seis meses.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que traslado para su publicación y general conocimiento.
Melilla, a 20 de agosto de 2026,
El Secretario General Acctal. de la Asamblea,
Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025 (BOME Extra nº 9 14/02/2025),
Diego Giner Gutiérrez