Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 31 de julio de 2026, relativo a convocatoria de subvenciones públicas destinadas a la modernización de instalaciones interiores de agua para edificios en la Ciudad Autónoma de Melilla 2026.
El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 31 de julio de 2026, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO DECIMOCUARTO.- APROBACIÓN DEL GASTO, ASÍ COMO LA EJECUCIÓN SEGÚN LO CONTENIDO EN LAS BASES Y LA CONVOCATORIA, ADJUNTAS EN ESTE EXPEDIENTE, DE LA SUBVENCIÓN DENOMINADA “SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN DE INSTALACIONES INTERIORES DE AGUA PARA EDIFICIOS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA 2026”.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, que literalmente dice:
“A la vista de lo documentación existente en el expediente de referencia, dentro de la Dirección de Infraestructuras y Recursos Hídricos de la Ciudad Autónoma de Melilla y siendo competente para la aprobación de este expediente el Consejo de Gobierno, en virtud del Reglamento de Administración de la CAM (BOME ext. nº 2 de 30 de enero de 2017) y el Reglamento General de Subvenciones (BOME 4224 de 9 de septiembre de 2005), vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.
PRIMERO.- Aprobación del gasto, así como la ejecución según lo contenido en las bases y la Convocatoria, adjuntas en este expediente, de la subvención denominada “SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN DE INSTALACIONES INTERIORES DE AGUA PARA EDIFICIOS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA 2026”, con un presupuesto para el año 2026 de 120.000,00€ con cargo a la partida presupuestaria 2026/07/16100/78001 SUBVENCIÓN ADAPTACIÓN INSTALACIONES INTERIORES DE AGUA”.
SEGUNDO.- El procedimiento de concesión de la presente subvención se realiza mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia no competitiva (conforme al art 22.2.c de la Ley 38/2003, General de Subvenciones), como se establecen en las Bases de la misma.
TERCERO.- El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de su publicación en el BOME de la Ciudad Autónoma de Melilla, y se extenderá durante un plazo de 2 meses.
CUARTO.- La publicación del anuncio de la Convocatoria de esta subvención en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.
Aprobación del gasto, así como la ejecución según lo contenido en las bases y la Convocatoria, adjuntas en este expediente, de la subvención denominada “SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN DE INSTALACIONES INTERIORES DE AGUA PARA EDIFICIOS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA 2026”.
| Tipo documento | Nombre | CSV (link al documento) |
| PTS_M_0038 | BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN DE INSTALACIONES INTERIORES DE AGUA PARA EDIFICIOS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA 2026. | 16340630141202744334 |
En base a lo dispuesto en el art. 88.c) del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, el presente acto pone fin a la vía administrativa. Por lo que, en virtud del art. 93.1 del mismo cuerpo reglamentario, “Los actos que conforme a lo establecido en el presente Reglamento ponen fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que lo hubiese dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.”
El mencionado art. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, afirma que “1. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso- administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión. (...) 2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes. 3. Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.” Lo que se publica a los efectos oportunos.
Melilla, a 26 de agosto de 2026,
La Secretaria del Consejo de Gobierno,
Decreto nº 0103 de fecha 02/06/2025 (BOME Extra nº 35 03/06/2025),
María José Gómez Ruiz