ARTÍCULO 1011 - BOME-A-2026-1011

BOME Nº 6413 del viernes, 11 de septiembre de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Orden nº 4082, de fecha 3 de septiembre de 2026, relativa a constitución de la comisión de valoración para la provisión del puesto de trabajo de Jefe/a de Negociado de Consumo en la Dirección General de Salud Pública.


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La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 03/09/2026, registrada al número 2026004082, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en la Base 6.ª de las Bases Generales para la convocatoria de concursos generales de méritos para la provisión de puestos de trabajo, publicadas en el BOME núm. 6357, de 27 de febrero de 2026, y en relación con la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Jefe/a de Negociado de Consumo en la Dirección General de Salud Pública,

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 14559/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Que la Comisión de Valoración para la provisión del puesto de trabajo de Jefe/a de Negociado de Consumo en la Dirección General de Salud Pública quede constituida por las siguientes personas:

COMISIÓN TITULAR

Presidente

D. Antonio Carmona Saavedra.

Vocales

D.ª Celia Porta Roja.

D.ª Natalia Ladaga Martínez.

Secretario

D. Francisco José Soler Rubio.

COMISIÓN SUPLENTE

Presidente

 D.ª Paula Aznar Martínez.

Vocales

D.ª Francisca Estébanez Botello.

D. Juan Manuel Coca Pérez.

Secretario

Dª. Pila Cabo León.

La Comisión de Valoración desarrollará sus funciones de conformidad con lo establecido en las bases que rigen la convocatoria y demás normativa de aplicación.

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.


Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 4 de septiembre de 2026,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler