Extracto de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva para las becas destinadas a deportistas melillenses denominadas “Melilla Ciudad del Deporte” para el ejercicio 2026.
TituloES: EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE FECHA 7/09/2026 CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LAS BECAS DESTINADAS A DEPORTISTAS MELILLENSES DENOMINADAS “MELILLA CIUDAD DEL DEPORTE” PARA EL EJERCICIO 2026
TextoES: BDNS(Identif.):928413
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928413)
Primero.- Bases Reguladoras y Plan Estratégico.- La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en lamisma, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvencione (en adelante LGS), en las Bases Reguladoras de las becas destinadas a deportistas melillenses denominada “Melilla, ciudad del deporte".
Segundo.- Créditos Presupuestarios.- Para hacer frente a los gastos dimanantes de la presente convocatoria sedestinará la cantidad de NOVENTA MIL EUROS (90.000,00 €), con cargo a la aplicacion presupuestaria2026 14 34100 48000 “Subvenciones al Deporte”, según informe de Retención de Crédito número12026000037311 de fecha 23 de julio de 2026.
Tercero.- Objeto y finalidad de la concesión.- Conforme establece el artículo 8 del RGSCAM, lasactividades que podrán ser subvencionados, son aquellas que se entienden englobadas en las áreas “d)Deporte: son subvencionables los gastos derivados de la organización de actos y actividades deportivas orelacionadas con la promoción del deporte”.
Cuarto.- Requisitos y forma de acreditarlos.- Podrán obtener la condición de beneficiario de estassubvenciones todas las personas físicas que, a la fecha de la publicación de la presente convocatoria, seencuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención.
Quinto.- Solicitudes.- Las solicitudes para el presente procedimiento de concesión de subvenciones enrégimen de concurrencia competitiva se presentarán a través de la sede electrónica de la Ciudad Autónomade Melilla, así como en cualesquiera de los registros admitidos en la normativa vigente, dirigidas al Sr.Consejero de Educación, Juventud y Deportes, debiendo reunir los requisitos y documentación previstos enlas Bases Reguladoras, así como aquella otra documentación, que de acuerdo con lo establecido en el artículo5.1. de las citadas bases, de manera específica se solicite a través de la presente convocatoria.El plazo para la presentación de solicitudes será de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, a contar desde elsiguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, deacuerdo con el artículo 5.6 de las Bases Reguladoras.
Sexto.- Instrucción.- De acuerdo con el artículo 4.2 de las Bases Reguladoras, la instrucción delprocedimiento se llevará a efecto por un empleado público de la Consejería de Educación, Juventud yDeportes, siendo designado para la mencionada instrucción D. José María López López.
Séptimo.- Criterios de valoración de las solicitudes.- Los criterios de valoración, de acuerdo con el artículo 8de las Bases Reguladoras.
Octavo.- Órgano colegiado.- De acuerdo con el artículo 4.2.4 de las Bases Reguladoras, el órgano colegiadocompetente para la propuesta de concesión estará compuesto por:o Presidente: Ángel Guerrero Molino, Director General de Política Deportiva.o Vocal: Javier Hierro Moreno, Empleado Público de la Consejería de Educación, Juventud yDeportes.o Vocal: Gerardo Estruch Casals, Empleado Público de la Consejería de Educación,Juventud y Deportes.o Secretario: Oliver Sánchez Vargas, Empleado Público de la Consejería de Educación,Juventud y Deportes.
Noveno.- Órgano competente para la resolución.- Conforme a lo previsto en el artículo 6 de las BasesReguladoras, la resolución del procedimiento se dictará, mediante Orden del Excmo. Sr. Consejero deEducación, Juventud y Deportes, en el plazo máximo de seis (6) meses que, por virtud de lo dispuesto en elartículo 17 del RGSCAM, computándose dicho plazo a partir de la publicación de la presente convocatoria.
Décimo.- Publicidad.- Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de lafinanciación de los programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier índole que se lleven a cabocon empleo de fondos provenientes de estas subvenciones, incluyendo en todas sus comunicaciones, ya seanpor escrito o a través de medios digitales o informáticos, los logotipos de la imagen institucional de la CiudadAutónoma de Melilla y de "Melilla, Ciudad del Deporte" y la leyenda siguiente: “Actividad/Programasubvencionado por”, insertando a continuación los citados logotipos.
Lugar de la Firma: Melilla
Fecha de la Firma: 2026-09-07
Firmante: Sr. D. Miguel Ángel Fernández Bonnemaison,
Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte