Orden nº 4447, de fecha 30 de septiembre de 2026, relativa a modificación del tribunal de selección para la provisión en propiedad de dos plazas de Agente Tributario (oposición libre).
La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 30/09/2026, registrada al número 2026004447, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Visto el escrito de renuncia formulado por D. Joaquín Mora Sánchez y el de abstención de Dª. Felicidad Vico Reyes, designados por Orden nº 3940, de 21 de agosto de 2026, Secretario y Vocal Titulares, respectivamente, en el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de dos plazas de Agente Tributario (oposición libre), y considerando que concurren causas justificadas para la renuncia y abstención,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 40454/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Aceptar la renuncia y abstención anteriores y que por tanto, el Tribunal de Selección mencionado, quede constituido por las siguientes personas:
TRIBUNAL TITULAR
Dª. María Ángeles Quevedo Fernández
Dª. Eugenia Desiree Cara Imbroda
D. Miguel Donaire Requena
D. Pedro Javier Cañada Espinosa
D. Joaquín Mora Sánchez
Dª. Soledad Silva Córdoba
D. Najim Bouyanzar Nassar
TRIBUNAL SUPLENTE
D. Antonio F. Valdivieso-Morquecho Escudero
D. Pedro Benitez Lomeña
D. Gerardo García Vázquez
Dª. Silvia Soler Jiménez
Dª. Mercedes Ruiz Conejo
Dª. Lubna Abselam El Uarty
D. Guillermo Sardiña Nieto
Dª. Francisca Fernández Del Carmen
El comienzo de la fase de oposición, fecha , lugar y hora, será determinado previamente por el Tribunal de Selección, dando publicidad en el Tablón de Anuncios de la Ciudad del referido acuerdo.
El Tribunal de Selección se reunirá previamente para su constitución y desarrollo de la oposición.
Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y Tablón de Anuncios, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de los tribunales por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 30 de septiembre de 2026,
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler