ARTÍCULO 1173 - BOME-A-2026-1173

BOME Nº 6423 del viernes, 16 de octubre de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA

Orden nº 1402, de fecha 9 de octubre de 2026, relativa a constitución del tribunal calificador para las pruebas de constatación de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de viajeros y mercancías por carretera en la Ciudad Autónoma de Melilla


El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 09/10/2026, registrada al número 2026001402, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente: 

De conformidad con lo establecido en la Orden núm. 1385, de fecha 7 de octubre de 2026, relativa a la Convocatoria de las pruebas de constatación de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de viajeros y mercancías por carretera en la Ciudad Autónoma de Melilla, publicada en el BOME núm. 6421, de 9 de octubre de 2026.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 32176/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Que el Tribunal calificador quedará constituido por las siguientes personas:

TRIBUNAL TITULAR

  • PRESIDENTE:

Dª. Noelia Jódar García

  • VOCALES:

D. Maximiliano Casilari Floriano

D. José María Boj de Diego

D. Daniel Echevarría Ferrón

  • SECRETARIO:

D. Jesús Manuel Jiménez Ruiz

Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y en el Tablón de Anuncios digital de la Ciudad Autónoma de Melilla, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes del tribunal por causas legales y procedentes previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Contra esta Orden, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Orden recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 2, de 30 de enero de 2017), modificado por Decreto núm. 112, de 9 de marzo de 2026 (BOME Extraordinario núm. 6, de 11 de marzo de 2026), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para el conocimiento y los efectos oportunos. 

 

Melilla, a 15 de octubre de 2026,

La Secretaria Técnica Acctal. de Medio Ambiente y Naturaleza,

Mª Teresa Rosado López