ARTÍCULO 1187 - BOME-A-2026-1187

BOME Nº 6425 del viernes, 23 de octubre de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 19 de octubre de 2026, relativo a modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2024-2026.


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El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día 19 de octubre de 2026, adoptó mediante acuerdo núm. 2026000859, entre otros, el siguiente acuerdo:

PUNTO NOVENO.- MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 20242026.

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Presidencia, Administraciones Públicas e Igualdad que literalmente dice:

“PROPUESTA DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD SOBRE MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2024-2026.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 29 de abril de 2024 aprobó, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad el PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026 (BOME ext. núm. 30, de 29 de abril de 2024).

SEGUNDO.- Que el citado Plan ha sido objeto de diversas modificaciones y rectificaciones desde su aprobación, conforme a lo siguiente:

  • Rectificación de errores materiales, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente el día 30 de abril de 2024 (BOME extr. núm. 31, de 30/04/2024).
  • Rectificación de errores numéricos u omisiones en el contenido del mismo, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno, en sesión Ordinaria celebrada el 1 de Julio de 2024 (BOME ext. núm. 43, de 10 de Julio de 2024).
  • Rectificación de errores materiales, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 18 de octubre de 2024 (BOME extr. núm. 70, de 12/11/2024).
  • Modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM 2024-2026, mediante acuerdo ACG2025000169 del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 5 de marzo de 2025 (BOME extraordinario núm. 17, de 7 de marzo de 2025).
  • Modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM 2024-2026, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día 25 de abril de 2025, una vez terminados los asuntos contenidos en el orden del día y previa a su declaración de urgencia, registrada al núm. 202500045 (BOME extr. núm. 26, de 29 de abril de 2025).
  • Rectificación de errores materiales mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 9 de mayo de 2025, registrada al núm. 2025000476 (BOME extr. núm. 71, de 16 de mayo de 2025).
  • Rectificación de errores materiales mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 5 de junio de 2025, registrada al número 2025000581 (BOME número 6288, de 20 de junio de 2025).
  • Modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM 2024-2026, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día 26 de agosto de 2025, registrada al núm. 2025000713 (BOME núm. 6319, de 17 de octubre de 2025).
  • Modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM 2024-2026, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día 7 de octubre de 2025, una vez terminados los asuntos contenidos en el orden del día y previa a su declaración de urgencia, registrada al núm. 2025000801 (BOME núm. 6319, de 17 de octubre de 2025).
  • Modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM 2024-2026, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el 2 de diciembre de 2025, registrada al núm. 2025000893 (BOME ext. núm. 72, de 3 de diciembre de 2025).
  • Modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM 2024-2026, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el 6 de marzo de 2026, registrada al núm. 2026000161 (BOME extra núm. 6, de 11/03/2026).
  • Modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM 2024-2026, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el 25 de mayo de 2026, registrada al núm. 2026000488 (BOME núm. 6383, de 29/05/2026).
  • Modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM 2024-2026, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el 26 de junio de 2026, registra al núm. 2026000599 (BOME núm. 6.393, de 03/07/2026).

  • Modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM 2024-2026, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el 20 de agosto de 2026, registra al núm. 2026000755 (BOME núm. 6.410, de 01/09/2026).
  • Modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM 2024-2026, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el 2 de octubre de 2026, registrada al núm. 2026000824, de 5/10/2026.

TERCERO.- Con fecha 8 de octubre de 2026 se recibe propuesta de la Consejería de

Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y de Fomento sobre modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2024-2026 para incorporación de una nueva línea correspondientes a la Dirección General de Innovación Tecnológica, con el siguiente literal:

“(…)

  1. Con fecha 29 de abril de 2024, el Consejo de Gobierno de la Ciudad, en sesión resolutiva ordinaria, aprobó entre otros asuntos, el Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM para el periodo 2024-2026, publicándose en BOME Extraordinario nº 30 de la misma fecha.
  2. Dicho Plan Estratégico, a lo largo de su vigencia ha sufrido numerosas modificaciones para inclusión, supresión y modificación de algunas de las Líneas de Subvención.
  3. Al día de la fecha, es intención de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento modificar el texto del referido Plan, con el objeto de incluir una nueva línea de subvenciones correspondiente a la una Subvención Nominativa prevista en los Presupuestos de la Ciudad del presente ejercicio, la cual cuenta con el siguiente contenido:

3.- CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO.

C.- DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA.

26.- CONVENIO ENTRE LA FUNDACIÓN EOI F.S.P. Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA “ITINERARIOS PARA PROMOVER EL EMPRENDIMIENTO Y SERVICIOS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO (COWORKING)”.

  • OBJETIVO ESTRATÉGICO: El objeto de las ayudas reguladas en las presentes bases es fomentar el emprendimiento en la Ciudad Autónoma de Melilla. Para ello se realizará el Proyecto Formación Grupal e Individual en el marco de un Espacio de Trabajo Colaborativo.

Con ello se consigue fomentar el emprendimiento y el autoempleo, dotando a las personas de apoyo y herramientas específicas para una mayor resiliencia y capacidad de adaptación al cambio; aumentar las competencias emprendedoras e incrementar el número de empresas e iniciativas de trabajo por cuenta propia sostenibles creadas; promover el trabajo por cuenta propia, el espíritu emprendedor y la creación de empresas, incluidas las microempresas y las pequeñas y medianas empresas innovadoras; y fomentar el emprendimiento y aumentar la probabilidad de éxito de los proyectos emprendedores en fase temprana de desarrollo durante un período limitado de tiempo.

  • OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Realizar itinerarios de formación en emprendimiento que incluyan todas las fases (como el asesoramiento en la elaboración de planes de negocio, el apoyo en la tramitación, el seguimiento y el acompañamiento) para conseguir crear empresas dentro del programa Espacios Coworking de EOI. El objeto de este proyecto es llevar a cabo dos ediciones definidas cada una como proyectos independientes de Formación Grupal e Individual en el marco de un Espacio de Trabajo Colaborativo en la Ciudad Autónoma de Melilla.
  • ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
  • CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.
  • SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas:

Las personas emprendedoras con proyectos empresariales en fase temprana de desarrollo, personas desempleadas y personas inactivas, todas ellas ubicadas preferentemente en la Ciudad Autónoma de Melilla. En particular, durante la preparación y la ejecución de los programas se tendrá en cuenta la accesibilidad para las personas con discapacidad.

  • OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER: Esta línea de ayudas está dedicada a formar profesionales, producir y difundir conocimiento y ofrecer servicios de valor a empresas, emprendedores y administraciones, en los valores de una economía abierta, social, verde y digital.
  • PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El proyecto tendrá una duración hasta 31 de diciembre de 2027. Se estiman realizar dos ediciones del Proyecto, una de ellas en 2026 y una en 2027. Cada edición tendrá una duración aproximada de 5 meses.
  • COSTES PREVISIBLES EJERCICIO: 36.000 € (TREINTA Y SEIS MIL EUROS).
  • APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Se podrán financiar con la aplicación presupuestaria 06/49202/48000, con el concepto “Convenio EOI, Programas CARE, COWORKING Y CIBERSEGURIDAD”; así como con cualquier otra aplicación presupuestaria que pudiese aprobarse en el presupuesto anual y tenga la misma finalidad.

  • APORTACIÓN DE OTROS ENTES: La EOI, con cargo al Programa Operativo referenciado en los expositivos, que cuenta con financiación del Fondo Social Europeo y el Ministerio de Industria y Turismo, abonará 204.000,00 € (DOSCIENTOS CUATRO MIL EUROS). De este modo, junto con la aportación de la Ciudad, la suma total asciende a 240.000 € (DOSCIENTOS CUARENTA MIL EUROS).
  • PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:
    • Subvención directa con la vigencia del Convenio.
    • Forma de Concesión: Convenio con la EOI.

Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras contenidas en los convenios, acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.

  • SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
  • SEGUIMIENTO: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General de Innovación Tecnológica.
  • EVALUACIÓN: La Dirección General de Innovación Tecnológica precisará memoria final para la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la EOI.

Por todo lo anterior, se PROPONE:

A la Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, la MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, PARA EL PERIODO 2024-2026, CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO (DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA), RESPECTO A LA INCORPORACIÓN DE UNA NUEVA LINEA SUBVENCIONAL PARA EL EJERCICIO 2026.”

CUARTO.- En el informe evacuado por la Secretaria Técnica de Presidencia de 15 de octubre de 2026 se informa FAVORABLENTE, a la modificación del Plan Estratégico General de la CAM para el período 2024-2026, accediendo a las modificaciones antedichas, no siendo precisa fiscalización previa alguna habida cuenta que no corresponde a ninguna fase de ejecución del gasto.

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno la MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2024-2026, conforme a lo siguiente:

La modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla 2024-2026 en la sección correspondiente a la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y de Fomento, respecto a la incorporación de una nueva linea subvencional para el ejercicio 2026:

DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA.

CONVENIO ENTRE LA FUNDACIÓN EOI F.S.P. Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA “ITINERARIOS PARA PROMOVER EL EMPRENDIMIENTO Y SERVICIOS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO (COWORKING)”.

  • OBJETIVO ESTRATÉGICO: El objeto de las ayudas reguladas en las presentes bases es fomentar el emprendimiento en la Ciudad Autónoma de Melilla. Para ello se realizará el Proyecto Formación Grupal e Individual en el marco de un Espacio de Trabajo Colaborativo.

Con ello se consigue fomentar el emprendimiento y el autoempleo, dotando a las personas de apoyo y herramientas específicas para una mayor resiliencia y capacidad de adaptación al cambio; aumentar las competencias emprendedoras e incrementar el número de empresas e iniciativas de trabajo por cuenta propia sostenibles creadas; promover el trabajo por cuenta propia, el espíritu emprendedor y la creación de empresas, incluidas las microempresas y las pequeñas y medianas empresas innovadoras; y fomentar el emprendimiento y aumentar la probabilidad de éxito de los proyectos emprendedores en fase temprana de desarrollo durante un período limitado de tiempo.

  • OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Realizar itinerarios de formación en emprendimiento que incluyan todas las fases (como el asesoramiento en la elaboración de planes de negocio, el apoyo en la tramitación, el seguimiento y el acompañamiento) para conseguir crear empresas dentro del programa Espacios Coworking de EOI. El objeto de este proyecto es llevar a cabo dos ediciones definidas cada una como proyectos independientes de Formación Grupal e Individual en el marco de un Espacio de Trabajo Colaborativo en la Ciudad Autónoma de Melilla.
  • ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
  • CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.
  • SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas:

Las personas emprendedoras con proyectos empresariales en fase temprana de desarrollo, personas desempleadas y personas inactivas, todas ellas ubicadas preferentemente en la Ciudad Autónoma de Melilla. En particular, durante la preparación y la ejecución de los programas se tendrá en cuenta la accesibilidad para las personas con discapacidad.


  • OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER: Esta línea de ayudas está dedicada a formar profesionales, producir y difundir conocimiento y ofrecer servicios de valor a empresas, emprendedores y administraciones, en los valores de una economía abierta, social, verde y digital.
  • PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El proyecto tendrá una duración hasta 31 de diciembre de 2027. Se estiman realizar dos ediciones del Proyecto, una de ellas en 2026 y una en 2027. Cada edición tendrá una duración aproximada de 5 meses.
  • COSTES PREVISIBLES EJERCICIO: 36.000 € (TREINTA Y SEIS MIL EUROS).
  • APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Se podrán financiar con la aplicación presupuestaria 06/49202/48000, con el concepto “Convenio EOI, Programas CARE, COWORKING Y CIBERSEGURIDAD”; así como con cualquier otra aplicación presupuestaria que pudiese aprobarse en el presupuesto anual y tenga la misma finalidad.
  • APORTACIÓN DE OTROS ENTES: La EOI, con cargo al Programa Operativo referenciado en los expositivos, que cuenta con financiación del Fondo Social Europeo y el Ministerio de Industria y Turismo, abonará 204.000,00 € (DOSCIENTOS CUATRO MIL EUROS). De este modo, junto con la aportación de la Ciudad, la suma total asciende a 240.000 € (DOSCIENTOS CUARENTA MIL EUROS).
  • PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:
    • Subvención directa con la vigencia del Convenio.
    • Forma de Concesión: Convenio con la EOI.

Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras contenidas en los convenios, acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.

  • SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
  • SEGUIMIENTO: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General de Innovación Tecnológica.
  • EVALUACIÓN: La Dirección General de Innovación Tecnológica precisará memoria final para la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la EOI.

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses. No obstante, podrán utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad. Lo que se traslada para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla, a 20 de octubre de 2026,

La Secretaria del Consejo de Gobierno,

Decreto nº 103 de fecha 02/06/2025 (BOME Extra nº 35 03/06/2025),

María José Gómez Ruiz