Extracto de la convocatoria para la concesión de las ayudas del programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la C.A.M., mediante el sistema de bonos “Activa Comercio Melilla”, ejercicio 2026.
TituloES: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE DINAMIZACIÓN E INCENTIVACIÓN DEL CONSUMO EN LOS COMERCIOS MINORISTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA MEDIANTE EL SISTEMA DE BONOS «ACTIVA COMERCIO MELILLA». EJERCICIO 2026
TextoES: BDNS(Identif.):937811
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/937811)
I- FINALIDAD: La finalidad de esta Convocatoria de ayudas es:a) Incentivar la demanda comercial mediante una ayuda directa en forma de descuentos para las personas consumidoras.b) Reforzar la actividad económica del comercio minorista local, promoviendo la compra de bienes en comercios de proximidad adheridos.c) Mitigar el impacto de la actual situación económica e inflacionaria en consumidores y comercios.d) Mejorar la liquidez y el fondo de maniobra de los establecimientos minoristas de Melilla.
II- OBJETO: La presente Convocatoria tienen por objeto la concesión de las ayudas públicas correspondientes al Programa denominado “Activa Comercio Melilla”, de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de Melilla, mediante la utilización de bonos descuento.
III- FINANCIACIÓN: Estas ayudas se financiarán con cargo a Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla. Concretamente, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria06/43300/48900 “ACTIVA COMERCIO MELILLA” por un importe máximo de 300.000,00 euros, según consta en el documento contable de Retención de Crédito RC 12026000074721 de fecha 14/08/2026.
IV- PERIODO DE VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN:
1. Lo dispuesto en la presente Convocatoria será de aplicación hasta que el agotamiento del crédito presupuestario asignado a la misma y en todo caso el 31 de diciembre de 2026.2. Lo dispuesto en esta Convocatoria será de aplicación en todo el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
V- BENEFICIARIOS:
1. Podrán beneficiarse del presente programa de ayudas las personas físicas mayores de edad empadronadas en Melilla que realicen compras en los establecimientos comerciales adheridos, que declaren responsablemente que no estén incurso en ninguna prohibición establecida en el art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones y que se no tengan deudas en periodo ejecutivo con respecto a sus obligaciones con la AEAT, la TGSS y la Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla y que se registren en la aplicación que se dispone al efecto, descargando los correspondientes bonos conforme al procedimiento establecido.2. La misma persona no podrá beneficiarse de más de un bono durante la vigencia de esta convocatoria.3. El beneficiario de este programa de ayudas, quedará sujeto como beneficiario de una subvención, al cumplimiento de las obligaciones tributarias que procedan (ganancia patrimonial en el IRPF) y de otro orden, en su caso.
VI- ACTIVIDAD SUBVENCIONABLE:
1. Esta Convocatoria de ayudas subvencionará la compra de bienes de consumo realizada en los establecimientos minoristas de Melilla adheridos al programa de ayudas, mediante la aplicación de los bonos que se pondrán a disposición de los solicitantes a través de medios electrónicos.2. Solo serán subvencionables las compras efectuadas antes del 15 de diciembre de 2026.
VII- TIPOS Y CUANTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS:
1. El valor máximo de los bonos no podrá ser superior a OCHENTA EUROS (80,00 €) ni suponer un porcentaje superior al 40% del importe de la compra efectuada.2. Los bonos no podrán utilizarse para adquirir tarjetas regalo, vales o productos equivalentes y solo podrán usarse de forma presencial.
Lugar de la Firma: Melilla
Fecha de la Firma: 2026-10-15
Firmante: Dº MIGUEL MARIN COBOS