Acuerdo del pleno de la Excma. Asamblea de fecha 5 de noviembre de 2018, relativo a aprobación inicial del expediente de modificación de crédito por transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias del capítulo 4 referidas a subvenciones nominativas por importe de 238.137,17 €.
ANUNCIO
El Pleno de la Excma. Asamblea
de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión ordinaria celebrada el 5 de
noviembre de 2018, adoptó, tras el Dictamen favorable de la Comisión Permanente
de Economía y Hacienda, el siguiente acuerdo:
Vista la propuesta del Consejero
de Bienestar Social sobre solicitud de transferencia de crédito entre
aplicaciones de la misma Área de Gastos y referidas a subvenciones nominativas por
un montante total de 238.137,17€, siendo las Aplicaciones Presupuestaria las
que a continuación se detallan:
Aplicación
Presupuestaria con Créditos en Baja
Partida Presupuestaria |
Denominación |
Crédito Inicial |
Importe de la BAJA |
14/23109/22796 |
Centro
Ludoteca Tiro Nacional |
110.000,00 |
84.333,26 |
14/23108/48901 |
Subvención Centro Sociocultural Mª Inmaculada Funcionamiento Ludoteca |
153.803,91 |
153.803,91 |
TOTAL BAJAS DE CRÉDITOS |
238.137,17 € |
Aplicación
Presupuestaria con Altas de Créditos.
Partida Presupuestaria |
Denominación |
Crédito Inicial |
Importe del ALTA |
05/23108/22796 |
Centros
Socioeducativos Ludotecas |
849.922,35 |
84.333,26 |
05/23108/48900 |
Convenio Religiosas María Inmaculada |
140.900,00 |
153.803,91 |
TOTAL ALTAS DE CRÉDITOS |
238.197,17 € |
Se trata de actividades que no
pueden ni reducirse ni posponerse por lo tanto deben dotarse de crédito
suficiente.
Habida cuenta de
que, en cambio, existen otras aplicaciones en los que es susceptible la
minoración, porque están resultando a un menor coste del previsto.
La modificación de crédito que
se propone afecta a Aplicaciones Presupuestarias de la misma Área de Gasto
referidas a subvenciones nominativas y a la vista de la novedad introducida en
la Base 6ª.- Vinculaciones jurídicas el
nivel de vinculación jurídica no se aplicará a las Aplicaciones Presupuestarias
del capítulo 4 (subvenciones nominativas) previstas en el Presupuesto.
En consecuencia,
su aprobación es competencia del Pleno de la Asamblea tal y como viene
reflejado en la Base 8ª, siendo necesario
seguir las normas sobre información, reclamaciones, recursos y publicidad a que
se refiere los artículos 169, 170 y 171 del citado Texto refundido.
Por todo lo
expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Consejería
PROPONE que se adopte lo siguiente:
Primero.- Autorizar
la Transferencia de crédito entre
Aplicaciones presupuestarias del capítulo 4 referidas a subvenciones
nominativas por importe total de 238.137,17 € según el detalle arriba indicado.
Segundo.- Para
la aprobación del presente expediente es necesario cumplir con los mismos
trámites que para la aprobación del Presupuesto: con carácter previo dictamen
de la Comisión Permanente de Economía y Hacienda, posteriormente, aprobado
inicialmente por la Asamblea en Pleno, se expondrá al Público el acuerdo de
aprobación inicial mediante anuncio en el B.O.M.E. por el plazo de 15 días,
durante los cuales, los interesados podrán presentar las reclamaciones que
estimen convenientes ante el Pleno. Estas reclamaciones serán resueltas por el
Pleno en el plazo de un mes, en el caso de que no se presentaran reclamaciones
durante el periodo de exposición pública se considerará definitivamente
aprobado la Transferencia de Crédito entre aplicaciones presupuestarias del
capitulo 4, referidas a subvenciones nominativas, entrando en vigor una vez
cumplido lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
Lo que se hace
público para general conocimiento, con indicación de que el expediente se
encuentra expuesto al público en la Secretaría Técnica de Hacienda.
Melilla, 6 de noviembre de
2018,
El Secretario,
José Antonio Jiménez
Villoslada