ARTÍCULO 42 - BOME-AX-2018-42

BOME EXTRA Nº 21 del miércoles, 7 de noviembre de 2018

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - Dirección General de Hacienda y Presupuestos

Acuerdo del pleno de la Excma. Asamblea de fecha 5 de noviembre de 2018, relativo a aprobación inicial del expediente de modificación de crédito por transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias del capítulo 4 referidas a subvenciones nominativas por importe total de 75.000,00 €.


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CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

CONSEJERÍA DE HACIENDA

Dirección General de Hacienda y Presupuestos

40.         Acuerdo del pleno de la Excma. Asamblea de fecha 5 de noviembre de 2018, relativo a aprobación inicial del expediente de modificación de crédito por transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias del capítulo 4 referidas a subvenciones nominativas por importe total de 75.000,00 €.

 

ANUNCIO

 

El Pleno de la Excma. Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión ordinaria celebrada el 5 de noviembre de 2018, adoptó, tras el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Economía y Hacienda, el siguiente acuerdo:

 

Vista la propuesta del Consejero de Bienestar Social sobre solicitud de transferencia de crédito entre aplicaciones de la misma Área de Gastos y referidas a subvenciones nominativas por un montante total de 75.000,00 €, siendo las Aplicaciones Presupuestaria las que a continuación se detallan:

 

Aplicación Presupuestaria con Créditos en Baja

 

Partida Presupuestaria

Denominación

Crédito Inicial

Importe de la BAJA

05/23103/48000

Prevención e Inserción Social

4.600.000,00

50.872,56

05/23105/48900

Convenio San Vicente de Paul/ Virgen de la Luz

737.467,76

24.127,44

 

TOTAL BAJAS DE CRÉDITOS

75.000,00 €

 

 

Aplicación Presupuestaria con Altas de Créditos.

 

Partida Presupuestaria

Denominación

Crédito Inicial

Importe del ALTA

05/23101/48900

Centro Asistencial de Melilla

3.560.786

75.000,00

 

TOTAL ALTAS DE CRÉDITOS

75.000,00 €


Se trata de actividades que no pueden ni reducirse ni posponerse por lo tanto deben dotarse de crédito suficiente.

Habida cuenta de que, en cambio, existen otras aplicaciones en los que es susceptible la minoración, porque están resultando a un menor coste del previsto.

 

La modificación de crédito que se propone afecta a Aplicaciones Presupuestarias de la misma Área de Gasto referidas a subvenciones nominativas y a la vista de la novedad introducida en la Base 6ª.- Vinculaciones jurídicas el nivel de vinculación jurídica no se aplicará a las Aplicaciones Presupuestarias del capítulo 4 (subvenciones nominativas) previstas en el Presupuesto.

 

En consecuencia, su aprobación es competencia del Pleno de la Asamblea tal y como viene reflejado en la Base 8ª, siendo necesario seguir las normas sobre información, reclamaciones, recursos y publicidad a que se refiere los artículos 169, 170 y 171 del citado Texto refundido.

 

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Consejería PROPONE que se adopte lo siguiente:

 

 

Primero.- Autorizar la Transferencia de  crédito entre Aplicaciones presupuestarias del capítulo 4 referidas a subvenciones nominativas por importe total de 75.000,00 € según el detalle arriba indicado.

 

Segundo.- Para la aprobación del presente expediente es necesario cumplir con los mismos trámites que para la aprobación del Presupuesto: con carácter previo dictamen de la Comisión Permanente de Economía y Hacienda, posteriormente, aprobado inicialmente por la Asamblea en Pleno, se expondrá al Público el acuerdo de aprobación inicial mediante anuncio en el B.O.M.E. por el plazo de 15 días, durante los cuales, los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen convenientes ante el Pleno. Estas reclamaciones serán resueltas por el Pleno en el plazo de un mes, en el caso de que no se presentaran reclamaciones durante el periodo de exposición pública se considerará definitivamente aprobado la Transferencia de Crédito entre aplicaciones presupuestarias del capitulo 4, referidas a subvenciones nominativas, entrando en vigor una vez cumplido lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

 

 

Melilla, 6 de noviembre de 2018,

El Secretario,

José Antonio Jiménez Villoslada